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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G39/G36/G31/G32/G37 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 6 de julio de 2005 15 DE JULIO Ministerio de Educación, excepto USES 01, 03 y 07Gobiernos Regionales: Unidades Ejecutoras deEducación 18 DE JULIO Ministerio de Educación: USES 01, 03 y 07 Ministerio de Defensa 19 DE JULIO Ministerio del Interior PERSONAL Y OBLIGACIONES SOCIALES (REMUNERACIONES): 19 DE JULIO Presidencia del Consejo de MinistrosCongreso de la República Ministerio de Relaciones Exteriores Ministerio de Economía y FinanzasContraloría General de la RepúblicaPoder JudicialMinisterio de JusticiaMinisterio Público Consejo Nacional de la Magistratura Tribunal ConstitucionalJurado Nacional de EleccionesOficina Nacional de Procesos ElectoralesDefensoría del PuebloRegistro Nacional de Identificación y Estado Civil Gobiernos Regionales: Unidades Ejecutoras de AgriculturaUniversidades PúblicasMinisterio de AgriculturaMinisterio de Transportes y Comunicaciones 20 DE JULIO Ministerio de Energía y MinasMinisterio de Vivienda, Construcción y SaneamientoMinisterio de Trabajo y Promoción del EmpleoMinisterio de SaludMinisterio de Comercio Exterior y Turismo Ministerio de la Producción Ministerio de Promoción de la Mujer y DesarrolloSocialGobiernos Regionales: Todas las UnidadesEjecutoras, excepto las de Educación y deAgricultura 21 DE JULIO Ministerio de EducaciónGobiernos Regionales: Unidades Ejecutoras deEducación 22 DE JULIO Ministerio del Interior 25 DE JULIO Ministerio de Defensa Articulo 2º.- La Dirección Nacional del Tesoro Pú- blico emitirá las Autorizaciones de Pago con antici-pación de un día hábil a la fecha indicada en elartículo 1º. En los casos de Unidades Ejecutoras que estén apli- cando lo dispuesto en el artículo 17º del Decreto Supre- mo Nº 347-90-EF, dichas Autorizaciones serán aproba- das con anticipación de dos días hábiles al programadoen el Cronograma; para el efecto las Unidades Ejecuto-ras requerirán sus habilitaciones con la antelación nece-saria. Articulo 3º.- La presentación y/o transmisión de Cartas Órdenes por los mencionados conceptos se efec- tuará hasta por los montos límites de las correspondien-tes Autorizaciones de Pago, bajo responsabilidad delDirector General de Administración o quien haga susveces. La información con el detalle de los montos y cuen- tas de ahorro de los pensionistas o personal activo a ser abonados, deberá ser exactamente igual al mon-to considerado en la Carta Orden, debiendo ser trans-mitida a través del SIAF-SP, o de ser el caso presen-tada en medio magnético, al Banco con dos días de anticipación. Regístrese, comuníquese y publíquese.LUIS CARRANZA UGARTE Vice Ministro de Hacienda 12057 EDUCACIÓN /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G64/G65/G73/G61/G72/G72/G6F/G6C/G6C/G6F/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G43/G61/G6D/G70/G61/GF1/G61/G20/G64/G65 /G53/G65/G6E/G73/G69/G62/G69/G6C/G69/G7A/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G79/G20/G50/G72/G6F/G6D/G6F/G63/G69/GF3/G6E/G20/G22/G54/G65/G6E/G67/G6F/G44/G65/G72/G65/G63/G68/G6F/G20/G61/G6C/G20/G42/G75/G65/G6E/G20/G54/G72/G61/G74/G6F/G22 RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 019-2005-ED Lima, 5 de julio de 2005 CONSIDERANDO: Que, la defensa de la persona humana y el respeto de su dignidad son el fin supremo de la sociedad y delEstado, conforme lo establece el artículo primero de la Constitución Política del Perú; Que, es uno de los objetivos de la Educación Básica, el formar integralmente al educando en los aspectosfísico, afectivo y cognitivo para el logro de su identidadpersonal y social, ejercer la ciudadanía y desarrollaractividades laborales y económicas que le permitan or- ganizar su proyecto de vida y contribuir al desarrollo del país, tal como lo señala el artículo 31º de la LeyNº 28044, Ley General de Educación; Que, para el logro de dicho objetivo educativo, devie- ne en necesario desarrollar campañas de sensibiliza-ción dirigidas a la comunidad educativa tendentes a pre- venir el maltrato físico, psicológico y abuso sexual en los estudiantes de las Instituciones Educativas y otros Cen-tros de Estudio; Que, en este contexto la Oficina de Tutoría y Preven- ción Integral - OTUPI, en el marco de sus atribuciones,y teniendo en cuenta las denuncias transcritas por la Comisión de Atención de Denuncias y Reclamos - CA- DER, ha propuesto el desarrollo de una Campaña deSensibilización y Promoción dirigida a los Directores,Tutores, Docentes, Padres de Familia y Estudiantes delas Instituciones Educativas de Educación Básica Re-gular y Educación Básica Alternativa, cuyo objetivo es el prevenir todo tipo de maltrato en contra de las niñas, niños y adolescentes, sea éste físico, psicológico osexual; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 25762, modificado por Ley Nº 26510, y DecretosSupremos Nºs. O51-95-ED y 002-96-ED. SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el desarrollo de la Campaña de Sensibilización y Promoción "Tengo Derecho al BuenTrato", con énfasis en la prevención del maltrato físico, psicológico y sexual de las Niñas, Niños y Adolescentes de las Instituciones Educativas de Educación BásicaRegular y Educación Básica Alternativa a nivel nacional. Artículo 2º.- Los Directores Regionales de Educa- ción y de las Unidades de Gestión Educativa Locales,dispondrán: - Las acciones pertinentes que permitan y faciliten la participación de los Directores, Tutores, Docentes, Pa-dres de Familia y Estudiantes de las Instituciones Edu-cativas en la Campaña. - La supervisión del desarrollo de la Campaña en las Instituciones Educativas de su jurisdicción, a cargo de los Equipos de Tutoría y Prevención Integral de las Ins-tituciones Educativas. Artículo 3º.- Los Directores de las Instituciones Educativas podrán invitar a colaborar en la campaña a