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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE FEBRERO DEL AÑO 2005 (18/02/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 58

PÆg. 287460 NORMAS LEGALES Lima, viernes 18 de febrero de 2005 van de éstos, y que están referidos al funcionamiento del órgano de ejecutoria coactiva. POR TANTO: Regístrese, publíquese y cúmplase. CARLOS SANDOVAL BLANCAS Alcalde 03612 Establecen disposiciones para pago del Impuesto Predial y Arbitrios Munici-pales en el distrito ORDENANZA Nº 143-MDB Breña, 3 enero del 2005 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE BREÑA El Concejo Municipal del distrito de Breña, en Sesión Ordinaria de la fecha; y, VISTO: El Informe Nº 002-UR-SGAT-GAR/MDB de fecha 3 de enero del 2005; CONSIDERANDO:Que, conforme lo dispuesto en el Artículo 11º del Decreto Legislativo Nº 776, la Base Imponible para de-terminar el Impuesto Predial está constituida por el va-lor de los predios del contribuyente; el Impuesto Predialgrava el valor de los predios urbanos y rústicos. Seconsidera predios a los terrenos, las edificaciones einstalaciones fijas y permanentes que constituyan par-tes integrantes del mismo, que no puedan ser separa-das sin alterar, deteriorar o destruir la edificación; asi-mismo, para efectos de determinar el valor total de lospredios se aplicará los valores arancelarios de terrenosy valores unitarios oficiales de edificación vigente al 31de diciembre del año anterior y las tablas de deprecia-ción por antigüedad y estado de conservación que for-mula el Consejo Nacional de Tasaciones y apruebaanualmente el Ministerio de Transportes, Comunicacio-nes, Vivienda y Construcción; Que, con fecha 25 de octubre del 2004 se ha publi- cado la Resolución Ministerial Nº 267-2004-VIVIENDA yPlanos Básicos Arancelarios de Terrenos Urbanos de laProvincia de Lima y la Provincia Constitucional del Ca-llao y los Valores Unitarios Oficiales de Edificación parala Costa, Sierra y Selva; Que, mediante Decreto Supremo Nº 177-2004-EF se ha establecido que para el año 2005 el valor de laUnidad Impositiva Tributaria (UIT) como índice de refe-rencia en normas tributarias, es de Tres Mil TrescientosNuevos Soles (S/. 3.300.00); Que, conforme lo dispuesto en el artículo 13º y cuar- ta disposición final del Decreto Legislativo Nº 776, esfacultad de la Municipalidad establecer el monto míni-mo que deben pagar los contribuyentes por el Impues-to Predial y por el servicio de emisión mecanizada deactualización de valores, determinación del Impuesto,recibos de pagos y distribución a domicilio; Que los artículos pertinentes del Marco Legal e im- portes de los Arbitrios Municipales para el año 2005aprobado por la Ordenanza Nº 141-2004-MDB se esta-blecen que los Arbitrios de Limpieza Pública, Parques yJardines Públicos y Serenazgo son de periodicidadmensual y la determinación y recaudación se efectuarápor períodos mensuales; asimismo, la obligación depago de las cuotas mensuales vence el último día hábilde cada mes; Con las atribuciones que confiere los Incs. 8 y 9 del artículo 9º y 40º de la Ley Orgánica de Municipalida-des, Ley Nº 27972; por UNANIMIDAD y con dispensadel trámite de aprobación del Acta se aprobó la si-guiente :ORDENANZA QUE DISPONE LA EMISIÓN MECANIZADA DE ACTUALIZACIÓN DE VALORES DEL IMPUESTO PREDIAL 2005, FIJA EL MONTO DEL DERECHO DE EMISIÓN, ESTABLECE EL VENCIMIENTO DE PAGO DEL IMPUESTO PREDIAL, LOS ARBITRIOS MUNICIPALES Y APRUEBA FORMATO DE HOJA DE RESUMEN Y PREDIO URBANO PARA DECLARACIÓN JURADA DE AUTOVALÚO Artículo Primero.- Disponer la Emisión mecanizada de actualización de valores del Impuesto Predial corres-pondiente al año 2005, de los predios ubicados en laJurisdicción Distrital de Breña, independientemente dela condición de inafecto o exonerado de cada contribu-yente. Artículo Segundo.- Establézcase que el monto mí- nimo del Impuesto Predial para el año 2005, es de S/.19.80 (DIECINUEVE Y 80/100 NUEVOS SOLES). Artículo Tercero.- Fíjase para el Impuesto Predial correspondiente al año 2005, en S/. 13.20 (TRECE Y20/100 NUEVOS SOLES) el monto del derecho de emi-sión mecanizada de valores, determinación, recibos depago y distribución domiciliaria. El derecho de emisiónse cancelará conjuntamente con el pago total del im-puesto o con la primera cuota en el caso de pago frac-cionado. Para cada predio adicional (PU) se abonará lasuma de S/. 3.00 (TRES Y 00/100 NUEVOS SOLES). Artículo Cuarto.- Fíjase en S/. 1.00 (UNO Y 00/100 NUEVO SOL), por cada predio, el monto mensual delderecho de emisión y distribución de Hoja de Liquida-ción y expedición de recibo de pago de los ArbitriosMunicipales de Limpieza Pública, Parques y JardinesPúblicos y Serenazgo correspondiente al año 2005. Artículo Quinto.- Establecer las fecha de vencimiento de pago del Impuesto Predial y Arbitrios Municipalespara el año 2005, de acuerdo al detalle siguiente: IMPUESTO PREDIALVENCIMIENTO : 28 de febreroARBITRIOS MUNICIPALESEnero : 28 de febrero Febrero : 28 de febreroMarzo : 31 de marzo Abril : 29 de abril Mayo : 31 de mayo Junio : 30 de junioJulio : 27 de Julio Agosto : 31 de agosto Setiembre : 30 de setiembreOctubre : 31 de octubreNoviembre : 30 de noviembre Diciembre : 30 de diciembre Artículo Sexto.- APROBAR los formatos de Hoja de Resumen (H.R.) y Predio Urbano (P.U.) para DeclaraciónJurada de Autovalúo, los mismos que serán Notificados alos contribuyentes a su domicilio fiscal y que como anexosforman parte integrante del presente Ordenanza. Artículo Sétimo.- PRECISAR que el formato de Hoja de Resumen (H.R.) contiene la determinación para el pagodel Impuesto Predial y el formato Predio Urbano (P.U.) ac-tualiza los valores de los predios de acuerdo a lo estableci-do en el Artículo 14º del Decreto Legislativo Nº 776 - Leyde Tributación Municipal. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIASArtículo Primero.- Facúltase al Alcalde para que me- diante Decreto de Alcaldía disponga las medidas necesa-rias a fin de que los contribuyentes cumplan con el pago delas obligaciones tributarias correspondiente al presenteEjercicio Fiscal. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Subgerencia de Administración Tributaria y la Unidad de Rentas el cumpli-miento de lo dispuesto en la presente Ordenanza. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla.CARLOS SANDOVAL BLANCAS Alcalde 03613