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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 04 DE JULIO DEL AÑO 2005 (04/07/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 29

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G39/G36/G30/G37/G37 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, lunes 4 de julio de 2005 Que, el Artículo 144º del citado Reglamento, aproba- do mediante Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, se- ñala que en los casos que no existan bienes o servicios que no admitan sustitutos a los requeridos por el áreausuaria, y siempre que exista un solo proveedor en el mercado nacional, la Entidad podrá contratar directa- mente. En su segundo párrafo indica que se considera-rá que existe proveedor único en los casos que por razones técnicas o relacionadas con la protección de derechos, tales como patentes y derechos de autor, sehaya establecido la exclusividad del proveedor; Que, las indagaciones efectuadas ha determinado que el servicio de Soporte y Actualización de LicenciasOracle, en este caso para el Oracle Enterprise, sólo puede ser prestado por la empresa Sistemas Oracle del Perú S.A., única empresa autorizada para ofrecer en elPerú, el servicio de Soporte y Actualización del Software Oracle Enterprise; Que, siendo la empresa Sistemas Oracle del Perú S.A. la única autorizada para ofrecer el servicio de So- porte y Actualización del Software Oracle Enterprise, su contratación se enmarca dentro del supuesto previstoen el Artículo 144º del Reglamento de la Ley de Contra- taciones y Adquisiciones del Estado, procediendo reali- zar la contratación, vía exoneración bajo la causal deservicio que no admite sustituto y al existir proveedor único; Que, mediante Resolución Directoral Nacional Nº 693- 2005-INC se incorporó al Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del Instituto Nacional de Cultura para el Ejercicio Presupuestal del presente año, la realizaciónde la Adjudicación Directa Selectiva para la Contratación del Servicio de Soporte Técnico para el Software Oracle Enterprise del Proyecto Qhapaqñan; Que, el Artículo 20º de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, en concordancia con el Artículo 148º de su Reglamento establece que las adquisicionesy contrataciones exoneradas, se realizarán mediante acciones inmediatas y se aprobarán mediante Resolu- ción del Titular de la Entidad; Que, la Oficina de Planificación y Presupuesto, con Informes Nºs. 102 y 116-2005/INC-OPP, otorga la dis- ponibilidad presupuestal necesaria para llevar a cabo laindicada contratación; Que, mediante Informe Nº 351-2005-INC/OAJ, la Oficina de Asuntos Jurídicos opina que procede se ex-pida la Resolución Directoral Nacional que exonere del respectivo proceso de selección la contratación del ser- vicio de Soporte Técnico para el Software Oracle Enter-prise, para las actividades de procesamiento de base de datos solicitado por la Coordinación Técnica del Proyec- to Qhapaqñan; Estando a lo visado por la Gerencia General y la Oficina de Asuntos Jurídicos; De conformidad con lo dispuesto por los Decretos Supremos Nºs. 0017-2003-ED, 083-2004-PCM y 084- 2004-PCM y la Directiva Nº 005-2003-CONSUCODE/ PRE y demás normas complementarias; SE RESUELVE: Artículo 1º.- DECLARAR la contratación del Servicio de Soporte Técnico para las Licencias de Software Ora- cle Enterprise solicitadas por la Coordinación Técnicadel Proyecto Qhapaqñan como servicio que no admite sustituto y cuenta con proveedor único. Artículo 2º.- EXONERAR al Instituto Nacional de Cultura del proceso de Adjudicación Directa Selectiva para la contratación del Servicio de Soporte Técnico para las Licencias de Software Oracle Enterprise del Proyec-to Qhapaqñan y autorizar su contratación con la empre- sa Sistemas Oracle del Perú S.A. Artículo 3º.- ENCARGAR a la Oficina de Logística y Producción de Bienes y Servicios, a efectuar los proce- dimientos necesarios para efectuar la contratación refe- rida en los artículos precedentes, hasta por la suma deTreinta y Tres Mil Doscientos Setenta y Tres y 26/100 Nuevos Soles (S/. 33 273,26), incluido los impuestos de ley y todos los conceptos que inciden en su costo total. Artículo 4º.- La contratación a que se refiere los artículos precedentes será realizada con cargo a la Fuen- te Recursos Directamente recaudados, Genérica deGasto 5 Inversiones, meta presupuestaria 0011, cuya cadena de gasto es 6.3.11.39 de la unidad Ejecutora 001, Instituto Nacional de Cultura.Artículo 5º.- La presente Resolución deberá ser pu- blicada en el Diario Oficial El Peruano y en el SEACE, dentro de los 10 días hábiles de haberse emitido; asimis- mo copia de la Resolución y de los Informes Técnico yLegal deberán remitirse a la Contraloría General de la República y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, dentro del mismo plazo. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS GUILLERMO LUMBRERAS SALCEDO Director Nacional 11859 /G47/G4F/G42/G49/G45/G52/G4E/G4F/G53/G20/G4C/G4F/G43/G41/G4C/G45/G53 MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA /G52/G61/G74/G69/G66/G69/G63/G61/G6E/G20/G72/G65/G73/G6F/G6C/G75/G63/G69/GF3/G6E/G20/G71/G75/G65/G20/G61/G70/G72/G6F/G62/GF3/G20/G70/G72/G6F/G79/G65/G63/G2D /G74/G6F/G73/G20/G63/G6F/G72/G72/G65/G73/G70/G6F/G6E/G64/G69/G65/G6E/G74/G65/G73/G20/G61/G20/G68/G61/G62/G69/G6C/G69/G74/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G75/G72/G2D/G62/G61/G6E/G61/G20/G6E/G75/G65/G76/G61/G20/G64/G65/G20/G6C/G6F/G74/G65/G20/GFA/G6E/G69/G63/G6F/G20/G64/G65/G20/G74/G65/G72/G72/G65/G6E/G6F RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 1439 Lima, 20 de mayo de 2005 EL ALCALDE METROPOLITANO DE LIMAVISTO, el Codificado Nº 72156-2004, mediante el cual la Municipalidad Distrital de Santiago de Surco, solicita laRatificación de la Resolución Gerencial Nº 382-2004- GDU-GCDL-MSS, emitida con fecha 14 de julio de 2004, promovida por la Sociedad Conyugal de RAFAELMARTÍN GUILLERMO FALCONE MONTALVA Y ROSSANA SOCORRO RÍOS TOCE; y, CONSIDERANDO: Que, con Resolución Gerencial Nº 382-2004-GDU- GCDL-MSS de fecha 14 de julio de 2004 (fs. 46 al 48), se resuelve Aprobar de conformidad con los planos signa- dos con el Nº 026.01-2004-SGACO-GDU-GCDL-MSS yNº 026.02-2004-SGACO-GDU-GCDL-MSS los proyec- tos referentes a Trazado, Lotización, Pavimentación de veredas y bermas de estacionamiento correspondiente ala Habilitación Urbana Nueva de lote único de tipo Progre- sivo, para Uso Residencial de Baja Densidad R1-S, en el terreno de 1,262.15 m², constituido por el Sublote 3-A dela Manzana "C" de la Parcelación Semirrústica "Panedia", ubicado frente al jirón Las Laderas, en el distrito de Santiago de Surco, provincia y departamento de Lima; Que, el terreno se encuentra inscrito en la Partida Nº 11460544 del Registro de Predios de la Zona Regis- tral Nº IX - Sede Lima de la Oficina Registral de Lima(fs. 3 al 5); Que, con Informe Nº 301-2004-MML-DMDU-DHU- DRD de fecha 26 de octubre de 2004 (fs. 55 al 57), de laDivisión de Revisión de Diseño de la Dirección de Habili- taciones Urbanas, se manifiesta que la presente habi- litación cumple con los Planes Urbanos respecto a lazonificación vigente, vías y aportes reglamentarios dis- puestos en la Ordenanza Nº 292-MML; Que, con Informe Nº 510-2004-MML-DMDU-DHU- AL de fecha 29 de octubre de 2004 (fs. 58 y 59), del Área Legal de la Dirección de Habilitaciones Urbanas, se manifiesta que, al haberse determinado el cumplimientode los Planes Urbanos, corresponde resolver el presen- te procedimiento en el sentido de Ratificar la Resolución Gerencial Nº 382-2004-GDU-GCDL-MSS; Con el visto bueno de la División de Revisión de Di- seño, de la Dirección de Habilitaciones Urbanas, de la Unidad Técnico Legal y de la Dirección Municipal deDesarrollo Urbano; De conformidad con lo dispuesto en las Leyes Nº 27972, Nº 27444, Nº 26878, Decreto SupremoNº 011-98-MTC, Ordenanzas Metropolitanas Nº 292, Nº 341, Nº 273, Nº 224, Ordenanza Nº 103-MSS y Edic- to Metropolitano Nº 021;