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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G39/G36/G34/G30/G37 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, sábado 9 de julio de 2005 Que, en relación con el párrafo precedente, invoca- mos el Art.21º del Texto Único Ordenado de la Ley deContrataciones y Adquisiciones del Estado aprobadopor D.S. Nº 083-2004-PCM donde señala literalmente:"Se considera situación de desabastecimiento inmi-nente aquella situación extraordinaria e imprevisible en la que la ausencia de determinado bien, servicio u obra compromete en forma directa e inminente la con-tinuidad de las funciones, servicios, actividades u ope-raciones productivas que la Entidad tiene a su cargode manera esencial. Dicha situación faculta a la Enti-dad a la adquisición o contratación de los bienes, ser- vicios u obras sólo por el tiempo o cantidad, según sea el caso, necesario para resolver la situación yllevar a cabo el proceso de selección que correspon-da", que para el presente caso se justifica ante losargumentos planteados y la existencia de la pruebainstrumental de carácter obligatorio como es la Notifi- cación del Tribunal donde solicitan del proceso princi- pal suspender el Ítem impugnado, pero que implícita-mente justificamos suspender los otros Ítems en vistaque la ración alimenticia está compuesta de la mezcla:Leche Evaporada, Hojuela de Quinua Avena y el Azú-car Rubia; Que, el artículo 20º de la Ley en mención, dispone que todas las exoneraciones, deberán ser aprobadasmediante Acuerdo de Concejo, la misma que requierede un informe técnico legal previo, así como el artículo147º del Reglamento donde prescribe que el Acuerdode Concejo que aprueba la exoneración debe ser pu- blicada en el Diario Oficial El Peruano excepto en los casos a que se refiere los incisos b) y d) del artículo19º de la presente Ley; remitiéndose una copia de lamisma y el informe que la sustenta a la ContraloríaGeneral de la República y al Consejo Superior de Con-trataciones y Adquisiciones del Estado, bajo respon- sabilidad del Titular del Pliego, dentro de los (10) diez días hábiles a la fecha de su aprobación; Que, en este orden de ideas, y dando cumplimien- to a lo que establece el Art. 148º del Reglamento de laLey Nº 26850 se requiere que la entidad contrate me-diante acciones inmediatas los recursos alimenticios para el Programa del Vaso de Leche, requiriéndose invitar a un sólo proveedor, cuya propuesta cumplacon las características y condiciones establecidas enlas Bases y cuyo contrato a celebrarse cumpla conlos respectivos requisitos, condiciones, formalidades,exigencias y garantías que se aplicarían de haberse llevado a cabo el proceso de selección correspon- diente; esta contratación podría realizarse por la Ge-rencia de Administración, salvo mejor parecer; Que, el contexto expuesto, se asienta con lo establecido en el Texto Único Ordenado de la Ley Nº26850- Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Es- tado, aprobado con Decreto Supremo Nº 083-2004- PCM y su Reglamento aprobado por Decreto Supre-mo Nº 084-2004-PCM, Ley de Presupuesto del SectorPúblico - Ley Nº 28427, Ley General del Sistema Na-cional de Presupuesto - Ley Nº 28411 y en uso de lasfacultades conferidas en la Ley Orgánica de Munici- palidades - Ley Nº 27972; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Aprobar la exoneración del proceso de selección clasificado como Licitación Pública de- clarando en situación de DESABASTECIMIENTO IN- MINENTE el Suministro de la Leche Evaporada Ente-ra, Hojuela de Quinua Avena y el insumo Azúcar Ru-bia para los Beneficiarios del Programa del Vaso deLeche por un período de 9 semanas (dos mesesaproximado) a partir de la semana 28 hasta la 36, según cronograma alcanzado por la Oficina del Pro- grama del Vaso de Leche, a fin de adquirir 331, 713Unidades de Leche Evaporada Entera en unidades de410 gr que a un precio unitario de S/ 1.75 arrojan unequivalente de S/ 580, 497.75 Nuevos Soles; 46, 440Kg de Hojuela de Quinua Avena que con un precio unitario de S/ 2.90 equivalen a S/ 134, 676.00 Nuevos Soles y 25, 803 Kg de Azúcar Rubia a un precio unita-rio de S/ 2.00 equivalen a S/ 51, 606.00 Nuevos Soles;asimismo, se declare la exoneración de la LicitaciónPública con un Valor Referencial aproximado de S/ 766, 779.75 Nuevos Soles incluido IGV cuyo gastose afectará a la Fuente de Financiamiento 17 - Re-cursos Ordinarios para Gobiernos Locales; mientrastanto, se continúa esperando la Resolución del Tribu-nal del Consucode y en curso se procesa el desarro- llo del Proceso de Selección principal que garantice el suministro para lo que queda del ejercicio presupues-tal 2005 y con el fin de no perjudicar una normal aten-ción a los miles de beneficiarios del referido ProgramaSocial. Artículo 2º.- Disponer que la Gerencia de Adminis- tración y Finanzas se encargue de contratar median- te acciones inmediatas conforme lo establece el Art.148º del Reglamento de la Ley, asimismo dejar cons-tancia que se suspenderá dicho contrato siempre queantes del plazo contractual se otorgue la Buena Prode la Licitación Pública Nº 0001-2005-CE-MDEA 1ra Convocatoria. Artículo 3º.- Encargar a la Oficina de Secretaría General para que realice la publicación del presenteAcuerdo en el Diario Oficial El Peruano y a la Gerenciade Administración para su publicación en el SEACE yremita copia del mismo acompañando el informe Téc- nico Legal a la Contraloría General de la República y al CONSUCODE dentro de los plazos previstos en laLey. Regístrese, comuníquese y publíquese. VÍCTOR M. SALCEDO RÍOS Alcalde 12201 MUNICIPALIDAD DE LA MOLINA /G44/G69/G73/G70/G6F/G6E/G65/G6E/G20/G65/G6C/G20/G65/G6D/G62/G61/G6E/G64/G65/G72/G61/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G20/G67/G65/G6E/G65/G72/G61/G6C /G64/G65/G20/G70/G72/G65/G64/G69/G6F/G73/G20/G64/G65/G6C/G20/G64/G69/G73/G74/G72/G69/G74/G6F DECRETO DE ALCALDÍA Nº 008-2005 La Molina, 28 de junio de 2005 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LA MOLINA CONSIDERANDO:Que, el 28 de Julio próximo se celebrará el Centési- mo Octogésimo Cuarto Aniversario de la Independenciadel Perú; Que, en este magno acontecimiento, es deber del Gobierno Local incentivar la participación cívica del ve-cindario, resaltando los valores nacionales, el respeto y veneración a los Símbolos de la Patria; Estando al mérito de lo expuesto y a las facultades conferidas por el inciso 6) del Artículo 20º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; DECRETA: Artículo Primero.- DISPONER el embanderamiento general de los predios del distrito de La Molina, desde el 15 hasta el 30 de julio del 2005, con motivo de conmemo- rarse el Centésimo Octogésimo Cuarto Aniversario dela Independencia del Perú. Artículo Segundo.- Recomendar, a los vecinos del distrito de La Molina, la limpieza y embellecimiento de lasfachadas de sus predios, como muestra de respeto a nuestro aniversario patrio. Artículo Tercero.- Encargar a la Secretaría General la difusión y publicación del presente Decreto, y a la Policía Municipal su observancia y cumplimiento. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. LUIS DIBOS VARGAS PRADA Alcalde 12174