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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G38/G36/G39/G35/G37 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, sábado 12 de febrero de 2005 segundo párrafo del artículo 1º de la Ley Nº 27619, que- dan prohibidos por el ejercicio fiscal 2005, prohibiciónque no es aplicable a los sectores Relaciones Exte-riores y Comercio Exterior y Turismo, así como la Direc-ción de Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportes yComunicaciones, en cuyos casos los viajes serán auto- rizados a través de resolución del Titular del Pliego res- pectivo, la misma que deberá ser publicada en el DiarioOficial El Peruano antes del inicio de la comisión de ser-vicios; Que, la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronáutica Civil del Perú, establece que la Autoridad Aeronáutica Civil es ejercida por la Dirección General de Aeronáutica Civil como dependencia especializada del Ministerio de Trans-portes y Comunicaciones; Que, la Dirección General de Aeronáutica Civil, a fin de cumplir con los estándares aeronáuticosinternacionales establecidos en el Convenio de Chi- cago sobre Aviación Civil y poder mantener la califica- ción de Categoría - I otorgada al Perú por la Organiza-ción de Aviación Civil Internacional, debe mantener unprograma anual de vigilancia sobre la seguridad ope-racional a través de la ejecución de inspecciones téc-nicas a los explotadores aéreos en el país, basado en las disposiciones establecidas en el citado Convenio y en los estándares de la Organización de AviaciónCivil Internacional; Que, la empresa Lan Perú S.A., con Carta DINPU 072/01/05, del 26 de enero de 2005, en el marco delProcedimiento Nº 5 de la sección correspondiente a la Dirección General de Aeronáutica Civil (Evaluación de Personal), establecido en el Texto Único de Procedimien-tos Administrativos del Ministerio de Transportes y Co-municaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2002-MTC, solicita a la Dirección General de Aeronáuti-ca Civil, efectuar los chequeos técnicos en el equipo Boeing 767, en la ruta Lima - Miami -Lima, a su personal aeronáutico propuesto, durante los días 24 y 25 de fe-brero de 2005; Que, conforme se desprende de los Recibos de Acotación Nº 3560 y 3561, la solicitante ha cumplido conel pago del derecho de tramitación correspondiente al Procedimiento a que se refiere el considerando anterior, ante la Dirección de Tesorería del Ministerio de Trans-portes y Comunicaciones; Que, en tal sentido, los costos del respectivo viaje de inspección, están íntegramente cubiertos por la empre-sa solicitante del servicio, incluyendo el pago de los viá- ticos y la Tarifa Única de Uso de Aeropuerto; Que, la Dirección de Seguridad Aérea de la Dirección General de Aeronáutica Civil, ha emitido la Orden deInspección Nº 220-2005-MTC/12.04-SDO designandoal Inspector Alfredo Federico Álvarez Zevallos, para rea-lizar los chequeos técnicos en el equipo Boeing 767, en la ruta Lima - Miami - Lima, al personal aeronáutico pro- puesto por la empresa Lan Perú S.A., durante los días24 y 25 de febrero de 2005; Que, por lo expuesto, resulta necesario autorizar el viaje del referido Inspector de la Dirección General deAeronáutica Civil para que, en cumplimiento de las fun- ciones que le asigna la Ley Nº 27261 y su Reglamento, pueda realizar los chequeos técnicos a que se contraela Orden de Inspección Nº 220-2005-MTC/12.04-SDO; De conformidad con la Ley Nº 27261, Ley Nº 27619, el Decreto de Urgencia Nº 015-2004 y el Decreto Supre-mo Nº 047-2002-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje del señor Alfredo Fe- derico Álvarez Zevallos, Inspector de la Dirección Ge-neral de Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, a la ciudad de Miami, Estados Unidos de América, durante los días 24 al 25 de febrero de2005, para los fines a que se contrae la parte conside-rativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- El gasto que demande el viaje autoriza- do precedentemente, ha sido íntegramente cubierto por la empresa Lan Perú S.A. a través de los Recibos de Acotación Nº 3560 y 3561, abonados a la Dirección deTesorería del Ministerio de Transportes y Comunicacio-nes, incluyendo las asignaciones por concepto de viáti-cos y tarifa por uso de aeropuerto, de acuerdo al si- guiente detalle: Viáticos US$ 440.00 Tarifa por Uso de Aeropuerto US$ 28.24 Artículo 3º.- Conforme a lo dispuesto por el Artículo 10º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, el Inspec-tor mencionado en el Artículo 1º de la presente Resolu-ción Ministerial, dentro de los quince (15) días calenda-rio siguientes de efectuado el viaje, deberá presentar uninforme al Despacho Ministerial, con copia a la Oficina General de Administración del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, describiendo las acciones realiza-das y los resultados obtenidos durante el viaje autoriza-do. Artículo 4º.- La presente Resolución Ministerial no dará derecho a exoneración o liberación de impuestos o derechos aduaneros, cualquiera fuera su clase o denomi- nación. Regístrese, comuníquese y publíquese.JOSÉ JAVIER ORTIZ RIVERA Ministro de Transportes y Comunicaciones 03126 /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G64/G69/G73/G74/G72/G69/G62/G75/G63/G69/GF3/G6E/G20/G67/G72/G61/G74/G75/G69/G74/G61/G20/G64/G65/G6C/G20/G4D/G61/G2D /G6E/G75/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G44/G69/G73/G70/G6F/G73/G69/G74/G69/G76/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G43/G6F/G6E/G74/G72/G6F/G6C/G20/G64/G65/G54/G72/GE1/G6E/G73/G69/G74/G6F/G20/G41/G75/G74/G6F/G6D/G6F/G74/G6F/G72/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G43/G61/G6C/G6C/G65/G73/G20/G79/G20/G43/G61/G2D/G72/G72/G65/G74/G65/G72/G61/G73 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 076-2005-MTC/02 Lima, 9 de febrero de 2005 CONSIDERANDO: Que, la Ley General de Transporte y Tránsito Terres- tre, Ley Nº 27181, establece la competencia normativadel Ministerio de Transportes y Comunicaciones en ma-teria de desarrollo del transporte y el ordenamiento del tránsito; Que, el Consejo Nacional de Seguridad Vial es el ente rector encargado de promover y coordinar las accionesvinculadas a la seguridad vial en el Perú; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 210-2000- MTC/15.02, se aprobó el Manual de Dispositivos de Control de Tránsito Automotor para Calles y Carreteras, que estableció los sistemas de señalización de tránsitoa nivel nacional, con el propósito de permitir la correctaaplicación de las reglas sobre la circulación vehicular enlas carreteras y calles de una ciudad; Que, por Resolución Ministerial Nº 463-2000-MTC/ 15.02, se aprobaron los montos a aplicarse por la adqui- sición del referido Manual; Que, dentro del marco de las acciones que en seguridad vial viene impulsando el Ministerio de Trans-portes y Comunicaciones y el Consejo Nacional deSeguridad Vial se ha visto por conveniente disponer la distribución gratuita del Manual de Dispositivos de Control de Tránsito Automotor para Calles y Carrete-ras, a fin de alcanzar una mayor difusión de las seña-les de tránsito; Que, en este sentido resulta necesario dejar sin efecto la Resolución Ministerial Nº 463-2000-MTC/15.02 y dis- poner la distribución gratuita del Manual de Dispositivos de Control de Tránsito Automotor para Calles y Carrete-ras; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 27791 y el Decreto Supremo Nº 041-2002-MTC; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Dejar sin efecto la Resolución Ministe- rial Nº 463-2000-MTC/15.02. Artículo 2º.- Autorizar la distribución gratuita del Manual de Dispositivos de Control de Tránsito Automo-