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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G38/G36/G39/G36/G32 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, sábado 12 de febrero de 2005 dispuesto en el Contrato de Préstamo Nº 1441/OC-PE y demás disposiciones contenidas en el Reglamento parala Designación de Sociedades de Auditoría aprobadopor Resolución de Contraloría Nº 140-2003-CG, en loque resulta aplicable. Artículo Cuarto.- Encargar a la Gerencia de Sociedades de Auditoría la supervisión de lo autorizado en la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese.GENARO MATUTE MEJÍA Contralor General de la República 03115 /G50/G72/G65/G63/G69/G73/G61/G6E/G20/G70/G65/G72/GED/G6F/G64/G6F/G20/G64/G65/G6C/G20/G65/G78/G61/G6D/G65/G6E/G20/G69/G6E/G74/G65/G67/G72/G61/G6C /G71/G75/G65/G20/G64/G65/G62/G65/G72/GE1/G20/G72/G65/G61/G6C/G69/G7A/G61/G72/G20/G73/G6F/G63/G69/G65/G64/G61/G64/G20/G64/G65/G20/G61/G75/G64/G69/G2D/G74/G6F/G72/GED/G61/G20/G61/G20/G45/G4D/G50/G53/G53/G41/G50/G41/G4C/G20/G53/G2E/G41/G2E RESOLUCIÓN DE CONTRALORÍA Nº 063-2005-CG Lima, 9 de febrero de 2005 Visto; la Hoja de Recomendación Nº 006-2005-CG/ SOA de la Gerencia de Sociedades de Auditoría; CONSIDERANDO: Que, con la Resolución de Contraloría Nº 461-2004- CG del 15.Nov.2004 correspondiente al Concurso Pú-blico de Méritos Nº 06-2004-CG se designó socieda-des de auditoría para cincuenta y siete (57) entidades;entre ellas, a la sociedad de auditoría Noa Santa CruzContadores Públicos Asociados Sociedad Civil, para realizar el examen integral de los ejercicios 2002 al 2003 a la Empresa Municipal Prestadora de Serviciosde Saneamiento de las Provincias Alto Andinas S.A.(EMPSSAPAL S.A.); Que, EMPSSAPAL S.A. con el Oficio Nº 001-GG- 2004-EMPSSAPAL S.A. señala que solicitó la desig- nación de una sociedad de auditoría que realice el examen a sus estados financieros de los ejercicios2000, 2001, 2002 y 2003, sin embargo en la Resolu-ción de Contraloría Nº 461-2004-CG correspondienteal Concurso Público de Méritos Nº 006-2004-CG sedesignó a la sociedad de auditoría Noa Santa Cruz Contadores Públicos Asociados Sociedad Civil por el período 2002 y 2003; Que, la Gerencia de Sociedades de Auditoría con- forme al procedimiento establecido por el artículo 23ºdel Reglamento para la Designación de Sociedadesde Auditoría, aprobado por Resolución de Contralo- ría Nº 140-2003-CG revisó y aprobó las bases de EMPSSAPAL S.A. para realizar un examen integraldel 2000 al 2003, procediéndose a su inclusión en laconvocatoria del Concurso Público de Méritos Nº 06-2004-CG que fue publicada el 15 y 16 de octubre de2004 en el Diario Oficial El Peruano; asimismo, en el acto de recepción de propuestas y apertura de so- bres realizado el 27.OCT.2004, la sociedad de audi-toría Noa Santa Cruz Contadores Públicos Asocia-dos Sociedad Civil presentó su propuesta técnica yeconómica para obtener la designación de EMPSS-APAL S.A. correspondiente a los ejercicios 2000, 2001, 2002 y 2003; Que, según lo advierte la Hoja de Recomendación de vistos, tanto en la Resolución de Contraloría Nº 461-2004-CG como en el Informe Nº 008-2004-CG/CE-SOAque le da origen, se incurrió en un error material al esta-blecer que el examen integral de EMPSSAPAL S.A. que debía realizar la sociedad de auditoría Noa Santa Cruz Contadores Públicos Asociados Sociedad Civil, corres-pondiera al período 2002 al 2003; Que, el artículo 201º de la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General relacionadocon la rectificación de errores, señala en su numeral 201.1 que los errores materiales o aritméticos en los actos administrativos pueden ser rectificados conefecto retroactivo, en cualquier momento, de oficio o a instancia de los administrados, siempre que no sealtere lo sustancial de su contenido ni el sentido de ladecisión; Estando a lo expuesto en el documento de vistos, y en uso de las atribuciones contempladas en los artícu- los 20º y 32º literal l) de la Ley Nº 27785 - Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría Ge-neral de la República; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Precisar que la designación de la sociedad de auditoría Noa Santa Cruz Contadores Pú-blicos Asociados Sociedad Civil para realizar el examenintegral de EMPSSAPAL S.A. dispuesta con la Resolu-ción de Contraloría Nº 461-2004-CG debe comprenderla realización de un examen integral por el período 2000 al 2003. Artículo Segundo.- Encargar a la Gerencia de So- ciedades de Auditoría la supervisión de lo dispuesto enla presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. GENARO MATUTE MEJÍA Contralor General de la República 03116 /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G61/G20/G70/G72/G6F/G63/G75/G72/G61/G64/G6F/G72/G20/G69/G6E/G69/G63/G69/G61/G72/G20/G61/G63/G63/G69/G6F/G2D /G6E/G65/G73/G20/G6C/G65/G67/G61/G6C/G65/G73/G20/G61/G20/G70/G72/G65/G73/G75/G6E/G74/G6F/G73/G20/G72/G65/G73/G70/G6F/G6E/G73/G61/G62/G6C/G65/G73 /G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G63/G6F/G6D/G69/G73/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G64/G65/G6C/G69/G74/G6F/G73/G20/G65/G6E/G20/G61/G67/G72/G61/G76/G69/G6F /G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G45/G50/G53/G20/G53/G45/G44/G41/G4A/G55/G4C/G49/G41/G43/G41/G20/G53/G2E/G41/G2E RESOLUCIÓN DE CONTRALORÍA Nº 065-2005-CG Lima, 10 de febrero de 2005 VISTO: el Informe Especial Nº 014-2005-CG/OR- PU, resultante del Examen Especial practicado en laEntidad Prestadora de Servicios de SaneamientoSEDAJULIACA S.A. período comprendido del 1 de enero al 31 de diciembre de 2002, ampliándose a operaciones anteriores y posteriores al período cita-do, a fin de incluir la revisión de la contratación deservices, así como la ejecución de determinadasobras efectuadas en el año 1999; y, CONSIDERANDO: Que, el Examen Especial practicado a la Entidad Prestadora de Servicios y Saneamiento SEDAJULIA-CA S.A., corresponde a una acción de control no pro-gramada dentro del Plan Operativo de la Oficina Re- gional de Control Puno de la Contraloría General de la República, dispuesto por el Despacho del señor Con-tralor General de la República, a fin de evaluar el re-sultado de cumplimiento de la normativa vigente a ni-vel de sus sistemas administrativos y operativos, asícomo a la verificación de las denuncias presentadas por el Congreso de la República, por supuestos he- chos irregulares cometidos por los funcionarios y exfuncionarios; Que, como resultado de la revisión a la documen- tación proporcionada por la administración de la EPSSEDAJULIACA S.A., la Comisión Auditora evidenció que durante el año 1999, ex funcionarios de la entidad emitieron seis Cheques de Gerencia, para hacer efec-tivo el pago de diversos servicios prestados a la enti-dad, los cuales fueron sustentados con documenta-ción fraguada, al advertirse que dichos servicios final-mente no fueron brindados a la entidad, causándole un perjuicio económico por S/. 52 000,00; hechos que evidencian indicios razonables de comisión de losdelitos de Peculado y Contra la Fe Pública, en la mo-dalidad de Falsificación de Documentos, previstos ypenados en los artículos 387º y 427º del Código Penal,respectivamente;