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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE JULIO DEL AÑO 2005 (14/07/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 112

TEXTO PAGINA: 107

PÆg. 296711 NORMAS LEGALES Lima, jueves 14 de julio de 2005 d) Exigir el retiro de frases ofensivas proferidas con- tra las autoridades, los miembros del Consejo de Coor- dinación Local Distrital y personas. e) Ordenar el desalojo de la sala de sesiones a per- sonas extrañas a la sesión, cuya presencia perturbe su normal desarrollo y produzcan desórdenes, sin perjuicio de responsabilidad de los infractores. f) Suspender la sesión hasta que se establezca el orden en la sala de sesiones. Artículo 37º.- PERIODISTAS, FOTÓGRAFOS E INVITADOS Los periodistas y fotógrafos acreditados y los invita- dos debidamente registrados permanecerán en los lu- gares asignados en la sala de sesiones, evitando per- turbar el normal desarrollo de las sesiones. Artículo 38º.- PERSONAL DEL MUNICIPIO En la sala de sesiones sólo permanecerá el personal del Municipio estrictamente necesario. Artículo 39º.- CUESTIÓN PREVIA La Cuestión Previa se plantea en cualquier estación del desarrollo de la sesión y antes de las votaciones, a efecto de llamar la atención sobre un requisito de proce-dibilidad del debate o votación basado en hechos o cuan- do el solicitante considere que el asunto requiere un pronunciamiento previo. Planteada la Cuestión Previa, el Presidente conce- derá un máximo de 3 minutos para plantearla y de inme-diato someterá a debate, cesando de hecho el debate sobre la cuestión principal. Dando el uso de la palabra a los consejeros para expresar su opinión en relación a la Cuestión Previa planteada, por un máximo de 3 minutos, no pudiendo haber más de una intervención por Consejero. Conclui-das las intervenciones, la Cuestión Previa es votada. Continuándose el desarrollo de la sesión. Artículo 40º.- CUESTIÓN DE ORDEN La Cuestión de Orden es interpuesta por cualquier miembro del Consejo de Coordinación Local Distrital encualquier momento del desarrollo de la sesión, con ex- cepción de aquel en el que se desarrolla la votación, cuando el solicitante considere que se está vulnerandoalguna disposición normativa o legal o el presente re- glamento, debiendo necesariamente citar el artículo o artículos materia de la cuestión o indicar la norma quese está vulnerando. La Cuestión de Orden no genera debate y obliga al Presidente a conducir desarrollo de la sesión. Artículo 41º.- Sometido un asunto a debate, el Se- cretario Municipal anotará los nombres de los Conseje-ros que harán uso de la palabra, por un tiempo máximo de 3 minutos, ningún consejero podrá intervenir más de dos veces sobre el mismo asunto a excepción del autorde la propuesta o para formular o responder preguntas sobre ellos. El Presidente podrá establecer limitaciones a esta prerrogativa. Artículo 42º.- El presidente del Consejo de Coordi- nación Local Distrital podrá autorizar la intervención de los funcionarios de la Municipalidad o asesores con lafinalidad de ilustrar o exponer asuntos materia del deba- te. Artículo 43º.- Cualquier miembro del Consejo de Coordinación Local Distrital, podrá solicitar la suspen- sión de la sesión por un cuarto de intermedio, sin nece- sidad de expresar causa alguna. Es facultad del presi-dente conceder o denegar dicho pedido. Artículo 44º.- El Presidente del Consejo de Coordi- nación Local Distrital podrá dar por agotado el debate siconsidera que el asunto materia de debate, ha sido sufi- cientemente analizado. CAPÍTULO V FALTAS Y SANCIONES Artículo 45º.- SISTEMA DE SANCIONES DISCIPLI- NARIAS Por actos de indisciplina, los miembros del Consejo de Coordinación Local Distrital pueden ser sanciona- dos:a) Con amonestación escrita y reservada. Falta Simple. b) Con amonestación pública. Falta. c) Con suspensión del ejercicio del cargo. Falta grave. Artículo 46º.- El pleno del Consejo de Coordinación Local Distrital podrá tipificar y establecer la sanción co- rrespondiente a los casos que considere pertinente yproceder conforme a lo establecido en el artículo prece- dente en función a las normas de conducta en el ejerci- cio del cargo de consejero y a las normas de ética. TÍTULO VI CAPÍTULO I DE LOS ACUERDOS Artículo 47º.- DE LOS ACUERDOS Los acuerdos se toman por mayoría simple de los miem- bros presentes, pudiendo el CCLD dispensar el trámite de aprobación del acta respectiva, para procederse a la ejecu- ción inmediata, para los fines que hubiere lugar. La ausencia de acuerdos por consenso no impide al Concejo Municipal a decidir lo pertinente, dándose cuenta de dicha circunstancia en la sesión ordinaria inmediata siguien-te. DISPOSICIONES TRANSITORIAS Primera.- Se faculta al Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía, dicte las disposiciones necesariaspara asegurar el mejor cumplimiento de lo normado por el presente Reglamento. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Primera.- El Consejo de Coordinación Local Distrital para los efectos del cumplimiento de sus funciones, dispondrá un Boletín Informativo de periodicidad mensual, el cual tendrá por misión mantener informada a la opinión pública del distrito delos procesos participativos que se vienen efectuando. Segunda.- El costo total que demande atender el Proceso del Planeamiento del Desarrollo Municipal Dis-trital Concertado y Presupuesto Participativo asÍ como la elaboración del Plan de Desarrollo Municipal Distrital Concertado, será asumido por la Municipalidad Distritalde San Juan de Lurigancho. También se considerará como fuente de financiamiento y recursos para atender dicho gasto, los provenientes de la Cooperación Técni-ca Internacional o Nacional, Pública y/o Privada, ONGs y otras entidades dispuestas a colaborar. Tercera.- La presente ordenanza, entra en vigencia a partir del día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial El Peruano y mantiene en tanto no sea modificado en sesión extraordinaria o derogada por norma de lamisma naturaleza. MAURICIO RABANAL TORRES Alcalde 12496 MUNICIPALIDAD DE VILLA MARÍA DEL TRIUNFO Establecen disposiciones para la protección y apoyo de adolescentes quetrabajan en el distrito ORDENANZA Nº 186 Villa María del Triunfo, 17 de junio del 2005.EL ALCALDE DEL DISTRITO DE VILLA MARÍA DEL TRIUNFO POR CUANTO: En Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 17 de junio del 2005, bajo la presidencia del señor Alcalde Dr. Washington Ipenza Pacheco; y con la asistencia de los