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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE JULIO DEL AÑO 2005 (15/07/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 60

TEXTO PAGINA: 28

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G39/G36/G37/G34/G34 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, viernes 15 de julio de 2005 ciados a Pena Privativa de la Libertad Efectiva (RENADE- SPPLE), el cual administra una base de datos actualizadapara identificar y localizar a las personas detenidas pormiembros de la Fuerzas Armadas, Policía Nacional y por mandato judicial; así como el adecuado seguimiento esta- dístico de todas las etapas del proceso penal de quienesestán sujetos a investigación, incluidos los Sentenciadosa Pena Privativa de la Libertad Efectiva; Que, mediante Decreto Ley Nº 25993, de fecha 7 de diciembre del 1992, se transfiere al Ministerio Público las funciones del Instituto de Medicina Legal del Perú "Leonidas Avendaño Ureta", el cual cumple funciones de asesoría enaspectos técnicos y científicos al Sistema Fiscal; Que, mediante Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 714-2003-MP-FN, de fecha 14 de mayo del 2003, secrea la Escuela del Ministerio Público "Dr. Gonzalo Ortiz de Zevallos Roedel", el cual se constituye en el ente rector en la capacitación e investigación, para analizar yelaborar información especializada; Que, mediante Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 1080-2002-MP-FN, de fecha 29 de junio del 2002, seaprueba la Directiva General Nº 008-2002-MP-FN "Nor- mas para el uso del Sistema de Información de Apoyo al Trabajo Fiscal" (SIATF), el cual brinda los medios nece-sarios para el procesamiento de información de las de-nuncias y expedientes registrados; Que, el Plan de Modernización del Ministerio Público ha establecido como uno de sus lineamientos fundamen- tales la mejora de la calidad, eficiencia y eficacia en la lucha contra la criminalidad en el país; por ello resultanecesario constituir el Observatorio de Criminalidad delMinisterio Público, mediante la integración de los siste-mas mencionados en el considerando anterior, con el finde ayudar y promover el desarrollo de una red de infor- mación objetiva, confiable, oportuna y comparable, para contribuir a la comprensión adecuada de los fenómenossocio criminales que afectan a nuestro país; Que, el objetivo de Observatorio de Criminalidad es re- troalimentar el diseño e implementación de políticas y pro-gramas que permitan combatir los fenómenos socio crimi- nales asociados al delito, para lo cual dimensionará clara- mente las modalidades, tendencias y características deldelito; De conformidad con lo dispuesto por el artículo 64º del Decreto Legislativo Nº 052 - Ley Orgánica del Minis-terio Público; SE RESUELVE: Artículo Primero.- CONSTITUIR el Observatorio de Criminalidad del Ministerio Público, integrando los siste-mas del Registro Nacional de Detenidos y Sentenciadosa Pena Privativa de la Libertad Efectiva (RENA-DESPPLE), Instituto de Medicina Legal "LeonidasAvendaño Ureta", Escuela del Ministerio Público "Dr. Gonzalo Ortiz de Zevallos Roedel" y el Sistema de Infor- mación de Apoyo al Trabajo Fiscal (SIATF). Artículo Segundo.- Encargar a la Presidencia de RENADESPPLE, Dirección de la Escuela del MinisterioPúblico, Jefatura del Instituto de Medicina Legal, y laGerencia General, la implementación del Observatorio de Criminalidad del Ministerio Público. Artículo Tercero.- OTORGAR a los funcionarios antes señalados un plazo de 60 días hábiles, para laelaboración del Reglamento del Observatorio de Crimi-nalidad del Ministerio Público. Regístrese, comuníquese y publíquese. NELLY CALDERÓN NAVARRO Fiscal de la Nación 12599 /G52/G65/G63/G6F/G6E/G66/G6F/G72/G6D/G61/G6E/G20/G53/G65/G64/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G73/G20/G46/G69/G73/G63/G61/G6C/GED/G61/G73 /G50/G72/G6F/G76/G69/G6E/G63/G69/G61/G6C/G65/G73/G20/G45/G73/G70/G65/G63/G69/G61/G6C/G69/G7A/G61/G64/G61/G73/G20/G65/G6E/G20/G64/G65/G6C/G69/G74/G6F/G73/G64/G65/G20/G74/G72/GE1/G66/G69/G63/G6F/G20/G69/G6C/GED/G63/G69/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G64/G72/G6F/G67/G61/G73/G20/G79/G20/G63/G72/G65/G61/G6E/G20/G50/G6F/G6F/G6C /G64/G65/G20/G46/G69/G73/G63/G61/G6C/G65/G73/G20/G41/G64/G6A/G75/G6E/G74/G6F/G73/G20/G65/G6E/G20/G66/G69/G73/G63/G61/G6C/GED/G61/G73/G20/G65/G73/G70/G65/G2D /G63/G69/G61/G6C/G69/G7A/G61/G64/G61/G73/G20/G64/G65/G20/G4C/G69/G6D/G61/G20/G79/G20/G43/G61/G6C/G6C/G61/G6F RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 1486-2005-MP-FN Lima, 8 de julio de 2005VISTO Y CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución de Fiscalía de la Nación Nº 1456-2005-MP-FN, del 5 de julio del 2005, se dispuso la reestructuración de las Fiscalías Especializadas en Delitos de Tráfico Ilícito de Drogas; Que, es necesario precisar la competencia territorial de las Fiscalías Provinciales Especializadas en Delitosde Tráfico Ilícito de Drogas, así como excluir del ámbitode su competencia el delito previsto en el Art. 298º del Código Penal, teniendo en cuenta la carga laboral; En ejercicio de la atribución prevista en el artículo 64º del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Minis-terio Público; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Reconformar las Sedes de las Fiscalías Provinciales Especializadas en delitos de tráfi-co ilícito de drogas, materia del Artículo Primero de laResolución de la Fiscalía de la Nación Nº 1456-2005-MP-FN, de fecha 5 de julio del 2005. 1.- SEDE CALLAO : (Comprende la Provincia Constitucional del Callao) 2.- SEDE LIMA : (Comprende el Distrito Judicial de Lima) 3.- SEDE CHICLAYO : (Comprende la provincia de Chiclayo) 4.- SEDE TRUJILLO : (Co mprende la provi ncia de Trujillo) 5.- SEDE PIURA : (Comprende la provincia de Piura) 6.- SEDE TUMBES : (Comprende la provincia de Tumbes y Zar umilla) 7.- SEDE HUAMANGA : (Comprende la provincia de Huamanga)8.- SEDE CUSCO : (Comprende la provincia del Cusco) 9.- SEDE TINGO MARÍA : (Comprende la provincia de Leoncio Prado)10.-SEDE HUÁNUCO : (Comprende la provincia de Huánuco) 11.-SEDE PUCALLPA : (Comprende la provincia de Pucallpa) 12.-SEDE IQUITOS : (Comprende la provincia de Maynas)13.-SEDE TARAPOTO : (Comprende la provincia de Tarapoto) 14.-SEDE TACNA : (Comprende la provincia de Tacna) 15.-SEDE HUANCAYO : (Comprende la provincia de Huancayo) 16.-SEDE JULIACA : (Comprende la provincia de Juliaca) Artículo Segundo.- La competencia de las Fiscalías Pro- vinciales Especializadas en Delitos de Tráfico Ilícito de Drogas,en los procesos penales se entiende respecto de aquellos quese generen de las intervenciones producidas a partir de lavigencia de la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 1456- 2005-MP-FN de fecha 5 de julio del 2005. Artículo Tercero.- Excluir del ámbito de competencia de los Fiscales Provinciales Especializados contra elTráfico Ilícito de Drogas del Distrito Judicial de Lima y dela Provincia Constitucional del Callao, el delito previstoen el Art. 298º del Código Penal; así como las diligencias de verificación y control de usuarios de Insumos Quími- cos Fiscalizados, cuyo conocimiento será de las Fisca-lías Provinciales Penales correspondientes. Artículo Cuarto.- Crease el Pool de Fiscales Adjuntos Provinciales de las Fiscalías Provinciales Especializadas enel delito de Tráfico Ilícito de Drogas del Distrito Judicial de Lima, integrado por cinco Fiscales Adjuntos Provinciales. Artículo Quinto.- Crease el Pool de Fiscales Adjun- tos Provinciales de las Fiscalías Provinciales Especiali-zadas en el delito de Tráfico Ilícito de Drogas de la Pro-vincia Constitucional del Callao, integrado por cuatro Fis-cales Adjuntos Provinciales. Artículo Sexto.- Déjese sin efecto la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 061-2001-MP-FN de fecha 18de enero del año 2001. Regístrese, comuníquese y publíquese. NELLY CALDERÓN NAVARRO Fiscal de la Nación 12600 S B S /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G61/G6C/G20/G42/G61/G6E/G63/G6F/G20/G49/G6E/G74/G65/G72/G6E/G61/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G64/G65/G6C /G50/G65/G72/GFA/G20/G2D/G20/G49/G6E/G74/G65/G72/G62/G61/G6E/G6B/G20/G6C/G61/G20/G61/G70/G65/G72/G74/G75/G72/G61/G20/G64/G65/G20/G61/G67/G65/G6E/G2D/G63/G69/G61/G20/G65/G6E/G20/G6C/G61/G20/G70/G72/G6F/G76/G69/G6E/G63/G69/G61/G20/G64/G65/G20/G49/G63/G61 RESOLUCIÓN SBS Nº 1013-2005 Lima, 7 de julio del 2005