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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE JULIO DEL AÑO 2005 (14/07/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 112

TEXTO PAGINA: 106

PÆg. 296710 NORMAS LEGALES Lima, jueves 14 de julio de 2005 comunica formalmente al vacado así como a la Organi- zación que representa; con la finalidad que dicha Orga- nización remita, al Consejo de Coordinación Local Distri- tal, mediante la citada Secretaría Municipal, los datos dela persona que reemplazará al vacado. TÍTULO V FUNCIONAMIENTO DEL CONSEJO DE COORDINACION LOCAL DISTRITAL DE SAN JUAN DE LURIGANCHO CAPÍTULO I DE LA CONVOCATORIA, INSTALACIÓN Artículo 29º.- DE LA CONVOCATORIA Por encargo del Alcalde corresponde a la Secretaría Municipal, realizar la notificación de convocatoria a lassesiones del CCLD a sus miembros. La citación deberá indicar el día y hora en que se llevará a cabo la sesión ordinaria o extraordinaria convocada, asÍ como el lugardel distrito donde se desarrollará la sesión. En caso de sesión extraordinaria deberá además indicar el asunto o materia a tratarse. El plazo de convocatoria para una sesión ordinaria o extraordinaria convocada por el Alcalde será de dos (2) días hábiles anteriores a la fecha programada para larespectiva sesión. Artículo 30º.- DE LA INSTALACIÓN Para la instalación y funcionamiento del CCLD se requiere de la asistencia de la mitad más uno de sus miembros. CAPÍTULO II PERÍODO ANUAL DE SESIONES DEL CONSEJO DE COORDINACIÓN LOCAL DISTRITAL DE SAN JUAN DE LURIGANCHO Artículo 31º PERÍODO ANUAL DE SESIONES DEL CONSEJO DE COORDINACIÓN LOCAL DISTRITAL El período anual de sesiones comprende desde el 3 de enero hasta el 30 de diciembre del mismo año. Dentro de este período, habrá dos (2) tipos de sesiones: a) Periodo Ordinario de Sesiones b) Periodo Extraordinario de Sesiones Artículo 32º.- PERÍODO ORDINARIO DE SESIO- NES Las sesiones ordinarias del CCLD se celebran 2 ve- ces al año en cada semestre y correspondiendo a la sesión del primer semestre la coordinación, concerta-ción y la propuesta del plan de desarrollo municipal dis- trital y en el segundo semestre lo correspondiente al presupuesto participativo Artículo 33º.- PERÍODO DE SESIONES EXTRAOR- DINARIAS Las sesiones extraordinarias del CCLD, se celebran cuando lo convoque el Alcalde, para los fines de evalua- ción del proceso, atención de decisiones adoptadas porla Comisión Permanente, toma de decisiones significati- vas en beneficio de la comunidad y/o resolución de con- flictos severos que pongan en peligro el ejercicio de susfunciones CAPÍTULO III QUÓRUM Y MAYORÍAS Artículo 34º QUÓRUM Y MAYORÍAS Para efectos del cómputo del quórum y verificación de las votaciones se tendrán en cuenta los siguientesconceptos: a) Número Legal de Consejeros del Consejo de Co- ordinación Local Distrital: veintidós (22) b) Número hábil de Consejeros del Consejo de Co- ordinación Local Distrital: El número legal de consejerosdel Consejo de Coordinación Local Distrital menos el número de Consejeros que se encuentran suspendi- dos, con Licencia y los no incorporados.El quórum para las sesiones del Consejo de Coordi- nación Local Distrital es de la mitad más uno del número hábil de sus miembros. Mayoría simple: Es la mitad más uno del número hábil de consejeros. CAPÍTULO IV ESTRUCTURA Y REGLA DE SESIONES DEL CONSEJO DE COORDINACIÓN LOCAL DISTRITAL DE SAN JUAN DE LURIGANCHO Artículo 35º.- ESTRUCTURA DE LAS SESIONES Las sesiones del Pleno del Consejo de Coordinación Local Distrital se desarrollarán de acuerdo a la estructu- ra siguiente: a) En la fecha y hora señalada para que se realice la sesión, el Presidente ordenará que se verifique el quórum. Si es conforme anunciará que hay quórum en la sala yprocede a dar inicio a la sesión. De no haber quórum en la sala, el presidente procederá en un periodo de 15 minutos a verificar el quórum necesario; de no existir, elpresidente lo anunciará y suspenderá la sesión, convo- cando dentro de 5 días después, ordenando la publica- ción de los nombres de los Consejeros que no asistieronen el portal de transparencia en Internet y en el Periódico Mural de la Municipalidad de San Juan de Lurigancho. b) Abierta la sesión, el Presidente pone a considera- ción del Pleno del Consejo de Coordinación Local Distri- tal el acta de sesión precedente. Los miembros del Con- sejo de Coordinación Local Distrital pueden formularobservaciones, de las que se toma debida nota. Y se da por aprobada dicha acta con las observaciones que se formulen. c) Terminada el trámite de aprobación del Acta, el Presidente dará ejecución a la agenda aprobada. d) El Presidente, dispondrá al Secretario Municipal dar lectura de los documentos de interés para el Conse- jo de Coordinación Local Distrital para el conocimiento, así como también el dictamen de comisiones, mocionesde orden del día, informes, solicitudes y otros. e) Luego, el presidente, solicita a los miembros del Consejo de Coordinación Local Distrital para que formu-len sus pedidos e informes oralmente, en un tiempo máximo de 3 minutos por cada intervención. f) A continuación, el Presidente abrirá la estación orden del día anunciando los asuntos que se hubiese indicado expresamente en la agenda y si fuera el caso aquellos que se hubiesen derivado a esta estación du-rante el desarrollo de la estación de pedidos e informes, materia de debate y votación. Corresponde a los Presidentes de las comisiones sustentar los dictámenes puestos a consideración del Pleno antes de su debate, así como también al Conseje-ro o Consejeros proponentes de las mociones de orden del día o al Consejero representante, sustentar su pro- puesta antes de su debate, en un tiempo no más de 10minutos. Artículo 36º.- REGLAS DE DEBATE DE LAS SE- SIONES DEL CONSEJO DE COORDINACIÓN LOCAL DISTRITAL El Presidente tiene a su cargo la dirección de los debates y la prerrogativa de exigir a los Consejeros que se conduzcan con respeto y buenas maneras durante el desarrollo de las sesiones. Está facultado para: a) Concederles uso de la palabra en términos regla- mentarios. También contribuirá a ilustrar, aclarar, o con-cordar conceptos y posiciones. La ampliación no podrá exceder 1 minuto. b) Imponer el orden en las sesiones. Si cualquier Consejero impide con su conducta el normal desarrollo de la sesión y no acata el llamado de atención y las decisiones del presidente en materia de orden, éste lereconviene. Si el Consejero persiste en su actitud, el Presidente ordena su salida de la sala. Y si no obedece; el Presidente suspende la sesión por 15 minutos. Si seallana el Presidente da por concluido el incidente; de lo contrario el Presidente propone al Pleno la sanción se- gún la gravedad. c) Exigir a los oradores que no se desvíen de la cuestión materia de debate, así como el dialogo entre Consejeros, debiéndose dirigir siempre al Presidente.