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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G39/G36/G30/G37/G34 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, lunes 4 de julio de 2005 Que, el artículo VII del Título Preliminar de la Ley Nº 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Na- ción, encarga al Instituto Nacional de Cultura la función de registrar, declarar y proteger el Patrimonio Cultural dela Nación; Que, con Oficio Nº 881-2005-D-DRCA-INC de fecha 26 de mayo de 2005, del Lic. Marko López Hurtado,Director (e) de la Dirección del Instituto Nacional de Cul- tura Arequipa, comunica el peligro de depredación en que se encuentran los sitios arqueológicos Collota ySonqomarka, por lo que solicita la declaración de los mismos como Patrimonio Cultural de la Nación; Que, mediante Informe Nº 279-2005-INC/DREPH/DA/ SDIC-JARG, de fecha 7 de junio de 2005, el Lic. Jesús Ramos Giraldo, Arqueólogo de la Subdirección de In- vestigación y Catastro de la Dirección de Arqueología,recomienda la declaratoria como Patrimonio Cultural de la Nación a los sitios arqueológicos siguientes: - Collota, ubicado en el distrito de Huaynacotas, provincia de La Unión, departamento de Arequipa; - Sonqomarka, ubicado en el distrito de Quequeña, provincia de Arequipa, departamento de Arequipa; Que, mediante Acuerdo Nº 306 de fecha 20 de junio de 2005 la Comisión Nacional Técnica de Arqueología, recomienda a la Dirección Nacional del Instituto Nacio- nal de Cultura, declare Patrimonio Cultural de la Nación alos sitios arqueológicos siguientes: - Collota, ubicado en el distrito de Huaynacotas, provincia de La Unión, departamento de Arequipa; - Sonqomarka, ubicado en el distrito de Quequeña, provincia de Arequipa, departamento de Arequipa; Con las visaciones de la Dirección de Gestión, Direc- ción de Registro y Estudio del Patrimonio Histórico, Direc-ción de Arqueología, Subdirección de Investigación y Catastro y la Oficina de Asuntos Jurídicos; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación; De- creto Supremo Nº 017-2003-ED, que aprueba el Regla- mento de Organización y Funciones del Instituto Nacio-nal de Cultura; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Declarar Patrimonio Cultural de la Na- ción a los sitios arqueológicos siguientes: - Collota, ubicado en el distrito de Huaynacotas, provincia de La Unión, departamento de Arequipa; - Sonqomarka, ubicado en el distrito de Quequeña, provincia de Arequipa, departamento de Arequipa. Artículo 2º.- Encargar a la Dirección del Instituto Nacional de Cultura Arequipa la elaboración del expe- diente técnico de los sitios arqueológicos mencionadosen el artículo 1º de la presente resolución. Artículo 3º.- Cualquier proyecto de obra nueva, cami- nos, carreteras, canales, denuncios mineros oagropecuarios, obras habitacionales y otros que pudie- se afectar o alterar el paisaje de los sitios arqueológicos declarados "Patrimonio Cultural de la Nación", debe contarcon la aprobación del Instituto Nacional de Cultura. Artículo 4º.- Transcríbase la presente Resolución a COFOPRI, Municipalidad Distrital y Provincial, autori-dades políticas y civiles correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese.LUIS GUILLERMO LUMBRERAS SALCEDO Director Nacional 11855 RESOLUCIÓN DIRECTORAL NACIONAL Nº 848/INC Lima, 23 de junio de 2005 VISTO, El Acuerdo Nº 00249, tomado por la Comi- sión Nacional Técnica de Arqueología en su Sesión Nº 12 de fecha 23 de mayo de 2005; y,CONSIDERANDO: Que, el Instituto Nacional de Cultura es un Organis- mo Público Descentralizado del Sector Educación, con personería jurídica de derecho público interno; responsa- ble de la promoción y desarrollo de las manifestaciones culturales del país y de la investigación, preservación, conservación, restauración, difusión y promoción del Patrimonio Cultural de la Nación; Que, el artículo VII del Título Preliminar de la Ley Nº 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Na- ción; encarga al Instituto Nacional de Cultura la función de registrar, declarar y proteger el Patrimonio Cultural de la Nación; Que, mediante Acuerdo Nº 00249 de fecha 23 de mayo de 2005 la Comisión Nacional Técnica de Arqueo- logía recomienda a la Dirección Nacional del Instituto Nacional de Cultura, declarar Patrimonio Cultural de la Nación a los sitios arqueológicos siguientes: - Sitio 35: Andenes de Pahuaypite (UTM PSAD 56: 391,638 E - 8´551,097 N), ubicado en el Anexo Quishca, distrito de Chavín, provincia de Chincha, departamento de Ica. - Sitio 36: Caminos de Pahuaypite (UTM PSAD 56: 391,617 E - 8´551,145 N), ubicado en el Anexo Quishca, distrito de Chavín, provincia de Chincha, departamento de Ica. - Sitio 37: Fundo Edén (UTM PSAD 56: 385,456 E - 8´545,548 N), ubicado en el distrito de Chavín, provincia de Chincha, departamento de Ica. - Sitio 38: La Huayra (UTM PSAD 56: 385,843 E - 8´545,583 N), ubicado en el distrito de Chavín, provincia de Chincha, departamento de Ica. - Sitio 39: Canal de Arahuay (UTM PSAD 56: 385,680 E - 8´545,459 N), ubicado en el distrito de Chavín, provin- cia de Chincha, departamento de Ica. - Sitio 40: Centro Administrativo Arahuay (UTM PSAD 56: 385,453 E - 8´545,418 N), ubicado en el distrito de Chavín, provincia de Chincha, departamento de Ica. - Sitio 41: Plazita Circular de Arahuay (UTM PSAD 56: 385,275 E - 8´545,374 N), ubicado en el distrito de Chavín, provincia de Chincha, departamento de Ica. - Sitio 42: Muro de Contención Doble - Quebrada Humanpuquio (UTM PSAD 56: 384,811 E - 8´545,560 N), ubicado en el distrito de Chavín, provincia de Chin- cha, departamento de Ica. - Sitio 43: Terrazas Agrícolas - Quebrada Huamanpu- quio (UTM PSAD 56: 384,460 E - 8´545,498 N), ubicado en el distrito de Chavín, provincia de Chincha, departa- mento de Ica. - Sitio 44: Las Colcas de Huamanpuquio (UTM PSAD 56: 384,364 E - 8´545,576 N), ubicado en el distrito de Chavín, provincia de Chincha, departamento de Ica. Estando a lo visado por la Dirección de Gestión, Dirección de Registro y Estudio del Patrimonio Histórico, Dirección de Arqueología y de la Oficina de Asuntos Jurídicos; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación; Decre- to Supremo Nº 017-2003-ED, que aprueba el Reglamen- to de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Cultura; SE RESUELVE:Artículo 1º: Declarar Patrimonio Cultural de la Na- ción a los Sitios Arqueológicos siguientes: - Sitio 35: Andenes de Pahuaypite (UTM PSAD 56: 391,638 E - 8´551,097 N), ubicado en el Anexo Quishca, distrito de Chavín, provincia de Chincha, departamento de Ica. - Sitio 36: Caminos de Pahuaypite (UTM PSAD 56: 391,617 E - 8´551,145 N), ubicado en el Anexo Quishca, distrito de Chavín, provincia de Chincha, departamento de Ica. - Sitio 37: Fundo Edén (UTM PSAD 56: 385,456 E - 8´545,548 N), ubicado en el distrito de Chavín, provincia de Chincha, departamento de Ica. - Sitio 38: La Huayra (UTM PSAD 56: 385,843 E - 8´545,583 N), ubicado en el distrito de Chavín, provincia de Chincha, departamento de Ica.