Norma Legal Oficial del día 28 de febrero del año 2005 (28/02/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 9

MORDAZA, lunes 28 de febrero de 2005

NORMAS LEGALES

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de concreto, protegidos por mallas raschel doble en todos sus costados u otro medio de aislamiento que evite la contaminacion por plagas. ALMACENAMIENTO DE MADERAS TRATADAS Las maderas tratadas deberan permanecer en espacios especialmente acondicionados para estos propositos. Las maderas podran ser almacenadas en la Planta de Tratamiento por un plazo MORDAZA de 1 ano, excedido dicho plazo deberan ser sometidas nuevamente a tratamiento. USO DE LA MORDAZA POR LA PLANTA DE TRATAMIENTO Las maderas deberan ser marcadas con el sello oficial asignado a la Planta de Tratamiento inmediatamente despues a su tratamiento. El marcado debera ser iniciado y finalizado en presencia del Profesional de la Planta de Tratamiento designado como responsable tecnico ante el SENASA. En los embalajes tratados, la MORDAZA debera ser sellada por lo menos en 2 caras laterales opuestas de cada unidad de embalaje. En las maderas para estiba de carga tratadas, la MORDAZA debera ser estampada por lo menos en una cara lateral y en el MORDAZA de cada pieza de madera. En las maderas simplemente aserradas tratadas destinadas a la fabricacion nacional de embalajes en recintos de armado que no pertenecen a la Planta de Tratamiento autorizada y que estan ubicados fuera de esta, la MORDAZA debera ser sellada lo menos en un margen lateral y el MORDAZA de cada pieza de madera. La MORDAZA debera ser realizada con pintura permanente o impresion termica, claramente visible, de color negro, cafe oscuro o MORDAZA y un tamano minimo de 3,0 x 6,0 cm., incorporando el codigo del MORDAZA, MORDAZA de tratamiento realizado y el codigo asignado por el SENASA a la infraestructura de la Planta de Tratamiento. Se autorizara la utilizacion de una MORDAZA de tamano inferior al senalado, unicamente en aquellos casos en los que las dimensiones de la pieza de MORDAZA MORDAZA inferiores al senalado. FABRICACION DE EMBALAJES Se podra autorizar la fabricacion de embalajes de MORDAZA en recintos distintos a la Planta de Tratamiento autorizada, previa aprobacion mediante Resolucion del SENASA de un Plan Operacional especifico firmado entre el SENASA, la empresa autorizada y el fabricante de los embalajes, Plan que tiene por finalidad lograr una adecuada trazabilidad de las maderas tratadas utilizadas y de las condiciones de resguardo. REGISTROS Las Plantas autorizadas deberan mantener un inventario electronico de las existencias de maderas tratadas y despachadas por la Planta de Tratamiento, considerando el MORDAZA de tratamiento realizado, fecha de finalizacion del tratamiento, volumen por lote tratado, volumen total en existencia y volumen movilizado fuera del recinto, todas expresadas en metros cubicos, ademas debe registrar al destinatario del lote. REGULACIONES PARA LA EXPORTACION DE MORDAZA PARA EMBALAJE La MORDAZA para embalaje, tratada y exportada como carga comercial, debera adicionalmente ser sometida a Inspeccion Fitosanitaria por el SENASA y cumplir con los requisitos fitosanitarios establecidos por el MORDAZA de destino. PROCEDIMIENTOS GENERALES DE SUPERVISION DEL SENASA El SENASA podra ejercer las acciones de supervision que estime necesarias, en cualquier fase del proceso. Para los efectos de supervision se podran distinguir las siguientes fases:

- Previo al inicio del tratamiento fitosanitario. - Al inicio. - En el transcurso del tratamiento fitosanitario. - Al finalizar el tratamiento. - En el almacenamiento de las maderas tratadas. - En la fase de elaboracion de los embalajes - A nivel de puertos de embarque de mercaderias de exportacion. - Otros. En cualquier fase de la supervision, el SENASA podra requerir al Profesional de la Planta, los equipos, elementos, instrumental o insumos necesarios para evaluar la efectividad del tratamiento, especialmente aquellos para medir concentracion en el caso de fumigaciones y los registros de temperatura y de humedad en el caso de los tratamientos termicos a las maderas. ANEXO 3 Especificaciones de la MORDAZA

PE - 000 YY

La MORDAZA debera incluir: - El simbolo. - XX: Indica el Codigo de dos letras del MORDAZA de origen de la mercaderia, segun la MORDAZA ISO. PE en el caso de Peru. - 000: Indica un numero especial que el SENASA le asigne al productor del embalaje de madera. - YY: Representa la abreviatura que identifica la medida de tratamiento fitosanitario que se ha utilizado (ej. HT o MB). Podra complementarse esta simbologia con las acronimias KD para maderas con tratamiento de secado al horno y DB para maderas descortezadas. La MORDAZA debera ser legible, permanente y no transferible, de color negro, MORDAZA o cafe oscuro. Esta MORDAZA debera venir estampada en por lo menos dos caras externas visibles de cada unidad de embalaje procedente del extranjero. 04479

DEFENSA
Autorizan viaje de personal de la FAP que trasladara al Jefe de Estado y su comitiva a la Republica Oriental del Uruguay
RESOLUCION SUPREMA Nº 153-2005-DE/FAP-CP MORDAZA, 25 de febrero de 2005

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