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PÆg. 296712 NORMAS LEGALES Lima, jueves 14 de julio de 2005 señores Regidores Dr. Emiliano Yrribarren Chamorro, Srta. Raquel Barriga Velazco, Sra. Gina Casafranca Delgado, Sr. Carlos Palomino Maldonado, Sr. Javier Salas Zamalloa, Sr. Eudaldo Viches Silva, Sr. David Romero Ríos,Dr. Donato Izarra Palomino, Sr. Moisés Féliz Olazábal, Sr. Elías Vara Franco, Sr. José Guerra Velásquez y Sr. Wilfredo Bazán Ramírez; se trató sobre Proyecto deOrdenanza para la protección y apoyo de Adolescentes que trabajan en el distrito de Villa María del Triunfo; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 22º de la Ley Nº 27337 - Código de los Niños y Adolescentes, establece que el Estado reconoce y protege al adolescente que trabaja , siempre y cuando no exista explotación económica ni importe riesgo o peligro parasu vida o salud; no afecte su proceso educativo o su desa- rrollo físico, mental, espiritual, moral o social; Que, el artículo 52º del mismo Código establece que es competencia de las Municipalidades Distritales y Provincia- les inscribir, autorizar; y supervisar el trabajo de los adoles- centes que laboran para sí, sin dependencia alguna y alMinisterio de Trabajo y Promoción de Empleo para trabajo que realizan los adolescentes en condición de dependencia; Que, en el distrito de Villa María del Triunfo, existen ado- lescentes que trabajan, lo que implica que la Municipalidad empadrone, inscriba y autorice a los adolescentes que labo- ran para sí, así como empadronar a aquellos que son de-pendientes para orientarlos y proteger sus derechos; Que, la Municipalidad de Villa María del Triunfo ha cumpli- do con crear, reglamentar y organizar el servicio de la De-fensoría Municipal del Niño y Adolescente - DEMUNA cuya función, entre otras, es organizar programas de atención en beneficio de aquellos adolescentes que trabajan; De conformidad con el Art. 40º de la Ley Nº 27972 - Orgánica de Municipalidades; así como Arts. 48º y 52º de la Ley Nº 27337 - Código de los Niños y Adolescen-tes; con el Dictamen favorable de la Comisión de Desa- rrollo Social y Asuntos Legales; con el voto mayoritario de los señores Regidores; y con la dispensa de la lectu-ra y aprobación del Acta, se ha emitido la siguiente: ORDENANZA PARA LA PROTECCIÓN Y APOYO DE ADOLESCENTES QUE TRABAJAN EN EL DISTRITO DE VILLA MARÍA DEL TRIUNFO TÍTULO I GENERALIDADES Objetivo, Alcances, Base Legal y Definiciones Artículo Primero.- Objeto.- Mediante la presente Ordenanza se declara la obligatoriedad de la autoriza- ción de trabajo para los adolescentes de 14 a 17 añosque ejecuten labores en forma independiente dentro de la jurisdicción de Villa María del Triunfo, la misma que será expedida por la Gerencia de Desarrollo Social de laque depende la DEMUNA, en coordinación con la Ge- rencia de Desarrollo Económico. La Municipalidad de Villa María del Triunfo a través de la DEMUNA promoverá el registro de los adolescentes que trabajan en forma dependiente para proteger sus derechos. Artículo Segundo.- Alcances.- La presente Orde- nanza tiene su ámbito de aplicación en las siete zonasque comprende el distrito de Villa María del Triunfo. Artículo Tercero.- Base Legal.- El marco Legal que ampara la presente Ordenanza es el siguiente: - Constitución Política del Perú - Ley Nº 27972 - Orgánica de Municipalidades- Ley Nº 27337 - Código de los Niños y Adolescentes - Ley Nº 28044 - General de Educación Artículo Cuarto.- Definiciones.- Entiéndase como tra- bajo en forma independiente a cualquier labor realizada por el adolescente sin que medie vínculo laboral o relación de depen-dencia; asimismo, se considera dentro de este concepto el trabajo familiar no remunerado y los trabajadores domésticos por cuenta propia o que realicen en forma independiente. TÍTULO II DE LOS REQUISITOS Artículo Quinto.- Los adolescentes que trabajan independientemente, para obtener la autorización muni-cipal deberán cumplir con los siguientes requisitos:a) Consignar los datos que se especifican en la "Fi- cha de Empadronamiento de Adolescentes que traba- jan" y que forma parte de esta Ordenanza, que será proporcionada por la Municipalidad, acompañado de tresfotografías tamaño carné; b) Constancia de Estudios expedida por la Institución Educativa con la indicación del año que cursa y el hora-rio de estudios; c) Certificado Médico expedido por el Área de Salud de la Municipalidad de Villa María del Triunfo o por elCentro de Salud del Ministerio de Salud; d) Registro y autorización de los padres o tutores respon- sables del adolescente trabajador de acuerdo al formatodenominado "Compromiso Paterno" que proporcionará la Municipalidad y que forma parte de esta Ordenanza. TÍTULO III DE LA AUTORIZACIÓN Artículo Sexto.- La autorización será expedida una vez cumplido los requisitos del artículo tercero, en un plazo máximo de diez días hábiles, contado desde la presenta-ción de la Ficha de Inscripción, bajo responsabilidad. Artículo Sétimo.- Luego de otorgada la autorización al adolescente para el trabajo independiente se procederáa registrar en el denominado "Libro de Registro del Ado- lescente Trabajador" comprendiendo las generalidades de ley y todos los datos que se requieran, donde firma-rán el adolescente, los padres o tutores y el Defensor de la DEMUNA. En este mismo Libro se registrará a los adolescentes trabajadores dependientes autorizados por el Ministerio de Trabajo, para los efectos de proteger sus derechos. Artículo Octavo.- Será necesario otorgar otra autorización al adolescente trabajador independiente si: a) Varía la labor que desempeñaba y para la cual se le otorgó la autorización municipal; b) Realizara en horario diferente al declarado la labor que viene desempeñando; c) Se traslada a otro centro de estudios dentro del distrito; d) Cambia de dirección o lugar de residencia dentro de la Jurisdicción del distrito; e) Cambia de lugar donde labora habitualmente siem- pre que esté dentro de la jurisdicción del distrito de VillaMaría del Triunfo; Artículo Noveno.- La Gerencia de Desarrollo Social no expedirá la autorización municipal en los siguientes casos: a) Se evidencia que el horario en que se realiza la labor afecta los estudios que realiza el adolescente; b) El horario en que realiza la labor comprende total o parcialmente el horario en que debiera encontrarse es- tudiando; c) La labor que desempeña o desea desempeñar evidencia un riesgo y/o peligro para su desarrollo o aten- ta contra su integridad física, emocional, psicológica y/o moral, o la misma atenta contra la moral y las buenascostumbres; d) La labor que desempeña el adolescente impide totalmente su natural derecho a las actividades lúdicaspropias de su etapa de desarrollo. TÍTULO IV DE LAS INFRACCIONES Artículo Décimo.- El adolescente trabajador con autorización municipal incurrirá en infracción en los siguientes casos: a) Si se encuentra laborando en el horario dentro del cual debería de estar asistiendo a su centro de estudios según el carné que se le expidió; b) Se encuentra realizando una labor o labores diferentes a las que declaró en el formato de inscripción; c) Haya incurrido en faltas injustiticadas en su centro de estudios, según el informe que para este efecto debe expedir la autoridad de dicho centro de estudios. Artículo Undécimo.- El adolescente autorizado para el trabajo que incurre en infracción prevista en el artículo precedente, será orientado para que no lo vuelva a co-