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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G38/G38/G31/G31/G32 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, lunes 28 de febrero de 2005 - El Director General de Descentralización o el fun- cionario que tuviera asignadas dichas funciones.”. Regístrese, comuníquese y publíquese.ANA MARÍA ROMERO-LOZADA L. Ministra de la Mujer yDesarrollo Social 04480 /G44/G65/G73/G69/G67/G6E/G61/G6E/G20/G53/G65/G63/G72/G65/G74/G61/G72/G69/G6F/G20/G45/G6A/G65/G63/G75/G74/G69/G76/G6F/G20/G64/G65/G6C /G43/G4F/G4E/G41/G44/G49/G53 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 131-2005-MIMDES Lima, 25 de febrero de 2005 CONSIDERANDO:Que, mediante Ley Nº 27050 - Ley General de la Persona con Discapacidad, se creó el Consejo Nacionalpara la Integración de la Persona con Discapacidad - CONADIS, incorporándose como Organismo Público Descentralizado del Ministerio de Promoción de la Mujery del Desarrollo Humano hoy Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social - MIMDES; Que, se encuentra vacante el cargo de Secretario Ejecutivo de la Secretaría Ejecutiva del CONADIS, sien- do necesario designar al funcionario que desempeñe dicho cargo público de confianza; De conformidad con lo dispuesto en las Leyes Nºs. 27993, 27594 y 27050; y en el Reglamento de Organiza- ción y Funciones del Ministerio de la Mujer y DesarrolloSocial - MIMDES aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2004-MIMDES; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar, al señor JAIME LEOPOL- DO CASTRO CALDERON en el cargo de Secretario Ejecutivo del Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad - CONADIS, Organismo Pú-blico Descentralizado del Ministerio de la Mujer y Desa- rrollo Social - MIMDES. Regístrese, comuníquese y publíquese. ANA MARÍA ROMERO-LOZADA L. Ministra de la Mujer y Desarrollo Social 04481 TRANSPORTES Y COMUNICACIONES /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G6E/G6F/G72/G6D/G61/G20/G74/GE9/G63/G6E/G69/G63/G61/G20/G73/G6F/G62/G72/G65/G20/G52/G65/G73/G74/G72/G69/G63/G2D /G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G52/G61/G64/G69/G6F/G65/G6C/GE9/G63/G74/G72/G69/G63/G61/G73/G20/G65/G6E/G20/GC1/G72/G65/G61/G73/G20/G64/G65/G20/G55/G73/G6F/G50/GFA/G62/G6C/G69/G63/G6F RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 120-2005-MTC/03 Lima, 23 de febrero de 2005CONSIDERANDO: Que, mediante el Decreto Supremo Nº 038-2003-MTC, se establece los Límites Máximos Permisibles de Radia- ciones No Ionizantes en Telecomunicaciones, instrumentode gestión ambiental prioritario para prevenir y controlar la contaminación generada por actividades comprendidas en el subsector comunicaciones, sobre la base de una estra-tegia destinada a proteger la salud, mejorar la competitivi- dad del país y promover el desarrollo sostenible; Que, la Primera Disposición Complementaria y Tran- sitoria del Decreto Supremo Nº 038-2003-MTC, disponeque a efectos de complementar lo dispuesto en la citada norma y garantizar su cumplimiento, el Ministerio de Transportes y Comunicaciones aprobará las normas técnicas y directivas que sean necesarias, entre las quese encuentra la norma técnica sobre restricciones ra- dioeléctricas en áreas de uso público; Que, con fecha 26 de enero de 2004 se publicó para comentarios en el Diario Oficial El Peruano, el proyecto de norma técnica sobre restricciones radioeléctricas en áreas de uso público; Que, habiéndose recibido y evaluado los comentarios de los interesados, corresponde emitir el acto adminis- trativo respectivo aprobando la acotada norma técnica; De conformidad con lo dispuesto en el Texto Único Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones aprobado por Decreto Supremo Nº 013-93-TCC, el Texto ÚnicoOrdenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones aprobado por Decreto Supremo Nº 027-2004-MTC y su modificatoria aprobada por DecretoSupremo Nº 040-2004-MTC, la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicacio- nes, Ley Nº 27791 y el Reglamento de Organización yFunciones del Ministerio de Transportes y Comunicacio- nes aprobad por Decreto Supremo Nº 041-2002-MTC; SE RESUELVE: Artículo Único.- Aprobar la norma técnica sobre Restric- ciones Radioeléctricas en Áreas de Uso Público, la misma que consta de siete (7) artículos y dos (2) disposiciones finales, que forman parte integrante de la presente resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ JAVIER ORTIZ RIVERA Ministro de Transportes y Comunicaciones NORMA TÉCNICA SOBRE RESTRICCIONES RADIOELÉCTRICAS EN ÁREAS DE USO PÚBLICO Artículo 1º.- Finalidad La presente norma tiene por finalidad establecer res- tricciones en los niveles de intensidad de campo eléctri-co y densidad de potencia por la operación de estacio- nes radioeléctricas de los servicios de telecomunicacio- nes en áreas de uso público. Artículo 2º.- Ámbito de aplicación La presente norma es de cumplimiento obligatorio por el Estado y las personas naturales y jurídicas, na- cionales y extranjeras que instalen y operen estaciones radioeléctricas utilizando espectro radioeléctrico y, cuyaemisión de Campos Electromagnéticos (EMF), de sus equipos de telecomunicaciones, se encuentren entre las frecuencias de 9 kHz. a 300 GHz. Artículo 3º.- Definiciones Para efectos de la presente norma, se tendrá en cuen- ta las siguientes definiciones: 3.1 Estación Radioeléctrica: Uno o más transmi- sores o receptores, o una combinación de transmisores y receptores, incluyendo las instalaciones accesorias, que hacen uso del espectro radioeléctrico. 3.2 Restricciones Radioeléctricas : Obligaciones de hacer y no hacer impuestas a los titulares de concesio- nes y autorizaciones de los servicios de telecomunica-ciones, para la operación de estaciones radioeléctricas. 3.3 Áreas de Uso Público : Lugares definidos por la administración, en los que se considera que la poblaciónexpuesta podría ser sensible a los campos electromag- néticos. Estos lugares son: - Colegios (de Educación Inicial, Primaria y Secunda- ria). - Hospitales, Centros de Salud y Clínicas. Artículo 4º.- Criterios para la instalación y opera- ción de estaciones radioeléctricas Los titulares de concesiones y autorizaciones de te- lecomunicaciones en la instalación y operación de susestaciones radioeléctricas, observarán los siguientes principios precautorios: a) Principio ALATA (As Low as Tecnics Allow) : Principio que propende a mantener el nivel de las radia-