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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G39/G36/G37/G34/G35 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, viernes 15 de julio de 2005 EL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE BANCA y MICROFINANZAS VISTA: La solicitud presentada por el Banco Internacional del Perú - Interbank - para que se le autorice la aperturade una Agencia ubicada en la Av. San Martín s/n, cdra.10, distrito, provincia y departamento de Ica; CONSIDERANDO: Que, la citada empresa ha cumplido con presentar la documentación pertinente que sustenta el pedido; Estando a lo informado por el Departamento de Eva- luación del Sistema Financiero "D", mediante Informe Nº 093-OT-2005-DEB "D"; De conformidad con lo dispuesto por el artículo 30º de la Ley Nº 26702 - Ley General del Sistema Financieroy del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superinten-dencia de Banca y Seguros -, con la Circular Nº 2147-2005 y con la Resolución SBS Nº 003-98; RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar al Banco Internacional del Perú - Interbank - la apertura de una Agencia ubicada enla Av. San Martín s/n, cdra. 10, distrito, provincia y de- partamento de Ica. Regístrese, comuníquese y publíquese.PEDRO GRADOS SMITH Superintendente Adjunto de Banca y Microfinanzas 12525 UNIVERSIDADES /G45/G78/G6F/G6E/G65/G72/G61/G6E/G20/G64/G65/G20/G70/G72/G6F/G63/G65/G73/G6F/G20/G64/G65/G20/G73/G65/G6C/G65/G63/G63/G69/GF3/G6E/G20/G6C/G61 /G61/G64/G71/G75/G69/G73/G69/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G63/G61/G72/G6E/GE9/G73/G20/G75/G6E/G69/G76/G65/G72/G73/G69/G74/G61/G72/G69/G6F/G73/G20/G79 /G66/G6F/G72/G6D/G61/G74/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G64/G69/G70/G6C/G6F/G6D/G61/G73/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G6C/G61/G20/G55/G6E/G69/G76/G65/G72/G73/G69/G2D/G64/G61/G64/G20/G4E/G61/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G4D/G61/G79/G6F/G72/G20/G64/G65/G20/G53/G61/G6E/G20/G4D/G61/G72/G63/G6F/G73 UNIVERSIDAD NACIONAL MAYOR DE SAN MARCOS RESOLUCIÓN RECTORAL Nº 03494-R-05 Lima, 12 de julio del 2005 Visto el Expediente con Registro de Mesa de Partes General Nº 13575-RG-05 de la Oficina de Abasteci-miento, sobre exoneración del proceso de selección. CONSIDERANDO: Que mediante Resolución Rectoral Nº 00007-R-05 del 6 de enero de 2005, se aprueba el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la Universidad Na- cional Mayor de San Marcos para el año 2005, en el cualse encuentra programada la adquisición de CarnésUniversitarios 2005 y Formatos de Diplomas, según lasfuentes de financiamiento y modalidades expresadas,por un monto estimado de S/. 385,000.00 Nuevos Soles; Que con Oficio Nº 1861-SG-2005, la Oficina de Secretaría General de la Universidad solicita la adquisi-ción de 37,793 Carnés Universitarios 2005 y 10,000Formatos de Diplomas para el período 2006, por unmonto total acumulado de S/. 386,544.00 Nuevos Solesa la Asamblea Nacional de Rectores; Que en aplicación del artículo 27º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, yatendiendo a que la diferencia entre el monto estimado yel expresado por la Secretaría General es inferior al 25%del monto estimado, no es necesario modificar el PlanAnual de Adquisiciones y Contrataciones de la entidad; Que de acuerdo a la Ley Nº 26986 que modifica la Ley Nº 26271, el Carné Universitario es expedido sólopor la Asamblea Nacional de Rectores; Que el artículo 13º del Reglamento Nacional del Registro de Grados y Títulos Profesionales, aprobado con Resolu-ción Nº 897-2002-ANR, establece que las Universidadesdeben adquirir el papel formato de diploma de la Asamblea Nacional de Rectores y los demás materiales requeridos delos diplomas de grados y títulos profesionales; Que vía Oficio Nª 2225A-OGPL-2005, la Oficina Ge- neral de Planificación opina favorablemente respecto a la disponibilidad presupuestal para realizar la adquisi-ción descrita, la misma que será financiada con Recur-sos Directamente Recaudados; Que mediante Oficio Nº 1558-OGE-OA-2005, la Ofi- cina de Abastecimiento emite informe técnico en el sen- tido que la Asamblea Nacional de Rectores es el único proveedor de los bienes solicitados, los mismos que noadmiten sustitutos, situación que constituye causal deexoneración del respectivo proceso de selección, la cualse encuentra tipificada en el inciso e) del artículo 19º dela Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; Que con Informe Nº 0843-OGAL-2005, la Oficina General de Asesoría Legal confirma que efectivamentela Asamblea Nacional de Rectores es el único provee-dor de diplomas y carnés universitarios válidos, de ma-nera que la causal de exoneración invocada por la Ofici-na de Abastecimiento se adecúa a lo dispuesto por el inciso e) del artículo 19º de la Ley sobre la materia; Que por Resolución Rectoral Nº 03470-R-05 fechada 11 de abril de 2005 se concede la autorización de gastorequerida para la adquisición previamente aludida; y, Estando a las atribuciones conferidas al señor Rec- tor por la Ley Universitaria Nº 23733, el Estatuto de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos; SE RESUELVE:1º.- Aprobar la exoneración del Proceso de Selec- ción de Adjudicación Directa Pública para la adquisición de 37,793 Carnés Universitarios 2005 y 10,000 Forma- tos de Diplomas para el período 2006, a la AsambleaNacional de Rectores por el valor referencial deS/. 386,544.00 (Trescientos ochenta y seis mil, quinientoscuarenta y cuatro con 00/100 Nuevos Soles). 2º.- Precisar que la adquisición a que se refiere el resolu- tivo anterior tiene como fuente de financiamiento los Recur- sos Directamente Recaudados por la institución, y que eltipo y descripción básica de los bienes exonerados es de-terminado por la Asamblea Nacional de Rectores. 3º.- Encargar a la Oficina de Secretaría General de la Universidad, la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano, dentro del plazo de Ley, así como la remisión de copia certificada de la misma a laOficina de Abastecimiento. 4º.- Encargar a la Oficina de Abastecimiento la remi- sión a la Contraloría General de la República y al Conse-jo Superior de Adquisiciones y Contrataciones copia de la presente Resolución Rectoral y de los Informes Téc- nico y Legal correspondientes, así como el Formato EXOdentro del plazo de Ley, según sea el caso. 5º.- Encargar a Secretaría General, la Oficina General de Economía y al Comité Especial Permanente de la Universi-dad, el cumplimiento de la Presente Resolución Rectoral. Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese. JUAN MANUEL BURGA DÍAZ Rector 12629 /G4F/G52/G47/G41/G4E/G49/G53/G4D/G4F/G53/G20/G44/G45/G53/G43/G45/G4E/G54/G52/G41/G4C/G49/G5A/G41/G44/G4F/G53 CONASEV /G44/G69/G73/G70/G6F/G6E/G65/G6E/G20/G69/G6E/G73/G63/G72/G69/G70/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G61/G63/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G63/G6F/G2D /G6D/G75/G6E/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G50/G72/G69/G6D/G61/G20/G41/G46/G50/G20/G53/G2E/G41/G2E/G20/G65/G6E/G20/G65/G6C/G20/G52/G65/G67/G69/G73/G74/G72/G6F/G50/GFA/G62/G6C/G69/G63/G6F/G20/G64/G65/G6C/G20/G4D/G65/G72/G63/G61/G64/G6F/G20/G64/G65/G20/G56/G61/G6C/G6F/G72/G65/G73 RESOLUCIÓN GERENCIAL Nº 042-2005-EF/94.45 Lima, 7 de julio de 2005VISTOS: El expediente Nº 2005017277 presentado por la Bol- sa de Valores de Lima S.A., así como el Informe Interno