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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE JULIO DEL AÑO 2005 (30/07/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 24

TEXTO PAGINA: 16

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G39/G37/G38/G34/G38 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, sábado 30 de julio de 2005 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES VISTA: La invitación cursada a esta Superintendencia por la Asociación de Supervisores Bancarios de las Américas - ASBA, con el fin de participar en el Curso "Anti Lavado de Dinero" organizado por la citada entidad, el mismoque se llevará a cabo del 1 al 5 de agosto de 2005 en la ciudad de Buenos Aires, República Argentina; CONSIDERANDO: Que, el mencionado evento está dirigido especialmente a los representantes de las autoridades supervisoras y reguladoras de las instituciones financieras y tiene por finalidad ampliar el conocimiento técnico de los supervi-sores financieros de la región sobre aspectos de regula- ción y control de actividades de lavado de dinero, facili- tando el reconocimiento del riesgo potencial que confron-tan las instituciones financieras, evaluando las políticas, procedimientos y prácticas más apropiadas para el cum- plimiento de programas de control de lavado de dineroen las instituciones financieras; Que, esta Superintendencia, mediante Directiva SBS- DIR-ADM-085-06, ha dictado una serie de Medidas deAusteridad en el Gasto para el Ejercicio 2005, esta- bleciéndose en el Numeral 6.1. que no se encuentran comprendidas en las restricciones de la citada Directi-va, las actividades de capacitación aprobadas para el ejercicio 2005; Que, por ser de interés para la Institución, se ha considerado conveniente designar en esta oportunidad, al señor José Luis Luzón Riveros, Supervisor de Banca del Departamento de Evaluación Bancaria "D" de la Supe-rintendencia Adjunta de Banca y Microfinanzas, para que participe en el referido evento; Que, en consecuencia es necesario autorizar el via- je del citado funcionario, sólo por el tiempo necesario para el cumplimiento del presente encargo, cuyos gas- tos por concepto de pasajes aéreos y viáticos seráncubiertos con cargo al Convenio de Préstamo de Co- operación BID 1196/OC-PE conforme a lo solicitado mediante Oficio SBS Nº 11697-2005 y comunicación deno objeción del Banco Interamericano de Desarrollo, re- mitida por la Unidad de Coordinación de Préstamos Sec- toriales - MEF, debiendo asumir esta Superintendencia,únicamente, los gastos por concepto de impuestos, gas- tos y Tarifa CORPAC, con cargo al Presupuesto correspondiente al ejercicio 2005; y, En uso de las facultades que le confiere la Ley Nº 26702 "Ley General del Sistema Financiero y del Sis- tema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia deBanca y Seguros" y de conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27619, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y en virtud a la Directiva sobre Medidas de Austeridaden el Gasto para el ejercicio 2005, Nº SBS-DIR-ADM- 085-06; RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar el viaje del señor José Luis Luzón Riveros, Supervisor de Banca del Departa- mento de Evaluación Bancaria "D" de la Superintenden- cia Adjunta de Banca y Microfinanzas, a la ciudad deBuenos Aires, República Argentina del 31 de julio al 06 de agosto de 2005, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo Segundo.- El citado funcionario, dentro de los 15 (quince) días calendarios siguientes a su reincor- poración deberá presentar ante el Superintendente deBanca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones un informe detallado describiendo las ac- ciones realizadas y los resultados obtenidos durante elviaje autorizado. Artículo Tercero.- Los gastos que irrogue el cumpli- miento de la presente autorización por concepto de pa-sajes aéreos y viáticos serán cubiertos con cargo al Convenio de Préstamo de Cooperación BID 1196/OC- PE, debiendo asumir esta Superintendencia, únicamen-te, los costos por concepto de impuestos, gastos y Tari- fa CORPAC, con cargo al Presupuesto correspondiente al ejercicio 2005, de acuerdo al siguiente detalle:Impuestos y gastos (Pasajes) US$ 98,75 Tarifa CORPAC 28,24 Artículo Cuarto.- La presente Resolución no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de Aduana de cualquier clase o denominación a favor del funcionario cuyo viaje se autoriza. Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN JOSÉ MARTHANS LEÓN Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones 13433 /G4F/G52/G47/G41/G4E/G49/G53/G4D/G4F/G53/G20/G44/G45/G53/G43/G45/G4E/G54/G52/G41/G4C/G49/G5A/G41/G44/G4F/G53 CONASEV /G4D/G6F/G64/G69/G66/G69/G63/G61/G6E/G20/G52/G65/G73/G2E/G20/G4E/GBA/G20/G31/G30/G33/G2D/G39/G39/G2D/G45/G46/G2F/G39/G34/G2E/G31/G30 /G71/G75/G65/G20/G61/G70/G72/G6F/G62/GF3/G20/G65/G6C/G20/G52/G65/G67/G6C/G61/G6D/G65/G6E/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G49/G6E/G66/G6F/G72/G6D/G61/G2D/G63/G69/GF3/G6E/G20/G46/G69/G6E/G61/G6E/G63/G69/G65/G72/G61/G20/G79/G20/G4D/G61/G6E/G75/G61/G6C/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G6C/G61/G20/G50/G72/G65/G2D/G70/G61/G72/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G49/G6E/G66/G6F/G72/G6D/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G46/G69/G6E/G61/G6E/G63/G69/G65/G72/G61 RESOLUCIÓN CONASEV Nº 049-2005-EF/94.10 Lima, 26 de julio de 2005 VISTO:El Informe Nº 0258-2005-EF/94.45 de fecha 21 de julio de 2005 de la Gerencia de Mercados y Emisores,con la opinión favorable de la Gerencia General; CONSIDERANDO:Que, los artículos 5º y 6º de la Resolución CONASEV Nº 103-99-EF/94.10 establecen que la ma-triz de empresas está obligada a preparar y presentar a CONASEV información financiera consolidada auditada anual y estados financieros intermedios consolidados,cuando ella o sus subsidiarias se encuentren inscritas en el Registro Público del Mercado de Valores; Que, en el caso de entidades cuya matriz es el Esta- do, la información financiera del grupo que formen di- chas entidades con el Estado, es la Cuenta General de la República, a que se refiere el artículo 81º de la Cons-titución Política del Perú; Que, la Cuenta General de la República se rige por sus propias normas contables y se presenta y apruebaen las oportunidades que establece la Constitución Polí- tica del Perú; Que, por lo tanto, no corresponde a normas como la Ley del Mercado de Valores o el Reglamento de Informa- ción Financiera fijar oportunidades distintas para la pre- paración, presentación y aprobación de dicha informa-ción; Que, además, la Cuenta General de la República es un documento público y no requiere ser presentado alRegistro Público del Mercado de Valores para que pueda ser de acceso a cualquier persona que desee consul- tarla; Estando a lo dispuesto por el artículo 2º inciso a) y el artículo 11º inciso b) del Texto Único Concordado de la Ley Orgánica de la Comisión Nacional Supervisora deEmpresas y Valores, aprobado por Decreto Ley Nº 26126, así como a lo acordado por el Directorio de esta Comi- sión Nacional, reunido en su sesión de fecha 25 de juliode 2005; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Incorporar al artículo 5º de la Resolución CONASEV Nº 103-99-EF/94.10 el siguiente párrafo: “[...] La obligación a que se refiere el presente artículo no es aplicable al Estado cuando éste tenga la calidad de matriz.”