Norma Legal Oficial del día 14 de julio del año 2005 (14/07/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 109

MORDAZA, jueves 14 de MORDAZA de 2005

NORMAS LEGALES
POR CUANTO:

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meter. En caso de reincidencia sera evaluado para adoptar medidas mas convenientes a su favor. Articulo Duodecimo.- La Municipalidad de MORDAZA MORDAZA del Triunfo, en cumplimiento de las disposiciones previstas en el MORDAZA Codigo de los Ninos y Adolescentes, en caso de existir infraccion de los derechos del adolescente trabajador, procedera formular denuncia; a) Ante la Comisaria y/o Ministerio Publico en casos de abuso sexual y/o lesiones graves; b) Ante la Fiscalia de Familia en casos de maltrato; c) Ante el Juzgado de Paz cuando se refiere a pagos de indemnizacion por hostigamiento; d) Ante el Ministerio de Trabajo cuando se produce la violacion de sus derechos laborales. TITULO V DE LA PROMOCION MUNICIPAL Articulo Decimo Tercero.- La Municipalidad promueve la educacion de los ninos, ninas y adolescentes, con prioridad a cualquier otra actividad y desarrolla actividades que posibiliten un mejor desempeno de los adolescentes que trabajan o su reinsercion en la escuela si su caso lo amerita. Articulo Decimo Cuarto.- La Municipalidad de MORDAZA MORDAZA del Triunfo pondra al alcance de los adolescentes trabajadores su programa RED - CIL - Bolsa de Empleo, asi como los programas especiales de capacitacion y de orientacion vocacionales. De igual manera, estos seran prioritariamente beneficiarios de los programas de salud que la Municipalidad realice en cumplimiento de sus funciones, bastando para acceder a los mismos con la MORDAZA de la Libreta de Adolescente Trabajador. Articulo Decimo Quinto.- La DEMUNA efectuara campanas periodicas de empadronamiento de adolescentes trabajadores de caracter Distrital y Zonales. Articulo Decimo Sexto.- Los adolescentes trabajadores tienen derecho de constituir sus asociaciones e inscribirse en el Registro Unico de Organizaciones Sociales (RUOS) de la Municipalidad; para ello los asociados deben contar con la Autorizacion Municipal para trabajar o con la autorizacion del Ministerio de Trabajo. DISPOSICIONES FINALES Primera.- El MORDAZA dictara las medidas correspondientes y reglamentarias mediante Decreto de Alcaldia, para el mejor cumplimiento de la presente Ordenanza. Segunda.- La presente Ordenanza entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA IPENZA MORDAZA MORDAZA 12504

El Concejo Distrital de Ventanilla, en Sesion de Concejo de fecha 22 de junio del 2005; CONSIDERANDO: Que, la Constitucion Politica del Estado reconoce a los Gobiernos Locales autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, y les otorga potestad tributaria para crear, modificar y suprimir contribuciones, tasas, licencias y derechos municipales; Que, de acuerdo a lo establecido en la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, en el Articulo II del Titulo Preliminar los gobiernos locales gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; el Articulo VI donde se establece que los gobiernos locales promueven el desarrollo economico, con incidencia en la micro y pequena empresa; y el Articulo X donde se establece que los gobiernos locales promueven el desarrollo integral, para viabilizar el crecimiento economico, la justicia social y la sostenibilidad ambiental; Que, el Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 135-99-EF, en la MORDAZA IV: MORDAZA de Legalidad ­ Reserva de la Ley, establece en su MORDAZA parrafo que los gobiernos locales mediante ordenanza, pueden crear, modificar y suprimir sus contribuciones, arbitrios, derechos y licencias, o exonerar de ellas, dentro de su jurisdiccion y con los limites que senala la Ley; Que, el Texto Unico Ordenado de la Ley de Tributacion Municipal, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 156-2004-EF, en el inciso c) del Articulo 68º establece que las municipalidades pueden imponer tasas por las licencias de apertura de establecimientos comerciales, industrial o de servicios, la misma que el contribuyente debe pagar por unica vez; Que, el distrito cuenta con zonas no consolidadas o en MORDAZA de consolidacion, zonas sin habilitacion MORDAZA o con MORDAZA de habilitacion MORDAZA no concluida ni aprobada, y donde en muchos casos los ocupantes de los predios ubicados en dichas zonas no cuentan con titulo de propiedad; y dentro de estas zonas se vienen desarrollando actividades artesanales, comerciales o de servicios de manera informal; Que, es necesario crear los mecanismos adecuados, de tal manera que se facilite el acceso al MORDAZA a los inversionistas, micro y pequenos empresarios para que desarrollen sus actividades dentro del distrito, especialmente en las zonas no consolidadas o en MORDAZA de consolidacion del distrito, formalizando su situacion sin tener que cumplir con requisitos que impidan su desarrollo ordenado, sin menoscabo de la seguridad, la salubridad, el orden publico, y el cuidado del medio ambiente en el distrito; Por lo que estando a lo dispuesto por el Articulo 9º , numeral 8, de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, con el MORDAZA UNANIME; aprobo la siguiente ordenanza: ORDENANZA MUNICIPAL QUE ESTABLECE UN REGIMEN EXCEPCIONAL PARA LA FORMALIZACION DE ESTABLECIMIENTOS QUE DESARROLLEN ACTIVIDADES ARTESANALES, COMERCIALES O DE SERVICIOS EN DIVERSAS ZONAS DEL DISTRITO DE VENTANILLA TITULO I DISPOSICIONES GENERALES Articulo 1º.- La presente Ordenanza regula el procedimiento que MORDAZA el regimen excepcional para la obtencion del Certificado de Zonificacion y Compatibilidad de Uso, la Licencia de Funcionamiento Provisional, y la Licencia de Funcionamiento Definitiva o Autorizacion Municipal de Apertura de Establecimiento, en las zonas urbanas establecidas en el Articulo 3º de la presente Ordenanza, con el fin de brindar facilidades a los inversionistas, micro y pequenos empresarios, conductores de establecimientos artesanales, comerciales, o de servicios, para su formalizacion. Articulo 2º.- La Municipalidad de Ventanilla tiene como facultad exclusiva en materia de organizacion del espacio

PROVINCIAS

MUNICIPALIDAD DE VENTANILLA
Establecen regimen excepcional para la formalizacion de establecimientos que desarrollen actividades artesanales, comerciales o de servicios en diversas zonas del distrito
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 045-2005-MDV Ventanilla, 22 de junio de 2005 EL MORDAZA DISTRITAL DE VENTANILLA

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