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/G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 /G20/G50/GE1/G67/G2E/G20/G32/G39/G36/G34/G30/G39Lima, sábado 9 de julio de 2005 DerechoCalificaciónDependencia Autoridad Autoridad NºDenominaciónRequisitos de Pago Auto- Evaluación donde se que que resuelve del Procedimiento% U.I.T mático Silencio Silencio inicia el aprueba el Recurso (+) (-) trámite Impugnativo Base Legal 3. Copia autenticada del documento de identidad del solicitante Civiles de Registros Ley 26497 12/07/1995 4. Copia simple de Certificado de Nacimiento o control de vacunas y otro Civiles D.S Nº 015-98-PCM 23/04/1998 documento que a crit erio del Registrador sera aceptado como sustento. 1.05 Reconocimiento Voluntario de Paternidad 1.- Copia Legalizada del D.N.I, u otro Documento de Identidad GRATUITO X Departamento Jefe Reconsideración: del Padre o de la Madre declarante de Registros Departamento Jefe Regi stros Civiles Base Legal Civiles de Registros - Presentar 15 días D.S. 015-98-PCM 23/04/1998 Civiles - Resolver 30 días - Doc. Sustentatorio Apelación- Reniec- Presentar 15 días- Resolver 30 días-Doc. Sustentatorio MATRIMONIOS: CELEBRACIONES, INSCRIPCIONES, DISPENSAS, POSTERGACIONES Y OTROS 1.06 Matrimonio Civil X Departamento Jefe - Mayores de edad (solteros) 1. Certificado médico Prenupcial de Registros Departamento y constancia de consejería preventiva de enfermedades Civiles de Registros Base legal de transmisión sexual - VIH y SIDA Civiles C.C Art 241, 248, 250 y 251 14/11/1984 2. Apertura del Exp. Matrimonial (Adquirir Carpeta y Solicitud Matrimonial) Res. Vic. 007-93-JUS, Num 11 30/12/1993 3. Partidas Nacimiento originales y actualizadas de cada unoLey 26662 22/09/1996 (an tigüedad 6 meses) Ordenanza Nº 145-MDMM 4. Una foto tamaño carné de c/u. 5. Certificado Domiciliario de cada uno.6. Original y copia legalizada del DNI (con último sello votación) o CIP7. Publicación de Edicto.8. Dos testigos, debidamente identificados - Extranjeros Adicionalmente: 1. Partidas de nacimiento visado por el Cónsul del Perú en el país de origen Base Legal legalizado por el Ministerio de Relaciones Exteriores y traducido al españolC.C Art 248 14/11/1984 por traductor público juramentado 2. Certificado de Soltería, Viudez o Sentencia de Divorcio, visado por el Cónsul del Perú en el país de origen, legalizado por el Ministerio de Relaciones Exteriores y T raducido al español por tradcutor público juramentado3. Original y copia legalizada del Pasaporte y Carné de Extranjería si tuviese. - Divorciados Adicionalmente: 1. Partida de matrimonio anterior con anotación de la disolución del vínculo matrimonial. Base Legal 2. Declaración Jurada de no administrar ningun bien de sus hijos, el cual debe estarC.C Art 248 Inc 2 14/11/1984 legalizado por Notario Público * En el caso de mujeres divorciadas, debe haber transcurrido por lo menos 300 días de la fecha de la disolución del matrimonio, salvo dispensa judicial. C.C Art 243 - Menores de Edad Adicionalmente: 1. Permiso Judicial o Consentimiento escrito de los padres, legalizado ante Notario