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PÆg. 296714 NORMAS LEGALES Lima, jueves 14 de julio de 2005 físico y uso del suelo el normar, regular y otorgar las diver- sas autorizaciones y licencias, y realizar la fiscalización de la apertura de establecimientos industriales, artesanales, comerciales y de servicios de acuerdo con la zonificación,dentro de su circunscripción. Ninguna otra autoridad pue- de avocarse a conocer o normar sobre estos asuntos que son de estricta competencia municipal. Artículo 3º.- La presente Ordenanza rige en las zonas en las cuales existen procesos de habilitación urbana no concluidos, y que a pesar de ello se encuentran estableci-mientos desarrollando actividades artesanales, comercia- les o de servicios en edificaciones por regularizar; y en zonas en las cuales si se cuenta con habilitación urbanaaprobada pero no cuentan con obras ejecutadas. Artículo 4º.- Para la aplicación de la presente Orde- nanza, considérense las siguientes definiciones: a) ESTABLECIMIENTO.- Inmueble o parte de él des- tinado con carácter permanente o temporal, a una activi-dad artesanal, comercial o de servicios, que reúnen las condiciones mínimas indispensables para su funciona- miento; los mismos que no podrán tener una área mayorde 25 m2 para acogerse al régimen excepcional esta- blecido en la presente Ordenanza. b) GIRO.- Actividad artesanal, comercial o de servi- cios que se desarrolla dentro del establecimiento, para las cuales no sea necesario la autorización previa de alguna otra autoridad o entidad que no sea la municipal,para desarrollar sus actividades y acogerse al régimen excepcional establecido en la presente Ordenanza. c) CONSTANCIA DE ZONIFICACIÓN Y COMPATI- BILIDAD DE USO.- Documento mediante el cual se de- termina si la actividad o giro a desarrollarse en la zona es compatible con lo establecido en los Planos de Zoni-ficación y el Reglamento Nacional de Construcciones. Dicha Constancia es un requisito previo a la obtención de la licencia o autorización municipal, y es emitida por laGerencia de Desarrollo Urbano y Obras a través de la Subgerencia de Catastro. Además, el Certificado de Zo- nificación y Compatibilidad de Uso definirá la naturalezadel giro: artesanal, comercial o de servicios. d) LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO PROVISIONAL.- Autorización municipal de funcionamiento otorgada en méri-to a lo establecido en la Ley Nº 28015, Ley de Promoción y Formalización de la Micro y Pequeña Empresa, y su Regla- mento aprobado por D. S. Nº 009-2003-TR; la cual tiene unavigencia de doce (12) meses contados a partir de la fecha de presentación de la solicitud. e) LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO DEFINITIVA.- Autorización municipal de funcionamiento otorgada en méri- to a lo establecido en la Ley Nº 28015, Ley de Promoción y Formalización de la Micro y Pequeña Empresa, y su Regla-mento aprobado por D. S. Nº 009-2003-TR; la cual tiene una vigencia indeterminada. La Autorización Municipal de Aper- tura de Establecimiento tiene las mismas característicasque la Licencia de Funcionamiento Definitiva. TÍTULO II DE LA LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO O AUTORIZACIÓN MUNICIPAL DE APERTURA DE ESTABLECIMIENTO CAPÍTULO I CERTIFICADO DE ZONIFICACIÓN Y COMPATI- BILIDAD DE USO Artículo 5º.- El procedimiento administrativo para ob- tener el Certificado de Zonificación y Compatibilidad deUso se inicia en la Oficina de Trámite Documentario pre- sentando los siguientes documentos: a) Solicitud dirigida al señor Alcalde b) Copia autenticada del Título de Propiedad o Cons- tancia de Posesión emitida por la entidad que administre dichos terrenos. c) Recibo de pago por derecho de Certificadod) Copia autenticada del documento de identidad del solicitante o del representante según se trate de perso- na natural o jurídica. e) Copia autenticada del testimonio de la empresa en caso de personas jurídicas. Artículo 6º.- El Certificado de Zonificación y Compatibi- lidad de Uso será emitido por la Subgerencia de Catastro,previa inspección ocular, y visado por la Gerencia de De- sarrollo Urbano y Obras, teniendo una vigencia de tres (3) meses contados a partir del día siguiente de la fecha de emisión. Para el caso de una solicitud para la obtención deLicencia de Funcionamiento Provisional, el trámite será gratuito y estará incluido dentro del procedimiento adminis- trativo para la obtención de dicha licencia. CAPÍTULO II AUTORIZACIÓN MUNICIPAL DE FUNCIONAMIENTO Artículo 7º.- El procedimiento administrativo para ob- tener la Licencia de Funcionamiento Provisional se inicia en la Oficina de Trámite Documentario presentando lossiguientes documentos: a) Solicitud Formato Valorado b) Pago de derechos c) Copia autenticada del Título de Propiedad o Cons- tancia de Posesión emitida por la entidad que administredichos terrenos, y contrato de alquiler o autorización del propietario o poseedor de ser el caso d) Copia autenticada del documento de identidad y del RUC. Artículo 8º.- El procedimiento administrativo para ob- tener la Licencia de Funcionamiento Definitiva se inicia en la Oficina de Trámite Documentario presentando los siguientes documentos: a) Solicitud Formato Valorado b) Certificado de Zonificación y Compatibilidad de Usoc) Pago de derechos d) Copia autenticada del Título de Propiedad o la Cons- tancia de Posesión emitida por la entidad que administredichos terrenos, y contrato de alquiler o autorización del propietario o poseedor de ser el caso e) Copia autenticada del documento de identidad y del RUC. Artículo 9º.- La Licencia de Funcionamiento Provi- sional y la Licencia de Funcionamiento Definitiva será otorgada por la Gerencia de Rentas, a través de la Sub-gerencia de Licencias y Autorizaciones, y sólo podrán acogerse al régimen excepcional establecido en la pre- sente Ordenanza para la obtención de dichas licenciaslos establecimientos que tengan una área no mayor de 25 m2, y para los cuales no sea necesario la autoriza- ción previa de alguna otra entidad o autoridad que nosea la municipal, para desarrollar sus actividades. Artículo 10º.- En el caso de los establecimientos para los cuales se solicite Licencia de FuncionamientoProvisional, previamente la solicitud será derivada a la Subgerencia de Catastro para su pronunciamiento res- pecto de la zonificación y compatibilidad de uso del esta-blecimiento, mediante un dictamen o un Certificado visa- do por la Gerencia de Desarrollo Urbano y Obras, el mismo que será emitido en forma gratuita. Artículo 11º.- En el caso de los establecimientos para los cuales se solicite Licencia de Funcionamiento Definitiva y los mismos ya cuentan con Licencia de Fun-cionamiento Provisional, no será necesario presentar el Certificado de Zonificación y Compatibilidad de Uso. TÍTULO III DE LOS COSTOS DEL PROCEDIMIENTO Artículo 12º.- Los derechos establecidos en el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) delmunicipio se rebajan en 50 % para la obtención de las licencias de funcionamiento y en 70 % para la obtención del Certificado de Zonificación y Compatibilidad de Uso,durante la vigencia de la presente Ordenanza. DISPOSICIONES FINALES Y TRANSITORIAS Primera.- Quienes cuenten con Licencia de Funcio- namiento Provisional, Licencia de Funcionamiento Defi-nitivo o Autorización Municipal de Apertura de Estableci- miento en las áreas comprendidas en el régimen excep- cional establecido en la presente Ordenanza, y vigentesa la fecha de publicación de la misma serán considera- das licencias validamente emitidas.