Norma Legal Oficial del día 14 de julio del año 2005 (14/07/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 108

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NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 14 de MORDAZA de 2005

senores Regidores Dr. MORDAZA Yrribarren MORDAZA, Srta. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Sra. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Sr. Eudaldo Viches MORDAZA, Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Dr. MORDAZA Izarra MORDAZA, Sr. MORDAZA Feliz MORDAZA, Sr. MORDAZA Vara MORDAZA, Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA y Sr. MORDAZA MORDAZA Ramirez; se trato sobre Proyecto de Ordenanza para la proteccion y apoyo de Adolescentes que trabajan en el distrito de MORDAZA MORDAZA del Triunfo; y, CONSIDERANDO: Que, el articulo 22º de la Ley Nº 27337 - Codigo de los Ninos y Adolescentes, establece que el Estado reconoce y protege al adolescente que trabaja , siempre y cuando no exista explotacion economica ni importe riesgo o peligro para su MORDAZA o salud; no afecte su MORDAZA educativo o su desarrollo fisico, mental, espiritual, moral o social; Que, el articulo 52º del mismo Codigo establece que es competencia de las Municipalidades Distritales y Provinciales inscribir, autorizar; y supervisar el trabajo de los adolescentes que laboran para si, sin dependencia alguna y al Ministerio de Trabajo y Promocion de Empleo para trabajo que realizan los adolescentes en condicion de dependencia; Que, en el distrito de MORDAZA MORDAZA del Triunfo, existen adolescentes que trabajan, lo que implica que la Municipalidad empadrone, inscriba y autorice a los adolescentes que laboran para si, asi como empadronar a aquellos que son dependientes para orientarlos y proteger sus derechos; Que, la Municipalidad de MORDAZA MORDAZA del Triunfo ha cumplido con crear, reglamentar y organizar el servicio de la Defensoria Municipal del MORDAZA y Adolescente - DEMUNA cuya funcion, entre otras, es organizar programas de atencion en beneficio de aquellos adolescentes que trabajan; De conformidad con el Art. 40º de la Ley Nº 27972 Organica de Municipalidades; asi como Arts. 48º y 52º de la Ley Nº 27337 - Codigo de los Ninos y Adolescentes; con el Dictamen favorable de la Comision de Desarrollo Social y Asuntos Legales; con el MORDAZA mayoritario de los senores Regidores; y con la dispensa de la lectura y aprobacion del Acta, se ha emitido la siguiente: ORDENANZA PARA LA PROTECCION Y APOYO DE ADOLESCENTES QUE TRABAJAN EN EL DISTRITO DE MORDAZA MORDAZA DEL TRIUNFO TITULO I GENERALIDADES Objetivo, Alcances, Base Legal y Definiciones Articulo Primero.- Objeto.- Mediante la presente Ordenanza se declara la obligatoriedad de la autorizacion de trabajo para los adolescentes de 14 a 17 anos que ejecuten labores en forma independiente dentro de la jurisdiccion de MORDAZA MORDAZA del Triunfo, la misma que sera expedida por la Gerencia de Desarrollo Social de la que depende la DEMUNA, en coordinacion con la Gerencia de Desarrollo Economico. La Municipalidad de MORDAZA MORDAZA del Triunfo a traves de la DEMUNA promovera el registro de los adolescentes que trabajan en forma dependiente para proteger sus derechos. Articulo Segundo.- Alcances.- La presente Ordenanza tiene su ambito de aplicacion en las siete zonas que comprende el distrito de MORDAZA MORDAZA del Triunfo. Articulo Tercero.- Base Legal.- El MORDAZA Legal que ampara la presente Ordenanza es el siguiente: - Constitucion Politica del Peru - Ley Nº 27972 - Organica de Municipalidades - Ley Nº 27337 - Codigo de los Ninos y Adolescentes - Ley Nº 28044 - General de Educacion Articulo Cuarto.- Definiciones.- Entiendase como trabajo en forma independiente a cualquier labor realizada por el adolescente sin que medie vinculo laboral o relacion de dependencia; asimismo, se considera dentro de este concepto el trabajo familiar no remunerado y los trabajadores domesticos por cuenta propia o que realicen en forma independiente. TITULO II DE LOS REQUISITOS Articulo Quinto.- Los adolescentes que trabajan independientemente, para obtener la autorizacion municipal deberan cumplir con los siguientes requisitos:

a) Consignar los datos que se especifican en la "Ficha de Empadronamiento de Adolescentes que trabajan" y que forma parte de esta Ordenanza, que sera proporcionada por la Municipalidad, acompanado de tres fotografias tamano carne; b) MORDAZA de Estudios expedida por la Institucion Educativa con la indicacion del ano que cursa y el horario de estudios; c) Certificado Medico expedido por el Area de Salud de la Municipalidad de MORDAZA MORDAZA del Triunfo o por el Centro de Salud del Ministerio de Salud; d) Registro y autorizacion de los padres o tutores responsables del adolescente trabajador de acuerdo al formato denominado "Compromiso Paterno" que proporcionara la Municipalidad y que forma parte de esta Ordenanza. TITULO III DE LA AUTORIZACION Articulo Sexto.- La autorizacion sera expedida una vez cumplido los requisitos del articulo tercero, en un plazo MORDAZA de diez dias habiles, contado desde la MORDAZA de la Ficha de Inscripcion, bajo responsabilidad. Articulo Setimo.- Luego de otorgada la autorizacion al adolescente para el trabajo independiente se procedera a registrar en el denominado "Libro de Registro del Adolescente Trabajador" comprendiendo las generalidades de ley y todos los datos que se requieran, donde firmaran el adolescente, los padres o tutores y el Defensor de la DEMUNA. En este mismo Libro se registrara a los adolescentes trabajadores dependientes autorizados por el Ministerio de Trabajo, para los efectos de proteger sus derechos. Articulo Octavo.- Sera necesario otorgar otra autorizacion al adolescente trabajador independiente si: a) Varia la labor que desempenaba y para la cual se le otorgo la autorizacion municipal; b) Realizara en horario diferente al declarado la labor que viene desempenando; c) Se traslada a otro centro de estudios dentro del distrito; d) Cambia de direccion o lugar de residencia dentro de la Jurisdiccion del distrito; e) Cambia de lugar donde labora habitualmente siempre que este dentro de la jurisdiccion del distrito de MORDAZA MORDAZA del Triunfo; Articulo Noveno.- La Gerencia de Desarrollo Social no expedira la autorizacion municipal en los siguientes casos: a) Se evidencia que el horario en que se realiza la labor afecta los estudios que realiza el adolescente; b) El horario en que realiza la labor comprende total o parcialmente el horario en que debiera encontrarse estudiando; c) La labor que desempena o desea desempenar evidencia un riesgo y/o peligro para su desarrollo o atenta contra su integridad fisica, emocional, psicologica y/o moral, o la misma atenta contra la moral y las buenas costumbres; d) La labor que desempena el adolescente impide totalmente su natural derecho a las actividades ludicas propias de su etapa de desarrollo. TITULO IV DE LAS INFRACCIONES Articulo Decimo.- El adolescente trabajador con autorizacion municipal incurrira en infraccion en los siguientes casos: a) Si se encuentra laborando en el horario dentro del cual deberia de estar asistiendo a su centro de estudios segun el carne que se le expidio; b) Se encuentra realizando una labor o labores diferentes a las que declaro en el formato de inscripcion; c) MORDAZA incurrido en faltas injustiticadas en su centro de estudios, segun el informe que para este efecto debe expedir la autoridad de dicho centro de estudios. Articulo Undecimo.- El adolescente autorizado para el trabajo que incurre en infraccion prevista en el articulo precedente, sera orientado para que no lo vuelva a co-

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