Norma Legal Oficial del día 24 de febrero del año 2005 (24/02/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 16

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NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 24 de febrero de 2005

Inician procedimiento disciplinario a servidor de la Subprefectura de la provincia de MORDAZA MORDAZA MORDAZA
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0317-2005-IN/0901 MORDAZA, 21 de febrero del 2005 VISTO: El Acta Nº 004-2005-IN-1300 de 27 de enero de 2005 de la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios del Ministerio del Interior (Organos No Policiales) designada por Resolucion Ministerial Nº 1517-2004-IN de 6 de agosto de 2004 modificada por Resolucion Ministerial Nº 2424-2004-IN-1300 de 19 de noviembre de 2004 relacionada con la instauracion de MORDAZA Administrativo Disciplinario al servidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, identificado con DNI Nº 04204544, Tecnico Administrativo I - STC de la Subprefectura de la provincia de MORDAZA MORDAZA MORDAZA de la Direccion General de Gobierno Interior; CONSIDERANDO: Que, con Oficio Nº 3234-2004-IN-0903 de 16 de diciembre de 2004, la Oficina de Personal del Ministerio del Interior remitio en veintiocho (28) folios el expediente administrativo relacionado con la presunta comision de falta de caracter disciplinario por el servidor MORDAZA MORDAZA Espinoza; Que, del analisis de autos se establece que el mencionado servidor ha faltado injustificadamente los dias: 11 de junio, 23 de MORDAZA de 2004; 3, 5 y 6 de agosto de 2004; 9, 10, 13, 14, 15, 16 y 17 de setiembre de 2004; 1, 4, 5, 6, 7, 18, 19, 21 de octubre de 2004, asimismo se establece que ha hecho abandono del puesto de trabajo sin registrar su asistencia a la hora de salida los dias 2 y 4 de agosto y 15 y 20 de octubre de 2004; Que, el servidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA al haber acumulado ausencias injustificadas por mas de tres dias consecutivos y por mas de cinco dias no consecutivos en un periodo de treinta dias calendario habria incurrido en falta de caracter disciplinario tipificada en el inciso k) del articulo 28º de la Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico, Decreto Legislativo Nº 276; asimismo, al haber hecho abandono de su puesto de trabajo no habria observado los horarios establecidos segun lo dispuesto en el articulo 21 º del dispositivo legal invocado, en el articulo 128º del Reglamento de la Ley de MORDAZA Administrativa aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM de 15 de enero de 2005 y en el articulo 14º del Reglamento de Control de Asistencia y Permanencia del Personal Civil del Ministerio del Interior aprobado por Resolucion Ministerial Nº 0850-95-IN/010900000000 de 13 de MORDAZA de 1995; Que, a criterio de la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios del Ministerio del Interior (Organos No Policiales) las faltas en que habria incurrido el mencionado servidor publico son graves porque implican la contravencion de obligaciones y prohibiciones que alcanzan a todos los servidores publicos, por lo que por unanimidad se ha pronunciado por la instauracion de MORDAZA Administrativo Disciplinario al servidor MORDAZA MORDAZA Espinoza; Estando a lo dictaminado por la Oficina General de Asesoria Juridica del Ministerio del Interior y de conformidad con la Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico, Decreto Legislativo Nº 276 y en los articulos 150º, 151º, 163º, 166º y 167º del Reglamento de la MORDAZA Administrativa aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM y el Texto Unico Ordenado del Decreto Legislativo Nº 370, Ley del Ministerio del Interior aprobado por Decreto Supremo Nº 003-2004-IN; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Instaurar MORDAZA Administrativo Disciplinario al servidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, identificado con DNI Nº 04204544, Tecnico Administrativo I - STC de la Subprefectura de la provincia de MORDAZA MORDAZA MORDAZA de la Direccion General de Gobierno Interior por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolucion.

Articulo 2º.- El servidor procesado tiene derecho a presentar su descargo escrito y las pruebas que estime conveniente para su defensa ante la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios del Ministerio del Interior (Organos No Policiales) dentro del plazo que establece la ley, a partir del dia siguiente de la notificacion de la presente Resolucion. Articulo 3º.- Remitir todos los actuados a la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios del Ministerio del Interior (Organos No Policiales) para que dentro del plazo de ley concluya el MORDAZA Administrativo Disciplinario instaurado a merito de la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA M. MURAZZO MORDAZA Ministro del Interior 04210

JUSTICIA
Autorizan publicacion de la revista virtual en temas de Conciliacion Extrajudicial y Mecanismos Alternativos de Resolucion de Conflictos, denominada "Enmarcando"
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 107-2005-JUS MORDAZA, 22 de febrero de 2005 CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 26872, se promulgo la Ley de Conciliacion, modificada por la Ley Nº 27398, la cual ha sido reglamentada por Decreto Supremo Nº 001-98-JUS, modificado por el Decreto Supremo Nº 016-2001-JUS; Que, es funcion del Ministerio de Justicia, entre otras, sistematizar la legislacion e informacion juridica en el tema de Conciliacion y promover su estudio, difusion e investigacion interdisciplinaria; Que, es funcion de la Secretaria Tecnica de Conciliacion realizar publicaciones sobre Conciliacion y temas relacionados a la promocion de otros mecanismos alternativos de resolucion de conflictos, conforme lo dispone el inciso k) y o) del Reglamento de la Organizacion y Funciones del Ministerio de Justicia aprobado por Decreto Supremo Nº 019-JUS-2001 y modificado por Decreto Supremo Nº 001-2005-JUS; Que, la Escuela Nacional de Conciliacion Extrajudicial como organo desconcentrado de la Secretaria Tecnica de Conciliacion es la encargada de difundir, capacitar, y sistematizar el intercambio permanente de experiencias de investigacion; Que, es necesario que los operadores de la Conciliacion, asi como del sistema de justicia accedan a la informacion y conocimiento en los temas de Conciliacion Extrajudicial y sus implicancias con otros medios alternativos de solucion de conflictos; Que, la elaboracion y publicacion de la revista electronica, a traves de la pagina web no irroga mayor gasto al Estado, en tanto esta se efectua a traves de las actividades ordinarias de investigacion y difusion que realiza la Escuela Nacional de Conciliacion Extrajudicial dependiente de la Secretaria Tecnica de Conciliacion, contando con el soporte logistico e informatico del Ministerio de Justicia; De conformidad con lo dispuesto en el inciso h) del articulo 6º del Decreto Ley Nº 25993 - Ley Organica del Sector Justicia, asi como lo dispuesto por el inciso k) del articulo 96º del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Justicia aprobado por Decreto Supremo Nº 019-2001-JUS, modificado por Decreto Supremo Nº 001-2005-JUS; SE RESUELVE: Articulo Unico.- AUTORIZAR a la Secretaria Tecnica de Conciliacion, la publicacion de la revista virtual en

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