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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G39/G36/G36/G34/G37 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, jueves 14 de julio de 2005 - Un representante del Ministerio de Educación, que la presidirá. - Un representante del Instituto Peruano del Deporte. - Un representante de los Gobiernos Regionales.- Un representante de los Gobiernos Locales. - Cinco personalidades nacionales relacionadas con el deporte, designados por el Ministerio de Educación. Artículo 3º.- Disponer que el Consejo del Deporte Escolar asigne del Fondo Pro Deporte Escolar los re-cursos económicos que la realización de los Juegos Nacionales Deportivos Escolares 2005 requiera, de acuerdo con el presupuesto aprobado. Artículo 4º.- Recomendar a los Gobiernos Regiona- les, Locales e Instancias de Gestión Educativa Descentralizada, brindar el apoyo necesario a la Comi-sión Organizadora Nacional para la exitosa realización de los Juegos Nacionales Deportivos Escolares 2005. Artículo 5º.- Considerar en el encabezado de toda comunicación oficial del presente certamen, la denomi- nación "Año Internacional del Deporte y de la Educación Física". Artículo 6º.- Encargar que en un plazo no mayor a los 45 días de culminado el evento, la Comisión Organizadora Nacional presente el Informe Final y elBalance Económico al Consejo del Deporte Escolar, el que lo elevará al Presidente del Consejo de Ministros y al Ministro de Educación para su aprobación, y al ConsejoDirectivo del Instituto Peruano del Deporte para su cono- cimiento. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República GLODOMIRO SÁNCHEZ MEJÍA Ministro de Energía y Minas Encargado de Cartera de Educación 12589 /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G73/G61/G6C/G69/G64/G61/G20/G74/G65/G6D/G70/G6F/G72/G61/G6C/G20/G68/G61/G63/G69/G61/G20/G6C/G6F/G73 /G45/G45/G2E/G55/G55/G2E/G20/G64/G65/G20/G62/G69/G65/G6E/G65/G73/G20/G69/G6E/G74/G65/G67/G72/G61/G6E/G74/G65/G73/G20/G64/G65/G6C /G50/G61/G74/G72/G69/G6D/G6F/G6E/G69/G6F/G20/G43/G75/G6C/G74/G75/G72/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G4E/G61/G63/G69/GF3/G6E RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 019-2005-ED Lima, 13 de julio de 2005Visto, el Oficio Nº 816-2005-INC/DN, cursado por el Director Nacional del Instituto Nacional de Cultura; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 1067-2004- RE, de fecha 23 de diciembre de 2004, se dispuso tras- ladar al Ministro Consejero en el Servicio Diplomático dela República, Carlos Enrique Tomás Martín Jiménez Gil-Fortoul, a la Representación Permanente del Perú ante la Organización de Estados Americanos, con sedeen Washington, D.C., Estados Unidos de América; Que, mediante Expediente Nº 01592-2005/INC, el señor Carlos Enrique Tomás Martín Jiménez Gil-Fortoulsolicitó autorización para la salida temporal del país de quince (15) bienes de su propiedad integrantes del Patri- monio Cultural de la Nación, con destino a WashingtonDC., Estados Unidos de América; Que, los bienes integrantes del Patrimonio Cultural de la Nación cuya autorización de salida temporal sesolicita están cubiertos "clavo a clavo" por la Póliza Mul- tiriesgo Nº 1301-509578 emitida por Rímac Internacional - Cía. de Seguros y Reaseguros, cuyo beneficiario es elpropietario de los bienes; Que, mediante Informe Nº 131-2005-INC/SDIRCP- CMMC, la Subdirección de Investigación, Registro yCatalogación del Patrimonio Cultural Mueble Moderno y Contemporáneo del Instituto Nacional de Cultura opinó favorablemente por la salida temporal del país de losquince (15) bienes integrantes del Patrimonio Cultural de la Nación, de propiedad del señor Carlos Enrique Tomás Martín Jiménez Gil-Fortoul;Que, el artículo 34º de la Ley Nº 28296 - Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación - establece, entre otros asuntos, que la autorización de salida del país de los bienes muebles integrantes del Patrimonio Culturalde la Nación se autoriza mediante resolución suprema, y, en el caso de viaje de diplomáticos acreditados, por el plazo que dure su permanencia en el exterior; Que, corresponde al Instituto Nacional de Cultura cautelar y difundir el Patrimonio Cultural de la Nación, tanto en el país como en el extranjero, por lo que dichainstitución recomienda autorizar la salida temporal del país de los bienes de propiedad del señor Carlos Enri- que Tomás Martín Jiménez Gil-Fortoul; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 560; el Decreto Ley Nº 25762, modificado por la Ley Nº 26510; y la Ley Nº 28296; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar la salida temporal del país de quince (15) bienes integrantes del Patrimonio Cultural dela Nación, de propiedad del señor Carlos Enrique Tomás Martín Jiménez Gil-Fortoul, con destino a Washington, D.C., Estados Unidos de América, a partir de la fecha depublicación de la presente resolución y hasta que culmi- nen sus funciones en la Representación Permanente del Perú ante la Organización de Estados Americanos, consede en Washington, D.C., Estados Unidos de América, de acuerdo al siguiente detalle: Objeto Título Código Pintura Virgen del Rosario V-2.0/E- 375/2 Pintura San Vicente Ferrer V-2.0/E- 375/3 Pintura Virgen de la Merced V-2.0/E- 375/4 Pintura Santísima Trinidad V-2.0/E- 375/5 Escultura Arcángel V-2.1/E- 375/6 Escultura Arcángel V-2.1/E- 375/7 Escultura Santo V-2.1/E-375/8 Escultura Arcángel V-2.1/E- 375/9 Escultura Arcángel V-2.1/E-3 75/10 Escultura Santo dominico con ángeles V-2.1/E-3 75/11 Escultura Santo Domingo V-2.1/E-375/12 Escultura Niño Jesús V-2.1/E-3 75/13 Escultura Virgen María V-2.1/E-375/14 Escultura San José V-2.1/E-3 75/15 Retablo Calvario V-2.2/E-3 75/16 Artículo 2º.- El Instituto Nacional de Cultura adopta- rá las medidas más adecuadas para verificar las caracte- rísticas, estado de conservación y autenticidad de los bienes culturales a que se contrae la presente resolu-ción al momento de su retorno al país. Artículo 3º.- Al culminar sus funciones en la Repre- sentación Permanente del Perú ante la Organización deEstados Americanos, con sede en Washington, D.C., Estados Unidos, el señor Carlos Enrique Tomás Martín Jiménez Gil-Fortoul queda obligado a reingresar al paíslos bienes culturales a que se refiere la presente resolu- ción, comunicando tal hecho al Instituto Nacional de Cultura para su respectiva verificación. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República GLODOMIRO SÁNCHEZ MEJÍA Ministro de Energía y Minas Encargado de la Cartera de Educación 12590 /G44/G65/G6A/G61/G6E/G20/G73/G69/G6E/G20/G65/G66/G65/G63/G74/G6F/G20/G6C/G61/G20/G52/G2E/G4D/G2E/G20/G4E/GBA/G20/G30/G33/G37/G31/G2D/G32/G30/G30/G35/G2D /G45/G44/G2C/G20/G73/G6F/G62/G72/G65/G20/G61/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G69/G6E/G69/G63/G69/G6F/G20/G64/G65/G20/G61/G63/G2D/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G6A/G75/G64/G69/G63/G69/G61/G6C/G65/G73 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0432-2005-ED Lima, 8 de julio de 2005