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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE JULIO DEL AÑO 2005 (30/07/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 24

TEXTO PAGINA: 23

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G39/G37/G38/G35/G35 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, sábado 30 de julio de 2005 Finalmente, debemos resaltar que con una adecua- da supervisión de las pruebas aleatorias y de los res- pectivos mantenimientos, OSINERG podrá identificar aquellas unidades de generación que presentan proble-mas de disponibilidad, lo cual permitirá realizar una fis- calización especial, a fin de comprobar su real estado de conservación y operatividad. PROCEDIMIENTO PARA SUPERVISAR LA DISPONIBILIDAD Y EL ESTADO OPERATIVO DE LAS UNIDADES DE GENERACIÓN DEL SEIN 1. OBJETIVOEstablecer los criterios para la supervisión de las pruebas aleatorias a unidades de generación térmica,que se ejecutan en virtud del procedimiento técnico PR- Nº 25 del COES-SINAC, en razón que los resultados de dichas pruebas constituyen una evidencia de la disponi-bilidad operativa real de las unidades térmicas. Asimis- mo, establecer un procedimiento que permita verificar el estado operativo de las unidades de generación, consi-derando que deben encontrarse en adecuadas condi- ciones para su operación eficiente en concordancia con lo dispuesto en el literal b) del artículo 31º de la Ley deConcesiones Eléctricas. 2. ALCANCEEl presente procedimiento será aplicado al COES- SINAC y a sus integrantes que desarrollan actividadesde generación eléctrica. 3. BASE LEGAL- Decreto Ley Nº 25844.- Ley de Concesiones Eléc- tricas (literal b) del Artículo 31º). - Decreto Supremo Nº 009-93-EM.- Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas (artículos 196º, 201º). - Resolución Ministerial Nº 322-2001-EM/VME.- Nu- meral 7.4 del procedimiento técnico del COES-SINAC PR-Nº 25. 4. DEFINICIONES COES-SINAC: Comité de Operación Económica del SEIN. Condiciones adecuadas de operación eficiente de una unidad térmica: Para el caso de la operación de unidades térmicas en aplicación de la prueba “Verifi- cación de la disponibilidad de las unidades térmicas me- diante pruebas aleatorias“, la potencia que se consideraque califica a la unidad como en “condiciones adecua- das para operación eficiente”, será la potencia efectiva y esta deberá haberse registrado por lo menos en el 95%de la duración de la prueba. La potencia efectiva corres- ponde a las condiciones de generación determinadas en aplicación del Procedimiento Nº 17 del COES-SINAC. DOCOES: Dirección de Operaciones del COES-SI- NAC. IDCOS: Informe Diario de evaluación de la operación del Coordinador de la Operación del Sistema. LCE: Ley de Concesiones Eléctricas. MEM: Ministerio de Energía y Minas. PR-Nº: Procedimiento técnico del COES-SINAC. Personal acreditado del OSINERG: Es el personal autorizado por la Gerencia de Fiscalización Eléctrica, elcual representa al OSINERG en las pruebas de arran- que aleatorio, así como en la supervisión de las mismas y de los programas de mantenimiento, que emanan delpresente procedimiento. 5. METODOLOGÍA5.1. VERIFICACIÓN DEL NUMERAL 7.4 DEL PR- Nº 25 5.1.1. El COES-SINAC seleccionará la unidad a ser ensayada para la “Verificación de la disponibilidad de lasunidades térmicas mediante pruebas aleatorias“ (en ade- lante la “Verificación”), conforme a lo dispuesto en el numeral 7.4 del PR-Nº 25. En el proceso descrito deberáparticipar personal acreditado del OSINERG. 5.1.2. Una vez que el COES-SINAC haya seleccio- nado la unidad a ser ensayada en aplicación del numeral7.4 del PR-Nº 25, la DOCOES comunicará al personal acreditado del OSINERG, de manera inmediata y con una anticipación no menor a tres horas de la orden de arranque de la unidad seleccionada, empleando el me-dio que el OSINERG designe, lo siguiente: - Unidad seleccionada; - Central eléctrica de la que forma parte la unidad seleccionada; - Propietario o titular de la unidad seleccionada;- Potencia efectiva de la unidad seleccionada; - Tiempo mínimo de operación de la unidad seleccio- nada conforme a su ficha técnica; 5.1.3 Recibida la comunicación, OSINERG designa- rá al personal que asistirá a la realización de la pruebaen su representación y lo comunicará al COES-SINAC, para que esta entidad comunique la asistencia del refe- rido personal a las instalaciones donde se ubica la uni-dad a ser ensayada. El Titular responsable o quien actúe en su representación, conjuntamente con el personal acreditado del OSINERG deberán suscribir un Acta deValidación, descrita en el Anexo 01 del presente procedi- miento. 5.1.4 Finalizada la prueba, en caso que el represen- tante del OSINERG no haya podido asistir a la realiza- ción de la misma, el COES-SINAC remitirá al personal acreditado del OSINERG por correo electrónico, un re-sumen del resultado de la prueba similar al detallado en el numeral 5.1.2 del presente procedimiento. 5.1.5 La prueba será considerada exitosa, en caso que la unidad ensayada haya cumplido las condiciones estipuladas en el PR-Nº 25 en dos arranques consecu- tivos como máximo. 5.2. VERIFICACIÓN DEL ESTADO OPERATIVO DE LAS UNIDADES TÉRMICAS 5.2.1. Prueba Aleatoria El OSINERG podrá disponer el arranque aleatorio de una unidad térmica, que se seleccionará entre las unida- des de generación térmica que no hayan sido convoca-das al despacho por requerimiento del SEIN en el tri- mestre transcurrido, para lo cual se procederá del modo siguiente: - OSINERG seleccionará aleatoriamente una unidad térmica entre las unidades que formen parte del equipa-miento térmico del SEIN, excluyendo aquellas que ha- yan sido despachadas por el COES por requerimiento del SEIN en el trimestre considerado o se encuentrenincluidos en los programas de mantenimiento respecti- vos, y aquellas que no habiendo sido despachadas ha- yan superado exitosamente la “Verificación” señaladaen el numeral 5.1 del presente procedimiento. En caso que alguna unidad pueda operar con dos o más com- bustibles (o aditivo al combustible básico), se incluirá enla selección aleatoria a esta unidad, con el tipo de com- bustible con el cual no ha sido despachada en el trimes- tre considerado. Esta selección se efectuará un día ordinario de la primera semana del mes posterior a la finalización deltrimestre, antes de las 17.00 horas. - Seleccionada la unidad, el OSINERG dispondrá el arranque y operación de la unidad en las mismas condi- ciones que las establecidas para el numeral 7.4 del PR- Nº 25, para lo cual el personal acreditado del OSINERGenviará a más tardar a las 17:00 horas, un fax o correo electrónico dirigido a la DOCOES comunicando la uni- dad térmica a ser arrancada, para que el Coordinadorde la Operación en Tiempo Real de SEIN disponga el arranque inmediato de la misma y efectué las coordina- ciones operativas necesarias. - No se aceptará un segundo arranque consecutivo. 5.2.2 El Titular responsable o quien actúe en su re- presentación, conjuntamente con el personal acreditado del OSINERG deberán suscribir un Acta de Validación, descrita en el Anexo 01 del presente procedimiento. 5.2.3 Finalizada la prueba, en caso que el represen- tante del OSINERG no haya podido asistir a la realiza- ción de la misma, el COES-SINAC remitirá al personal/G50/G52/G45/G50/G55/G42/G4C/G49/G43/G41/G43/G49/GD3/G4E