TEXTO PAGINA: 67
PÆg. 287469 NORMAS LEGALES Lima, viernes 18 de febrero de 2005 PREPUBLICACIÓN OSINERG Proyectos de resolución que fijan las tarifas y compensaciones para los Sistemas Secundarios de Transmisión aplicables para el período comprendido entre el 1 de mayo de 2005 y el 30 de abril de 2007 RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN ENERGÍA OSINERG Nº 036-2005-OS/CD Lima, 10 de febrero de 2005 CONSIDERANDOQue, conforme se dispone en el literal g), del Anexo B del “Procedimiento para Fijación de Tarifas y Compen-saciones para los Sistemas Secundarios de Transmi- sión”, que forma parte de los “Procedimientos para Fi- jación de Precios Regulados”, aprobados por el Con-sejo Directivo del Organismo Supervisor de la Inver- sión en Energía (en adelante “OSINERG”), mediante la Resolución OSINERG Nº 0001-2003-OS/CD, el proyec-to de resolución que fija las tarifas y compensaciones para los Sistemas Secundarios de Transmisión (en ade- lante “SST”) así como la relación de la información (in-formes, estudios, dictámenes y/o modelos económicos) que la sustenta, con excepción de la información clasi- ficada previamente como confidencial mediante Reso-lución del OSINERG, deberá prepublicarse en el Diario Oficial El Peruano y en la página WEB, con un plazo no menor a 15 días hábiles anteriores a la publicación dela resolución de fijación de tarifas y compensaciones de los SST; Que, respecto a la fijación de las tarifas y compensaciones de los SST, se deben prepublicar las tres resolucionessiguientes: a) La que contiene los casos de aquellos titulares de SST que presentaron estudios técnico económicos siguiendo el “Procedimiento para Fijación de Tarifas y Compensaciones para los Sistemas Secundarios deTransmisión”; b) La de oficio, que incluye los casos correspondientes a la liquidación de los contratos BOOT y contratos de concesión, los relacionados a las instalaciones de transmisión secundaria de responsabilidad compartidaentre la generación y la demanda; los relacionados con la actualización de tarifas y compensaciones de empresas que han sido reguladas en años anterioresy que no han presentado propuesta para la presente regulación; y la de aquellas empresas que no han presentado propuestas y para las cuales no se cuentacon un estudio en particular; c) La complementaria, en la que figuran consignados los valores aprobados por las resoluciones de los literales a) y b) que anteceden; Que, conforme con lo establecido en el ítem i) del Anexo B que contiene el “Procedimiento para Fijación de Tari- fas y Compensaciones para los Sistemas Secundariosde Transmisión”, los interesados podrán presentar a la Gerencia Adjunta de Regulación Tarifaria (en adelante “GART”) del OSINERG sus opiniones y sugerencias so-bre el proyecto prepublicado con el fin de que sean ana- lizadas por el organismo regulador con anterioridad a la publicación de la resolución que apruebe los valoresde las tarifas y compensaciones para los SST; Estando a lo dispuesto por la Ley Nº 27838 y a las facultades concedidas por el Reglamento General del OSINERG aprobado por Decreto Supremo Nº 054-2001-PCM; y De conformidad con lo informado por la Asesoría Legal de la GART con los documentos OSINERG-GART-AL- 2005-018 y OSINERG-GART-AL-2005-020;RESUELVE Artículo 1º.- Dispóngase la prepublicación, en el Diario Oficial El Peruano y en la página WEB del OSINERG: www.osinerg.gob .pe, de los proyectos de resolución que fijan las tarifas y compensaciones para los Sistemas Secundarios de Transmisión, aplicables para el período comprendido entre el 1º de mayo de 2005 y el 30 de abrilde 2007, según lo establecido en el artículo 6º de la Resolución OSINERG Nº 262-2004-OS/CD, publicada el 21 de setiembre de 2004, la cual modifica a la ResoluciónOSINERG Nº 0001-2003-OS/CD, documentos que figuran como Anexos 2, 3 y 4 de la presente resolución. Artículo 2º.- Dispóngase la publicación, en el Diario Oficial el Peruano y en la página Web del OSINERG, la relación de información que se acompaña como Anexo 1de la presente resolución. Artículo 3º.- Los interesados podrán presentar opiniones y sugerencias respecto a las resoluciones cuya prepublicación se dispone con el anterior Artículo 1º, hasta el 16 de marzo de 2005. ALFREDO DAMMERT LIRA Presidente del Consejo Directivo ANEXO 1 RELACIÓN DE INFORMACIÓN QUE SUSTENTA LAS RESOLUCIONES DE FIJACIÓN DE LAS TARIFAS Y COMPENSACIONES PARA LOS SISTEMAS SECUNDARIOS DE TRANSMISIÓN - 2004 1. Informes Técnicos §Informe OSINERG-GART/DGT Nº 011-2005. Estudio para la Fijación de Tarifas y Compensaciones en el SST de ETESELVA S.R.L. §Informe OSINERG-GART/DGT Nº 012-2005. Estudio para la Fijación de Tarifas y Compensaciones en el SST de ELECTROCENTRO S.A. §Informe OSINERG-GART/DGT Nº 013-2005. Estudio para la Fijación de Tarifas y Compensaciones en el SST de EGASA. §Informe OSINERG-GART/DGT Nº 014-2005. Estudio para la Fijación de Tarifas y Compensaciones en el SST de CAHUA S.A. §Informe OSINERG-GART/DGT Nº 015-2005. Estudio para la Fijación de Tarifas y Compensaciones en el SST de REP §Informe OSINERG-GART/DGT Nº 016-2005. Estudio para la Fijación de Tarifas y Compensaciones en el SST de REDESUR S.A. §Informe OSINERG-GART/DGT Nº 017-2005. Estudio para la Fijación de Tarifas y Compensaciones en el SST de ISA PERÚ S.A. §Informe OSINERG-GART/DGT Nº 018-2005. Actualización de las Tarifas y Compensaciones en los SST cuyos Titulares no han Presentado PropuestasTarifarias y de los Cargos de Transmisión Secundaria para Casos Generales. 2. Informes de Asesoría Legal Interna §OSINERG-GART-AL-2005-018 §OSINERG-GART-AL-2005-020 3. Absolución de Observaciones por parte de los Titulares de Transmisión: §Informe de Absolución presentado por ETESELVA S.R.L.