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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G38/G38/G31/G31/G38 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, lunes 28 de febrero de 2005 ONPE /G44/G65/G73/G69/G67/G6E/G61/G6E/G20/G53/G65/G63/G72/G65/G74/G61/G72/G69/G61/G20/G47/G65/G6E/G65/G72/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G4F/G4E/G50/G45 OFICINA NACIONAL DE PROCESOS ELECTORALES RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 046-2005-J/ONPE Lima, 24 de febrero de 2005CONSIDERANDO:Que, el artículo 21º de la Ley Orgánica de la Oficina Nacional de Procesos Electorales, Nº 26487, dispone que los trabajadores de la Institución estarán sujetos al régimen laboral de la actividad privada y los puestos detrabajo, sean permanentes o temporales, serán cubier- tos por concurso público, salvo aquellos calificados de confianza conforme a las leyes vigentes, que no exce-derán del 10% del total respectivo de trabajadores; Que, en el Artículo Segundo de la Resolución Jefatural Nº 297-2004-J/ONPE, de fecha 6 de diciembre de 2004, seresolvió, encargar, a partir del 7 de diciembre de 2004, las funciones del Despacho de la Secretaría General, a la abo- gada Patricia Janette Vargas Rodríguez, Subgerente deTrámite Documentario, Constancias y Archivo Central de la Oficina Nacional de Procesos Electorales; Que, mediante Resolución Jefatural Nº 045-2005-J/ ONPE de fecha 24 de febrero de 2005, se ha dado por concluida la citada encargatura; En uso de las facultades contenidas en el artículo 13º de la Ley Nº 26487, Orgánica de la Oficina Nacional de Proce- sos Electorales y el literal y) del artículo 9º del Reglamento de Organización y Funciones de la Oficina Nacional de Pro-cesos Electorales aprobado mediante Resolución Jefatural Nº 051-2004-J/ONPE y modificado por Resoluciones Jefa- turales Nº 201-2004-J/ONPE y Nº 252-2004-J/ONPE; Con el visado de la Gerencia de Asesoría Jurídica; SE RESUELVE:Artículo Único.- Designar, a partir del 28 de febrero de 2005, a la señora Luz Marina Vera Cabrera, en el cargo de confianza de Secretaria General de la OficinaNacional de Procesos Electorales, correspondiente a la Plaza Nº 044 del Cuadro para Asignación de Personal. Regístrese, comuníquese y publíquese.MAGDALENA CHÚ VILLANUEVA Jefa Nacional 04433 S B S /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G61/G6C/G20/G42/G61/G6E/G63/G6F/G20/G64/G65/G20/G43/G72/GE9/G64/G69/G74/G6F/G20/G64/G65/G6C/G20/G50/G65/G72/GFA/G20/G61/G62/G72/G69/G72 /G6F/G66/G69/G63/G69/G6E/G61/G73/G20/G65/G73/G70/G65/G63/G69/G61/G6C/G65/G73/G20/G74/G65/G6D/G70/G6F/G72/G61/G6C/G65/G73/G20/G65/G6E/G20/G6C/G6F/G73/G20/G64/G69/G73/G74/G72/G69/G2D/G74/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G53/G61/G6E/G20/G4D/G69/G67/G75/G65/G6C/G20/G79/G20/G4D/G69/G72/G61/G66/G6C/G6F/G72/G65/G73/G2C/G20/G70/G72/G6F/G76/G69/G6E/G63/G69/G61 /G64/G65/G20/G4C/G69/G6D/G61 RESOLUCIÓN SBS Nº 319-2005 Lima, 21 de febrero de 2005EL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE BANCAVISTA:La solicitud presentada por el Banco de Crédito del Perú, para que se le autorice la apertura de dos OficinasEspeciales, con carácter temporal, en las instalaciones del Instituto Cultural Peruano Norteamericano (ICPNA) de la Sede San Miguel ubicada en la Av. La Marina Nº 2469,distrito de San Miguel, y de la Sede Miraflores, ubicada en la Av. Angamos Oeste Nº 120, distrito de Miraflores; am- bas en la provincia y departamento de Lima; y, CONSIDERANDO: Que, el Banco de Crédito del Perú en sesión de Co- mité Ejecutivo celebrado el día 10 de febrero de 2005, aprobó la instalación de dos oficinas especiales tem-porales en los locales del ICPNA; Que, la citada empresa ha cumplido con presentar la documentación pertinente que justifica la apertura solicitada; Estando a lo informado por el Departamento de Eva- luación del Sistema Financiero "A", mediante Informe Nº 28-2005-DESF "A"; y,De conformidad con lo dispuesto por el artículo 30º de la Ley Nº 26702 -Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superinten- dencia de Banca y Seguros-, con la Circular Nº B-2134-04 y la Resolución SBS Nº 003-98; RESUELVE:Artículo Único.- Autorizar, al Banco de Crédito del Perú, la apertura de dos Oficinas Especiales, con carácter tempo- ral, los días 24 y 25 de febrero de 2005, en las instalacionesdel Instituto Cultural Peruano Norteamericano (ICPNA) de la Sede San Miguel ubicada en la Av. La Marina Nº 2469, distrito de San Miguel, y de la Sede Miraflores, ubicada en la Av.Angamos Oeste Nº 120, distrito de Miraflores; ambas en la provincia y departamento de Lima. Regístrese, comuníquese y publíquese.PEDRO GRADOS SMITH Superintendente Adjunto de Banca 04254 /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G63/G69/G72/G63/G75/G6C/G61/G72/G20/G73/G6F/G62/G72/G65/G20/G72/G65/G6D/G69/G73/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G69/G6E/G66/G6F/G72/G2D /G6D/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G61/G20/G63/G61/G72/G67/G6F/G20/G64/G65/G20/G65/G6D/G70/G72/G65/G73/G61/G73/G20/G64/G65/G20/G73/G65/G67/G75/G72/G6F/G73/G2C /G72/G65/G66/G65/G72/G69/G64/G61/G20/G61/G6C/G20/G53/G65/G67/G75/G72/G6F/G20/G4F/G62/G6C/G69/G67/G61/G74/G6F/G72/G69/G6F/G20/G64/G65/G20/G41/G63/G63/G69/G64/G65/G6E/G2D/G74/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G54/G72/GE1/G6E/G73/G69/G74/G6F CIRCULAR Nº S-611-2005 Lima, 24 de febrero de 2005 ---------------------------------------------- Ref.: Remisión de información re- ferida al Seguro Obligatoriode Accidentes de Tránsito (SOAT) --------------------------------------------- Señor Gerente General: Sírvase tomar conocimiento que en uso de las atribucio- nes conferidas por el numeral 13º del artículo 349º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros yOrgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, Ley Nº 26702, esta Superintendencia dispone lo siguiente: 1. Alcance La presente Circular es aplicable a las empresas de seguros señaladas en el literal D del artículo 16º de la Ley General, que operen el Seguro Obligatorio de Acci- dentes de Tránsito - SOAT, en adelante empresas. 2. Información sobre el SOAT Las empresas deben remitir a esta Superintenden- cia, con periodicidad mensual, la información contenida en los Anexos adjuntos a la presente Circular, que seindican a continuación: Anexo Nº 1 Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito - Producción de primas del mes. Anexo Nº 2 Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito - Estado de los siniestros pendientes de pago. Anexo Nº 3 Información Resumen de las Opera- ciones del SOAT. 3. Forma y Plazo de presentación 3.1 La información relativa a los anexos Nºs 1 y 2 del numeral 2 deberá ser remitida exclusivamente a través del software “Submódulo de Captura y Validación Externa” (SU- CAVE), de acuerdo con las especificaciones técnicas que establecerá esta Superintendencia. En este sentido, los modelos adjuntos, permiten tomar conocimiento a las em- presas del tipo de información que se deberá remitir a tra-vés del mencionado software de comunicación. 3.2 La información del Anexo Nº 3 será generada e impresa por el software SUCAVE, luego de haber recibi-do la conformidad de los anexos Nºs 1 y 2. Dicho forma- to será enviado a esta Superintendencia con las firmas de los funcionarios autorizados 3.3 La información solicitada a través de esta Circu- lar deberá ser presentada conjuntamente con los esta- dos financieros correspondientes de cada mes. 3.4 Las empresas deberán considerar las instrucciones para el llenado de información que se adjuntan a la presente Circular, de manera previa a la elaboración de los anexos.