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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE JULIO DEL AÑO 2005 (07/07/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 21

PÆg. 296213 NORMAS LEGALES Lima, jueves 7 de julio de 2005 la Mujer y Desarrollo Social - MIMDES, el puesto de Gerente de la Gerencia de Desarrollo y Equidad de la citada Unidad Ejecutora; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 775-2004- MIMDES, de fecha 14 de diciembre de 2004 se encargó al señor JULIO OVIEDO HOLGUIN, Subgerente de Monitoreo y Evaluación de Proyectos de la Gerencia de Desarrollo y Equidad de la Unidad Ejecutora 007: Oficina Nacional de Cooperación Popular- COOPOP, del Pliego Presupuestario 039: Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social - MIMDES, el puesto de Subgerente de la Subge- rencia de Programación y Gestión de Proyectos de la Gerencia de Desarrollo y Equidad de la citada Unidad Ejecutora; Que, por Resolución Ministerial Nº 413-2005-MIM- DES, de fecha 14 de junio de 2005 se encargó al señor JULIO OVIEDO HOLGUIN, Subgerente de Monitoreo y Evaluación de Proyectos de la Gerencia de Desarrollo y Equidad de la Unidad Ejecutora 007: COOPOP, el puesto de Gerente de Administración de la citada Uni- dad Ejecutora; Que, de acuerdo a lo establecido en el artículo 6º del Decreto Supremo Nº 011-2004-MIMDES, entre otros, el Decreto Supremo Nº 006-2001-PROMUDEH, norma que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del COOPOP, estaría vigente hasta la publicación de la Resolución Ministerial que aprueba el Manual de Organi- zación y Funciones del Ministerio de la Mujer y Desarro- llo Social - MIMDES; Que, habiéndose publicado la Resolución Ministerial Nº 452-2005-MIMDES, que aprueba el Manual de Organi- zación y Funciones del Ministerio de la Mujer y Desarro- llo Social - MIMDES, es necesario dar por concluidas las encargaturas y designaciones mencionadas precedente- mente; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27594; en la Ley Nº 27793; en el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social, aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2004-MIMDES; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Dar por concluidas al 30 de junio del 2005, las designaciones efectuadas por la Resolu- ción Suprema Nº 214-2001-PROMUDEH, las Reso- luciones Ministeriales Nºs. 597 y 598-2003-MIMDES y la Resolución Ministerial Nº 225-2004-MIMDES, dán- doseles las gracias por los servicios prestados a los funcionarios designados por las citadas Resolucio- nes. Artículo 2º.- Dar por concluidas al 30 de junio del 2005, las encargaturas efectuadas mediante las Resolu- ciones Ministeriales Nºs. 751, 774 y 775-2004-MIMDES y la Resolución Ministerial Nº 413-2005-MIMDES, dándoseles las gracias por los servicios prestados a los funcionarios encargados por las citadas Resoluciones Ministeriales. Regístrese, comuníquese y publíquese.ANA MARÍA ROMERO-LOZADA L. Ministra de la Mujer y Desarrollo Social 12062 Autorizan a procurador iniciar accio- nes judiciales contra Alcalde de la Municipalidad Provincial de San RomÆn - Juliaca por presunta responsa-bilidad penal RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 466-2005-MIMDES Lima, 4 de julio de 2005 Vistos, la Memoranda Nºs. 177 y 302-05-MIMDES/ PNCVFS de la Directora Ejecutiva del Programa Nacio- nal contra la Violencia Familiar y Sexual del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social - MIMDES;CONSIDERANDO: Que, el Ministerio de Promoción de la Mujer y del Desarrollo Humano - PROMUDEH (ahora Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social - MIMDES), y la Municipa- lidad Provincial de San Román - Juliaca, suscribieron el Convenio de Cooperación Interinstitucional de fecha 2 de julio de 2001, con el objeto de apoyar la implementa- ción de la Casa Refugio "Hogar de María", ubicada en la ciudad de Juliaca, para brindar atención y apoyo a las personas involucradas en hechos de violencia familiar y sexual, así como para contribuir en la recuperación de sus víctimas; Que, conforme lo establecido en la Cláusula Cuarta, numeral 3, del mencionado Convenio, modificado me- diante Addendum de fecha 26 de diciembre de 2001, el PROMUDEH (ahora MIMDES), a través del Programa Nacional contra la Violencia Familiar y Sexual - PNCVFS, se obligó hacer entrega en calidad de Cesión en Uso y por el plazo de dos años, diversos bienes muebles (de- tallados en el anexo de la Addenda del Convenio), a favor de la Casa Refugio "Hogar de María" de la Munici- palidad Provincial de San Román - Juliaca, establecién- dose que al vencimiento del plazo y de no mediar reque- rimiento del PNCVFS para la devolución de los bienes, por motivos comprobados de incumplimiento de los tér- minos del Convenio, pasarán en propiedad a favor de la Casa Refugio en forma definitiva; Que, con la Nota Nº 641-2003-MIMDES/PNCVFS-D y sus antecedentes la Directora Ejecutiva del PNCVFS determinó, entre otros, que la Municipalidad Provincial de San Román - Juliaca, no cumplió con su obligación de asumir el cargo de dirección y funcionamiento de la Casa Refugio "Hogar de María", y de dar el uso adecuado a los bienes entregados, conforme a lo establecido en los numerales 1 y 6 de las obligaciones de la citada Casa Refugio contenidas en la Cláusula Cuarta del Convenio, recomendando la Resolución del citado Convenio por parte del MIMDES; Que, asimismo mediante los Oficios Nºs. 2998-2003- MIMDES/SG, 4059 y 4206-2004-MIMDES/SG de fechas 30 de octubre de 2003, 3 de diciembre de 2004 y 14 de diciembre de 2004, respectivamente, el Secretario Ge- neral del MIMDES solicitó en forma reiterada al señor Miguel Abad Ramos Benique, Alcalde de la Municipalidad Provincial de San Román - Juliaca, cumpla con devolver los bienes muebles entregados en Cesión de Uso a fa- vor de la Casa Refugio "Hogar de María", por haberse comprobado el incumplimiento al Convenio de Coope- ración Interinstitucional, indicado en el considerando pri- mero de la presente Resolución; Que, mediante Informe Nº 024-2005-MIMDES-PN- CVFS-OOPE de fecha 15.3.05 el Jefe de la Oficina de Operaciones del PNCVFS, informó que han realizado acciones destinadas a la recuperación de los bienes cedidos en uso a favor de la Casa Refugio "Hogar de María", sin embargo por negativa del señor Miguel Abad Ramos Benique, Alcalde de la Municipalidad de San Román, no se ha logrado la recuperación de los mencio- nados bienes muebles; Que, de los hechos mencionados en los consideran- dos precedentes, se desprende que el Alcalde de la Municipalidad Provincial de San Román -Juliaca, deliberadamente no ha cumplido con devolver los bie- nes muebles cedidos en uso a favor de la Casa Refugio "Hogar de María", lo cual evidencia un acto de apro- piación indebida, por lo que ha incurrido en la presunta comisión del delito de Apropiación Ilícita previsto en el artículo 190º del Código Penal; Que, en consecuencia es necesario autorizar al Procurador Público a cargo de los asuntos judiciales del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social, para que inicie e impulse las acciones judiciales correspondientes, con- tra el Alcalde de la Municipalidad Provincial de San Ro- mán - Juliaca; Con la opinión favorable de la Oficina General de Asesoría Jurídica del MIMDES, contenida en el Informe Nº 1026-2005-MIMDES/OGAJ; De conformidad con lo dispuesto por el artículo 47º de la Constitución Política del Perú, la Ley Nº 27793 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social, el Reglamento de Organización y Fun- ciones del MIMDES aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2004-MIMDES, y el Decreto Ley Nº 17537 - Ley de