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PÆg. 296663 NORMAS LEGALES Lima, jueves 14 de julio de 2005 jero regional del Gobierno Regional de Cusco, que ejercía el recurrente. Artículo Segundo.- Dejar sin efecto la credencial de consejero regional del Gobierno Regional de Cuscootorgada a Mauro Hancco Halire, con motivo de las elec- ciones regionales del año 2002. Artículo Tercero.- Convocar a don Wilfredo Cuba Suca y acreditarlo como consejero regional por la pro- vincia de Acomayo del Gobierno Regional de Cusco, por el período de gobierno regional 2003-2006; extendién-dosele la credencial correspondiente. Regístrese, comuníquese y publíquese.SS. MENDOZA RAMÍREZ SOTO VALLENAS VELA MARQUILLOVELARDE URDANIVIA BALLÓN-LANDA CÓRDOVA, Secretario General. 12506 Confirman Acuerdo del Concejo Distri- tal de MÆncora que declara improce-dente recurso de reconsideración con-tra Acuerdo que rechazó solicitud devacancia del cargo de Alcalde yRegidores RESOLUCIÓN Nº 188-2005-JNE Exp. Nº 152-2005 Lima, 12 de julio de 2005 VISTO en audiencia pública de fecha 5 de julio de 2005 el recurso de apelación interpuesto por la Asocia- ción Frente de Moralización y Defensa de los Intereses de Máncora, representada por su Presidente AugustoLam Rodríguez, contra el Acuerdo Municipal Nº 003-05 MDM de fecha 30 de marzo de 2005 que declara impro- cedente el recurso de reconsideración que formularacontra el Acta de sesión extraordinaria de Concejo Nº 001-05 MDM de fecha 14 de enero de 2005, que rechaza la solicitud de vacancia del cargo de Alcalde dedon Florencio Olibos Olibos y del cargo de Regidores de don José Guadalupe Panta Jacinto y don Javier Hernán Lama Mogollón; CONSIDERANDO: Que la Asociación Frente de Moralización y Defensa de los Intereses de Máncora, representada por su Pre-sidente Augusto Lam Rodríguez, solicitó a fojas 2-9 la vacancia del cargo de Alcalde de don Florencio Olibos Olibos y del cargo de Regidores de don José GuadalupePanta Jacinto y don Javier Hernán Lama Mogollón, am- parado en la causal prevista en el inciso 9 del artículo 22º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972,exponiendo que el Regidor don Javier Hernán Lama Mogollón es hermano de doña Aurelia Lama de Bayona quien es cónyuge de don Roberto Bayona Ruiz, titularGerente de la empresa Negocios Pelikano EIRL, la mis- ma que ha contratado con la Municipalidad vendiendo materiales de construcción hasta por la suma de55,738.67 nuevos soles, acto en el que han influenciado los denunciados; Que en consideración a que el denunciante atribu- ye un probable favorecimiento del Concejo Distrital de Máncora hacia una empresa vinculada al Regidor don Javier Hernán Lama Mogollón, respecto de un servi-cio que esta persona jurídica presta, se puede con- cluir que a través de tal alegación no es posible que se configure la causal prevista en el inciso 9 del artículo22º concordado con el artículo 63º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, en razón a que no se acredita que el Alcalde y los Regidores denunciadoshayan materializado los supuestos que esta norma contempla, esto es que hayan contratado, rematadoobras o servicios públicos municipales, o adquirido directamente o por interpósita persona sus bienes; por consiguiente, la alegada irregularidad administra- tiva es en todo caso susceptible de acciones de con-trol, mas no constituye causal de vacancia; El Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones; RESUELVE: Artículo Único .- Declarar INFUNDADO el recurso de apelación interpuesto por la Asociación Frente de Moralización y Defensa de los interses deMáncora, representada por su Presidente Augusto Lam Rodríguez, en consecuencia confirmar el Acuerdo Municipal Nº 003-05 MDM de fecha 30 demarzo de 2005 adoptado por el Concejo Distrital de Máncora, provincia de Talara, departamento de Piura, que declara improcedente el recurso dereconsideración que formulara la misma contra el Acuerdo de Concejo Nº 001-05 MDM de fecha 14 de enero de 2005 que acordó rechazar la solicitud devacancia del cargo de Alcalde de don Florencio Olibos Olibos y del cargo de Regidores de don José Guadalupe Panta Jacinto y don Javier Hernán LamaMogollón. Regístrese, comuníquese y publíquese.SS. MENDOZA RAMÍREZSOTO VALLENAS VELA MARQUILLO VELARDE URDANIVIABALLÓN-LANDA CÓRDOVA Secretario General 12507 Confirman Acuerdos del Concejo Mu- nicipal del distrito de Pampas, provin- cia de Pallasca, que declaran impro- cedentes solicitud de vacancia del car-go de Alcalde y recurso de reconside-ración RESOLUCIÓN Nº 189-2005-JNE Expediente Nº 058-2005-VacLima, 12 de julio de 2005 VISTO, el escrito presentado por el ciudadano Amé- rico Rosales Encarnación comunicando que el 6 de se-tiembre de 2004 solicitó ante el Concejo Distrital de Pampas, provincia de Pallasca, departamento de An- cash, la vacancia del cargo del Alcalde don Wilson Anto-nio Sacramento Morales, por la causal de sentencia judi- cial emitida en última instancia por delito doloso prevista en el inciso 6) del artículo 22º de la Ley Orgánica deMunicipalidades Nº 27972; CONSIDERANDO:Que, la solicitud de vacancia se sustenta en el he- cho, que sobre el Alcalde del distrito de Pampas donWilson Antonio Sacramento Morales recae una senten- cia del 5 de agosto de 2002 de la Sala Penal del Santa, por el delito de apropiación ilícita en agravio de la Comu-nidad Campesina del distrito de Pampas, que confirma la sentencia dictada por el Juzgado Mixto de la provincia de Pallasca que lo condenó a tres años de pena privati-va de la libertad suspendida y al pago de una reparación civil a favor de la agraviada, según copia simple que obra a fojas 16; Que, por Acuerdo del 10 de febrero de 2005, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, ordenó al Alcalde del distrito de Pampas que informe sobre eltrámite dado a la referida solicitud de vacancia y eleve el expediente municipal correspondiente y, dispuso que el recurrente de la vacancia presente copia certifica-