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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE JULIO DEL AÑO 2005 (07/07/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 38

PÆg. 296230 NORMAS LEGALES Lima, jueves 7 de julio de 2005 RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar al BankBoston N.A. Su- cursal del Perú el cierre de su Agencia ubicada en la calle Las Begonias Nºs. 425-429, distrito de San Isidro,provincia y departamento de Lima. Regístrese, comuníquese y publíquese.PEDRO GRADOS SMITH Superintendente Adjunto de Banca y Microfinanzas 12023 UNIVERSIDADES Declaran nulidad de otorgamiento de la buena pro en ítem de licitación parasuministro de víveres de comedores dela Universidad Nacional Mayor de SanMarcos RESOLUCIÓN RECTORAL Nº 03322-R-05 Lima, 4 de julio del 2005 Visto el Expediente, con Registro de Mesa de Partes General Nº 12432-RG-05 de la Oficina de Abastecimien-to, sobre declaratoria de Nulidad de Oficio del Otorga- miento de la Buena Pro de la Licitación Pública Nacional Nº 007-2004-UNMSM. CONSIDERANDO: Que mediante el segundo resolutivo de la Resolución Rectoral Nº 04032-R-04 del 27 de agosto de 2004, se conformó el Comité Especial Permanente encargado dellevar a cabo los procesos de selección para la adquisi- ción de víveres y productos alimenticios para los Come- dores Universitarios de la Universidad Nacional Mayorde San Marcos; Que según acta de fecha 1 de febrero de 2005, el referido Comité Especial Permanente otorga la BuenaPro del ítem Nº 36 “frutas frescas” de la Licitación Públi- ca Nacional Nº 007-2004-UNMSM para el “Suministro de víveres para los Comedores Universitarios” a la Em-presa “Distribuidora Yanamayo” de Elmer Gerardo Luna Melgarejo; Que mediante escrito de fecha 16 de febrero de 2005, la Empresa de Comercializadora de Alimentos Francisco Gómez Gambini E.I.R.L. solicitó el acceso a los expedientes de la Licitación Pública Nacional Nº007-2004-UNMSM, así como a la copia del Acta de Otorgamiento de Buena Pro y detalle de las califica- ciones otorgadas en las propuestas presentadas alproceso precitado, presentado el 17 de febrero de 2005 una carta notarial indicando que después de haber revisado la documentación del postor ganador de laBuena Pro del ítem Nº 36 “frutas frescas” y haber verificado ante la Dirección de Salud Ambiental – DIGESA la “Constancia de Habilitación Higiénica Sa-nitaria” presentada por dicho postor, ha podido deter- minar que el mencionado documento es falso, no pre- sentando ninguna documentación que compruebe lomanifestado; Que en aplicación del Principio de Verdad Material de la Ley Nº 27444, la Universidad solicitó a la Dirección deSalud Ambiental - DIGESA se sirva confirmar la veraci- dad de la “Constancia de Habilitación Higiénica Sanita- ria” presentada por la Empresa “Distribuidora Yanama-yo” de Elmer Gerardo Luna Melgarejo, lo cual fue res- pondido mediante el Oficio Nº 1495-2005/DG/DIGESA indicando que el referido documento de fecha 27 de oc-tubre de 2004, presentado por la Empresa “Distribuidora Yanamayo” de Elmer Gerardo Luna Melgarejo, es falso en su contenido y firma toda vez que no ha sido emitidapor la Dirección General de dicha entidad y que la firma que se consigna corresponde a un Director General que cesó en julio de 2004;Que en aplicación del artículo 57º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones,se emite la Resolución Rectoral Nº 01396-R-05 del 17 de marzo de 2005 declarando de Oficio la nulidad del otorgamiento de la Buena Pro del ítem Nº 36 “frutasfrescas” otorgada a la Empresa “Distribuidora Yanama- yo” de Elmer Gerardo Luna Melgarejo, retrotrayendo el Proceso de Selección Nº 007-2004-UNMSM, aprobán-dose los puntajes finales obtenidos por las empresas postulantes otorgándose la Buena Pro a la Empresa Co- mercializadora de Alimentos “Francisco Gómez Gambi-ni E.I.R.L” en el Ítem Nº 36 “frutas frescas “ del Proceso de Licitación Pública Nacional Nº 007-2004-UNMSM-“Su- ministro de Víveres para los Comedores Universitarios”; Que el Comité Especial Permanente para la Adquisi- ción de Víveres en aplicación del Principio de Privilegio de Controles Posteriores de la Ley Nº 27444, realizó lostrámites para la verificación de la información presenta- da por los postores al ítem Nº 36 “frutas frescas” de la Licitación Pública Nacional Nº 007-2004-UNMSM, obte-niendo el Oficio Nº 1544-2005-DG-DISA V L.C. de la Dirección de Salud V Lima Ciudad mediante el cual infor- mó respecto de la veracidad de las Resoluciones Direc-torales presentadas para la verificación por la Secreta- ria Titular del Comité Especial Permanente para la Adqui- sición de Víveres indicando que: La Resolución Directo-ral correspondiente a la Empresa de Francisco Jaime Gómez Gambini, no se encuentra registrada en la base de datos de la DESA – DISA V Lima Ciudad, detectándo-se que la Resolución Directoral presentada por la Em- presa en mención esta ADULTERADA en la fecha de emisión de la Resolución; Que el artículo 210º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado indica que las entidades están obligadas a poner en conocimientodel Tribunal de CONSUCODE los hechos que puedan dar lugar a la aplicación de sanciones de inhabilitación, conforme a los artículos 205º y 206º de la norma preci-tada, debiendo elevarse los antecedentes al Tribunal con informe de la entidad; Que mediante el informe Nº 0722-OGAL-05 la Ofici- na General de Asesoría Legal opina que debe declarar- se la nulidad de oficio del otorgamiento de la Buena Pro del ítem Nº 36 “frutas frescas” de la Licitación PúblicaNacional Nº 007-2004-UNMSM a favor de la Empresa Distribuidora de Alimentos Francisco Gómez Gambini E.I.R.L. al estar incurso en las causales de contravenirnormas legales y por prescindir de normas esenciales del procedimiento, retrotraer el proceso al proceso de selección a la etapa de evaluación e iniciar los trámitespara la correspondiente denuncia a la empresa Francisco Gómez Gambini E.I.R.L. por incurrir en in- fracción al inciso f) del artículo 205 del Reglamento deContrataciones y Adquisiciones del Estado; y, Estando a las atribuciones conferidas al señor Rec- tor por la Ley Universitaria Nº 23733 y el Estatuto de laUniversidad Nacional Mayor de San Marcos; SE RESUELVE:1º Declarar de Oficio la NULIDAD del otorgamiento de la Buena Pro del ítem Nº 36 “frutas frescas” otorgadaa la Empresa Distribuidora de Alimentos “Francisco Gómez Gambini E.I.R.L.” por vulnerar requisitos y pro- cedimientos esenciales del Proceso de Selección de Li-citación Pública Nacional Nº 007-2004-UNMSM “Sumi- nistro de Víveres para los Comedores Universitarios”. 2º Retrotraer el Proceso de Selección de Licitación Pública Nacional Nº 007-2004-UNMSM en lo que res- pecta al ítem Nº 36 “frutas frescas” al momento de la evaluación técnica. 3º Encargar a la Secretaría General la publicación de la presente Resolución Rectoral en el Diario Oficial El Peruano dentro de los cinco días siguientes de habersido expedida. 4º Dejar sin efecto la Resolución Rectoral Nº01396- R-05 de fecha 17 de marzo de 2005, que otorgó la Bue-na Pro a la Empresa Comercializadora de Alimentos “Francisco Gómez Gambini E.I.R.L.” en el ítem 36 “fru- tas frescas” del Proceso de Licitación Pública NacionalNº 007-2004-UNMSM-“Suministro de Víveres para los Comedores Universitarios”, por las consideraciones ex- puestas en la presente Resolución Rectoral.