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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G39/G36/G31/G33/G33 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 6 de julio de 2005 /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G61/G6C/G20/G41/G72/G63/G68/G69/G76/G6F/G20/G47/G65/G6E/G65/G72/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G4E/G61/G2D /G63/G69/GF3/G6E/G20/G61/G20/G65/G66/G65/G63/G74/G75/G61/G72/G20/G70/G61/G67/G6F/G20/G64/G65/G20/G63/G75/G6F/G74/G61/G20/G64/G65/G6C/G20/G32/G30/G30/G35/G61/G6C/G20/G50/G72/G6F/G67/G72/G61/G6D/G61/G20/G64/G65/G20/G44/G65/G73/G61/G72/G72/G6F/G6C/G6C/G6F/G20/G64/G65/G20/G6C/G6F/G73/G41/G72/G63/G68/G69/G76/G6F/G73/G20/G49/G62/G65/G72/G6F/G61/G6D/G65/G72/G69/G63/G61/G6E/G6F/G73/G20/G28/G41/G44/G41/G49/G29 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 142-2005-RE Lima, 5 de julio de 2005 VISTO:El Oficio Nº 393-2005-AGN/J, de 26 de abril de 2005 y el Oficio Nº 165-2005-AGN/OTA, de 13 de mayo de 2005, del Archivo General de la Nación, en el que solicita al Ministerio de Relaciones Exteriores la expedición de la Resolución Suprema que autorice el pago de la cuota 2005 al Programa de Desarrollo de los Archivos Ibero- americanos (ADAI); CONSIDERANDO:Que, el artículo 67º, numeral 67.3 de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto para el Año Fiscal 2005, autoriza a las entidades del Sector Público a pagar, con cargo a sus respectivos presu- puestos, las cuotas del Gobierno peruano a los organis- mos internacionales de los cuales el Perú es miembro; Que, es obligación del Perú cumplir con el pago de las cuotas a los organismos internacionales priorizados de manera que permitan potenciar la capacidad de negociación en las gestiones diplomáticas y acrecentar el beneficio de los flujos de cooperación y asistencia técnica internacional; Que, en consecuencia, es necesario autorizar el pago de la cuota año 2005 al Programa de Desarrollo de los Archivos Iberoamericanos (ADAI), con cargo al presu- puesto del Archivo General de la Nación; Estando a lo acordado; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar al Archivo General de la Na- ción a efectuar el pago de la cuota año 2005 al Programa de Desarrollo de los Archivos Iberoamericanos (ADAI) por el importe de 8,334.00 Euros (OCHO MIL TRES- CIENTOS TREINTA Y CUATRO EUROS). Artículo 2º.- Los gastos que demande lo dispuesto en el artículo precedente, serán financiados con cargo al presupuesto del Archivo General de la Nación. Artículo 3º.- La equivalencia en moneda nacional será establecida según el tipo de cambio vigente a la fecha de pago. Regístrese, comuníquese y publíquese.Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República MANUEL RODRÍGUEZ CUADROS Ministro de Relaciones Exteriores 12073 /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G61/G6C/G20/G4D/G69/G6E/G69/G73/G74/G65/G72/G69/G6F/G20/G61/G20/G70/G61/G67/G61/G72/G20/G63/G75/G6F/G74/G61/G73 /G61/G64/G65/G75/G64/G61/G64/G61/G73/G20/G61/G20/G6C/G61/G20/G43/G6F/G6D/G75/G6E/G69/G64/G61/G64/G20/G41/G6E/G64/G69/G6E/G61/G20/G64/G65/G4E/G61/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 143-2005-RE Lima, 5 de julio de 2005CONSIDERANDO: Que, es obligación del Perú cumplir con el pago prio- rizado de las cuotas y adeudos a los organismos inter- nacionales, de manera que permita potenciar la capaci- dad de negociación en las gestiones diplomáticas y acre- centar el beneficio en el marco del comercio y la integra- ción andina;Que, en el presupuesto del Ministerio de Relaciones Exteriores, se han previsto recursos para el pago priori- zado de cuotas a organismos internacionales; Que, en consecuencia, es necesario autorizar el pago de cuotas a organismos internacionales de acuerdo a la priorización y en función a la disponibilidad de la Caja Fiscal; De conformidad con lo establecido en el artículo 67º, numeral 67.1 de la Ley Nº 28411 -Ley General del Siste- ma Nacional del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2005-; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar al Ministerio de Relaciones Exteriores, a efectuar el pago de TRESCIENTOS OCHENTISIETE MIL Y 00/100 DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA (US$ 387,000.00), de las cuotas correspondientes al saldo del III Trimestre de 2004 y pago parcial del IV Trimestre de 2004, por concepto del pago de adeudos a la Secretaría General de la Comunidad Andina (SGCAN) y CIENTO TRECE MIL Y 00/100 DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA (US$ 113,000.00), de las cuotas corres- pondientes al saldo del III Trimestre de 2004 y pago par- cial del IV Trimestre de 2004, por concepto del pago de adeudos al Tribunal de Justicia de la Comunidad Andina. Artículo 2º.- Los gastos que demande el cumpli- miento de lo dispuesto en el artículo precedente serán con cargo a la Fuente de Financiamiento Recursos Or- dinarios, Función 13, Programa 045, Subprograma 0118, Actividad 00624, Componente 2387, Meta 00565, Gené- rica 4 Otros Gastos Corrientes, Específica 42 Cuotas del Presupuesto del Ministerio de Relaciones Exteriores correspondiente al ejercicio 2005. Artículo 3º.- La equivalencia en moneda nacional será establecida según el tipo de cambio vigente a la fecha de pago. Regístrese, comuníquese y publíquese.Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República MANUEL RODRÍGUEZ CUADROS Ministro de Relaciones Exteriores 12074 /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G61/G6C/G20/G4D/G69/G6E/G69/G73/G74/G65/G72/G69/G6F/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G50/G72/G6F/G64/G75/G63/G2D /G63/G69/GF3/G6E/G20/G61/G20/G65/G66/G65/G63/G74/G75/G61/G72/G20/G70/G61/G67/G6F/G20/G64/G65/G20/G63/G75/G6F/G74/G61/G20/G61/G20/G6C/G61/G20/G43/G6F/G2D/G6D/G69/G73/G69/GF3/G6E/G20/G49/G6E/G74/G65/G72/G61/G6D/G65/G72/G69/G63/G61/G6E/G61/G20/G64/G65/G6C/G20/G41/G74/GFA/G6E/G20/G54/G72/G6F/G70/G69/G2D/G63/G61/G6C/G20/G28/G43/G49/G41/G54/G29 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 144-2005-RE Lima, 5 de julio de 2005 VISTO:El Oficio Nº 832-2005-PRODUCE/SG, de 15 de junio de 2005, del Ministerio de la Producción, en el que solici- ta al Ministerio de Relaciones Exteriores la expedición de la Resolución Suprema que autorice el pago de la cuota 2004 y pago parcial de la cuota 2005 a la Comisión Interamericana del Atún Tropical - CIAT; CONSIDERANDO: Que, el artículo 67º, numeral 67.3 de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto para el Año Fiscal 2005, autoriza a las entidades del Sector Público a pagar, con cargo a sus respectivos presu- puestos, las cuotas del Gobierno peruano a los organis- mos internacionales de los cuales el Perú es miembro; Que, es obligación del Perú cumplir con el pago de las cuotas a los organismos internacionales priorizados de manera que permitan potenciar la capacidad de ne- gociación en las gestiones diplomáticas y acrecentar el beneficio de los flujos de cooperación y asistencia técni- ca internacional;