Norma Legal Oficial del día 09 de julio del año 2005 (09/07/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 75

MORDAZA, sabado 9 de MORDAZA de 2005

NORMAS LEGALES

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Que, en relacion con el parrafo precedente, invocamos el Art.21º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por D.S. Nº 083-2004-PCM donde senala literalmente: "Se considera situacion de desabastecimiento inminente aquella situacion extraordinaria e imprevisible en la que la ausencia de determinado bien, servicio u obra compromete en forma directa e inminente la continuidad de las funciones, servicios, actividades u operaciones productivas que la Entidad tiene a su cargo de manera esencial. Dicha situacion faculta a la Entidad a la adquisicion o contratacion de los bienes, servicios u obras solo por el tiempo o cantidad, segun sea el caso, necesario para resolver la situacion y llevar a cabo el MORDAZA de seleccion que corresponda", que para el presente caso se justifica ante los argumentos planteados y la existencia de la prueba instrumental de caracter obligatorio como es la Notificacion del Tribunal donde solicitan del MORDAZA principal suspender el Item impugnado, pero que implicitamente justificamos suspender los otros Items en vista que la racion alimenticia esta compuesta de la mezcla: Leche Evaporada, Hojuela de Quinua MORDAZA y el Azucar Rubia; Que, el articulo 20º de la Ley en mencion, dispone que todas las exoneraciones, deberan ser aprobadas mediante Acuerdo de Concejo, la misma que requiere de un informe tecnico legal previo, asi como el articulo 147º del Reglamento donde prescribe que el Acuerdo de Concejo que aprueba la exoneracion debe ser publicada en el Diario Oficial El Peruano excepto en los casos a que se refiere los incisos b) y d) del articulo 19º de la presente Ley; remitiendose una MORDAZA de la misma y el informe que la sustenta a la Contraloria General de la Republica y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, bajo responsabilidad del Titular del Pliego, dentro de los (10) diez dias habiles a la fecha de su aprobacion; Que, en este orden de ideas, y dando cumplimiento a lo que establece el Art. 148º del Reglamento de la Ley Nº 26850 se requiere que la entidad contrate mediante acciones inmediatas los recursos alimenticios para el Programa del Vaso de Leche, requiriendose invitar a un solo proveedor, cuya propuesta cumpla con las caracteristicas y condiciones establecidas en las Bases y cuyo contrato a celebrarse cumpla con los respectivos requisitos, condiciones, formalidades, exigencias y garantias que se aplicarian de haberse llevado a cabo el MORDAZA de seleccion correspondiente; esta contratacion podria realizarse por la Gerencia de Administracion, salvo mejor parecer; Que, el contexto expuesto, se asienta con lo establecido en el Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 26850- Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado con Decreto Supremo Nº 083-2004PCM y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, Ley de Presupuesto del Sector Publico - Ley Nº 28427, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto - Ley Nº 28411 y en uso de las facultades conferidas en la Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 27972; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar la exoneracion del MORDAZA de seleccion clasificado como Licitacion Publica declarando en situacion de DESABASTECIMIENTO INMINENTE el Suministro de la Leche Evaporada Entera, Hojuela de Quinua MORDAZA y el insumo Azucar Rubia para los Beneficiarios del Programa del Vaso de Leche por un periodo de 9 semanas (dos meses aproximado) a partir de la semana 28 hasta la 36, segun cronograma alcanzado por la Oficina del Programa del Vaso de Leche, a fin de adquirir 331, 713 Unidades de Leche Evaporada Entera en unidades de 410 gr que a un precio unitario de S/ 1.75 arrojan un equivalente de S/ 580, 497.75 Nuevos Soles; 46, 440 Kg de Hojuela de Quinua MORDAZA que con un precio unitario de S/ 2.90 equivalen a S/ 134, 676.00 Nuevos Soles y 25, 803 Kg de Azucar Rubia a un precio unitario de S/ 2.00 equivalen a S/ 51, 606.00 Nuevos Soles; asimismo, se declare la exoneracion de la Licitacion

Publica con un Valor Referencial aproximado de S/ 766, 779.75 Nuevos Soles incluido IGV cuyo gasto se afectara a la Fuente de Financiamiento 17 - Recursos Ordinarios para Gobiernos Locales; mientras tanto, se continua esperando la Resolucion del Tribunal del Consucode y en curso se procesa el desarrollo del MORDAZA de Seleccion principal que garantice el suministro para lo que queda del ejercicio presupuestal 2005 y con el fin de no perjudicar una normal atencion a los MORDAZA de beneficiarios del referido Programa Social. Articulo 2º.- Disponer que la Gerencia de Administracion y Finanzas se encargue de contratar mediante acciones inmediatas conforme lo establece el Art. 148º del Reglamento de la Ley, asimismo dejar MORDAZA que se suspendera dicho contrato siempre que MORDAZA del plazo contractual se otorgue la Buena Pro de la Licitacion Publica Nº 0001-2005-CE-MDEA 1ra Convocatoria. Articulo 3º.- Encargar a la Oficina de Secretaria General para que realice la publicacion del presente Acuerdo en el Diario Oficial El Peruano y a la Gerencia de Administracion para su publicacion en el SEACE y remita MORDAZA del mismo acompanando el informe Tecnico Legal a la Contraloria General de la Republica y al CONSUCODE dentro de los plazos previstos en la Ley. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA M. MORDAZA MORDAZA MORDAZA 12201

MUNICIPALIDAD DE LA MORDAZA
Disponen el embanderamiento general de predios del distrito
DECRETO DE ALCALDIA Nº 008-2005 La MORDAZA, 28 de junio de 2005 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LA MORDAZA CONSIDERANDO: Que, el 28 de MORDAZA proximo se celebrara el Centesimo Octogesimo MORDAZA Aniversario de la Independencia del Peru; Que, en este MORDAZA acontecimiento, es deber del Gobierno Local incentivar la participacion civica del vecindario, resaltando los valores nacionales, el respeto y veneracion a los Simbolos de la Patria; Estando al merito de lo expuesto y a las facultades conferidas por el inciso 6) del Articulo 20º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972; DECRETA: Articulo Primero.- DISPONER el embanderamiento general de los predios del distrito de La MORDAZA, desde el 15 hasta el 30 de MORDAZA del 2005, con motivo de conmemorarse el Centesimo Octogesimo MORDAZA Aniversario de la Independencia del Peru. Articulo Segundo.- Recomendar, a los vecinos del distrito de La MORDAZA, la limpieza y embellecimiento de las fachadas de sus predios, como muestra de respeto a nuestro aniversario patrio. Articulo Tercero.- Encargar a la Secretaria General la difusion y publicacion del presente Decreto, y a la Policia Municipal su observancia y cumplimiento. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA DIBOS MORDAZA MORDAZA MORDAZA 12174

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