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PÆg. 287471 NORMAS LEGALES Lima, viernes 18 de febrero de 2005 PREPUBLICACIÓN Que, tal como se señala en el ítem “j” del Anexo B señala- do, debe procederse a la publicación de la resolución co- rrespondiente a las tarifas y compensaciones de los SST, lo que motiva el presente acto administrativo; 2.- ANÁLISIS DEL OSINERG Que, la fijación de las tarifas y compensaciones de las instalaciones de los SST comprende dos situaciones claramente definidas: a) Las tarifas y compensaciones obtenidas por la aplicación del “Procedimiento para Fijación de Tarifas y Compensaciones para los Sistemas Secundarios de Transmisión”, que corresponden al presente acto administrativo; b) Las tarifas y compensaciones que se aprueben mediante resolución de oficio, que incluye los casoscorrespondientes a la liquidación de los contratos BOOT; los relacionados a las instalaciones de transmisión secundaria de responsabilidad compartidaentre la generación y la demanda; los relacionados con la actualización de tarifas y compensaciones; y los relacionados a aquellas empresas que no hanpresentado propuestas y para las cuales no se ha realizado un estudio detallado; Que, en razón de lo señalado, y con el objeto de simplificar la aplicación tarifaria evitando la necesidad de recurrir a diferentes fuentes o a referencias cruzadas para la determinación de las tarifas y compensacionesresultantes, es conveniente dejar establecido que los valores que se obtengan de tales situaciones serán consignados conjuntamente en resolucióncomplementaria; 2.1.- ETESELVA, ELECTROCENTRO, EGASA Y CAHUA Que, las propuestas presentadas por ETESELVA, ELECTROCENTRO, EGASA Y CAHUA han sido analizadas en los Informes Técnicos de la GerenciaAdjunta de Regulación Tarifaria (en adelante “GART”) del OSINERG, que se señalan en el siguiente Cuadro Nº 1, correspondiéndoles los Anexos que se indican en elmismo cuadro: Cuadro Nº 1 TITULAR DEL SST INFORME TÉCNICO ANEXO ETESELVA OSINERG-GART/DGT Nº XXXA-2005 1 ELECTROCENTRO OSINERG-GART/DGT Nº XXXA-2005 2 EGASA OSINERG-GART/DGT Nº XXXA-2005 3 CAHUA OSINERG-GART/DGT Nº XXXA-2005 4 Que, los Estudios Técnico-Económicos presentados por las empresas mencionadas, se orientan a solicitar ladeterminación del Sistema Económicamente Adaptado de sus instalaciones; la evaluación del Costo Medio de las mismas; y la propuesta de peajes secundarios,compensaciones y fórmulas de actualización para sus correspondientes SST; Que, con relación a las tarifas y compensaciones solicitadas por los titulares de los SST mencionados, el OSINERG procedió a llevar a cabo cada una de las etapasconsideradas en el Anexo B del “Procedimiento para la Fijación de Tarifas y Compensaciones para los Sistemas Secundarios de Transmisión”, habiendo finalmentedeterminado los peajes secundarios pertinentes, sus fórmulas de actualización, así como los factores de pérdidas marginales de energía y potencia, conforme alsustento contenido en cada uno de los Informes Técnicos que aparecen en el Cuadro Nº 1 de la presente resolución. Que, en lo que respecta a los Informes Técnicos de la GART del OSINERG, indicados en el Cuadro Nº 1 anterior, debe quedar claro que los mismos complementan lamotivación que sustenta la decisión del OSINERG, cumpliendo de esta manera con el requisito de validezde los actos administrativos a que se refiere el Artículo 3, numeral 4 de la Ley del Procedimiento Administrativo Ge- neral 3; Teniendo en cuenta los informes técnicos elaborados por la GART del OSINERG a que se refieren los Anexos 1 al 4 de la presente resolución y los informes de la asesoría le-gal interna OSINERG-GART-AL-2005-XXX, y OSINERG- GART-AL-2005-XXX; y De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 27332, Ley Marco de los Organismos Reguladores, en el Reglamento General de OSINERG aprobado por DecretoSupremo Nº 054-2001-PCM, en el Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Eléctricas y en su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 009-93-EM, en elDecreto Supremo Nº 029-2002-EM y en lo dispuesto en la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General. SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar las tarifas y compensaciones, según corresponda, de los sistemas secundarios de transmisión, así como sus respectivas fórmulas de actualización y asignación de las responsabilidades de pago, para lasempresas: Eteselva S.R.L., Empresa Regional de Servicio Público de Electricidad del Centro S.A., Empresa de Generación Eléctrica de Arequipa S.A. y Cahua S.A.,cuyos valores se consignarán en resolución complementaria. Artículo 2º.- Las tarifas, compensaciones y fórmulas de actualización aprobadas con la presente resolución entrarán a regir a partir del 1º de mayo de 2005 y estarán vigentes hasta el 30 de abril del año 2007. Artículo 3º.- Incorpórese los Informes OSINERG-GART/ DGT Nº XXXA-2005-Anexo 1; OSINERG-GART/DGT Nº XXXA-2005-Anexo2, OSINERG-GART/DGT Nº XXXA-2005-Anexo 3 y OSINERG-GART/DGT Nº XXXA-2005- 2004-Anexo 4, como parte integrante de la presente resolución; Artículo 4º.- La presente resolución deberá ser publicada en el Diario Oficial El Peruano. Igualmente deberá ser consignada, junto con los Anexos 1 al 4, en la páginaWEB del OSINERG: www.osinerg.gob .pe. Artículo 5º.- Los interesados que deseen podrán solicitar copia de los Anexos mencionados en el artículo anterior, en la oficina de la Gerencia Adjunta de Regulación Tarifaria del OSINERG, sita en la Av. Canadá 1460, San Borja. 3Artículo 3.- Requisitos de validez de los actos administrativos Son requisitos de validez de los actos administrativos: ... 4. Motivación.- El acto administrativo debe estar debidamente motivado enproporción al contenido y conforme al ordenamiento jurídico. ...