Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE JULIO DEL AÑO 2005 (30/07/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 24

TEXTO PAGINA: 15

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G39/G37/G38/G34/G37 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, sábado 30 de julio de 2005 /G44/G65/G63/G6C/G61/G72/G61/G6E/G20/G69/G6D/G70/G72/G6F/G63/G65/G64/G65/G6E/G74/G65/G20/G6F/G74/G6F/G72/G67/G61/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F /G64/G65/G20/G63/G72/G65/G64/G65/G6E/G63/G69/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G72/G65/G65/G6D/G70/G6C/G61/G7A/G61/G6E/G74/G65/G20/G64/G65/G6C/G41/G6C/G63/G61/G6C/G64/G65/G2C/G20/G73/G6F/G6C/G69/G63/G69/G74/G61/G64/G6F/G20/G70/G6F/G72/G20/G52/G65/G67/G69/G64/G6F/G72/G65/G73/G20/G64/G65/G6C/G43/G6F/G6E/G63/G65/G6A/G6F/G20/G44/G69/G73/G74/G72/G69/G74/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G4A/G75/G61/G6E/G6A/G75/GED RESOLUCIÓN Nº 221-2005-JNE Expediente Nº 235-2005 Lima, 26 de julio de 2005 Visto el pedido de don Lindeman Barrera Valles y otros, todos Regidores del Concejo Distrital de Juanjuí, provin-cia de Mariscal Cáceres, departamento de San Martín, solicitando se otorgue credencial de reemplazante de Alcalde, a don Lindeman Barrera Valles; CONSIDERANDO: Que en sesión extraordinaria de fecha 10 de junio de 2005, de fojas 9 a 14, el Concejo Distrital de Juanjuí acordó la suspensión del Alcalde Raúl Vela Saavedrapor 180 días, al haber incurrido en falta grave; Que el artículo 194º de la Constitución Política del Perú y el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgáni-ca de Municipalidades, Ley Nº 27972, reconocen a las municipalidades autonomía política, económica y admi- nistrativa en los asuntos de su competencia, autonomíaque se ejerce en el marco de la Constitución y la ley; Que conforme lo prevé el artículo 26º del Decreto Legislativo Nº 276, concordante con el artículo 155º desu Reglamento, el Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, la sanción de suspensión por falta grave es de plazo no mayor de 30 días; asimismo, de acuerdo a las normasglosadas constituye castigo de cese temporal la dis- puesta por tiempo mayor a 30 días, hasta un máximo de 12 meses, empero su aplicabilidad no se encuentra pre-vista en la Ley Orgánica de Municipalidades; Que el artículo 25º de la Ley Orgánica de Municipalida- des Nº 27972 establece que la suspensión de autoridadesediles la declara el concejo municipal en instancia única, sin embargo las suspensiones acordadas al margen del orde- namiento jurídico, no obligan al Jurado Nacional de Eleccio-nes a que convoque a los accesitarios ni a otorgar las cre- denciales temporales correspondientes, con arreglo a la Resolución Nº 034-2004-JNE de fecha 4 de marzo de 2004; El Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones; RESUELVE: Artículo Único.- Declarar improcedente el otorga- miento de credencial solicitado por don Lindeman Barrera Valles, don Hugo Narciso Sánchez Tovar, don Edwin Frank Pinto Pacheco, don Juan Martín Ruiz Soto,don Alfonso Guerra Reátegui, doña Mercedes Pinedo Bardales, don Luis Seijas Peña y don Eli Fasabi Castillo, Regidores del Concejo Distrital de Juanjuí, respecto a lasuspensión del Alcalde don Raúl Vela Saavedra. Regístrese, comuníquese y publíquese.SS. MENDOZA RAMÍREZSOTO VALLENAS VELA MARQUILLÓ VELARDE URDANIVIABALLÓN-LANDA CÓRDOVA, Secretario General. 13366 S B S /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G61/G20/G6C/G61/G20/G43/G61/G6A/G61/G20/G4D/G75/G6E/G69/G63/G69/G70/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G41/G68/G6F/G2D /G72/G72/G6F/G20/G79/G20/G43/G72/GE9/G64/G69/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G41/G72/G65/G71/G75/G69/G70/G61/G20/G65/G6C/G20/G61/G75/G6D/G65/G6E/G74/G6F /G64/G65/G20/G63/G61/G70/G69/G74/G61/G6C/G20/G73/G6F/G63/G69/G61/G6C/G20/G79/G20/G6C/G61/G20/G6D/G6F/G64/G69/G66/G69/G63/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65 /G73/G75/G20/G45/G73/G74/G61/G74/G75/G74/G6F/G20/G53/G6F/G63/G69/G61/G6C RESOLUCIÓN SBS Nº 1073-2005 Lima, 19 de julio de 2005EL SUPERINTENDENTE DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES VISTA: La solicitud presentada por la Caja Municipal de Aho- rro y Crédito de Arequipa (CMAC AREQUIPA) para que se le autorice el incremento de su Capital Social median- te la capitalización de S/. 22 835 750.27 correspondientea la Reserva Legal de los ejercicios 2003 y 2004, así como la modificación subsiguiente de la parte pertinente de su estatuto social; y, CONSIDERANDO: Que, mediante en sesión de Junta General de Accio- nistas de la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Arequipa de fecha 15 de marzo de 2005, se acordó au-mentar el capital social de la Caja Municipal, entre otros, mediante la capitalización de la Reserva Legal Especial conformada por S/. 11 454 226.02 (Once millones cua-trocientos cincuenta y cuatro mil doscientos veintiséis con 02/100 Nuevos Soles) y S/. 11 381 524.25 (Once millones trescientos ochenta y un mil quinientos veinti-cuatro con 25/100 Nuevos Soles), correspondiente a las utilidades del 2003 y 2004, respectivamente; Que la Federación Peruana de Cajas Municipales de Ahorro y Crédito (FEPCMAC), mediante Oficio Nº 097- 2005-FEPCMAC, se ha pronunciado favorablemente con relación al indicado incremento de capital, en cumpli-miento del Decreto Supremo Nº 157-90-EF; Que, de conformidad con el artículo 62º de la Ley Gene- ral del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgá-nica de la Superintendencia de Banca y Seguros - Ley Nº 26702, en adelante Ley General, excepcionalmente y previa autorización de esta Superintendencia, las empresasdel sistema financiero podrán aumentar el capital social me- diante otras modalidades diferentes al aporte en efectivo, capitalización de utilidades y reexpresión del capital; Estando a lo informado por el Departamento de Eva- luación Microfinanciera "B" a través del Informe Nº 056- 2005-DEMB; y estando a lo opinado por la Superin-tendencia Adjunta de Banca y Microfinanzas y la Superintendencia Adjunta de Asesoría Jurídica; De conformidad con los procedimientos Nºs. 44 y 84 del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA), aprobado mediante Resolución SBS Nº 131- 2002 y sus modificatorias; y en uso de las atribucionesque confiere la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros - Ley Nº 26702; RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar a la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Arequipa el aumento de su capital social por la capitalización de su Reserva Legal Especial conformada porS/. 11 454 226.02 (Once millones cuatrocientos cincuenta y cuatro mil doscientos veintiséis con 02/100 Nuevos Soles) y S/. 11 381 524.25 (Once millones trescientos ochenta y un milquinientos veinticuatro con 25/100 Nuevos Soles), correspon- diente a las utilidades del 2003 y 2004, respectivamente; y en consecuencia, autorizar la modificación del artículo 6º de suEstatuto Social; y proceder a devolver la minuta que lo forma- liza con el sello oficial de esta Superintendencia para su eleva- ción a Escritura Pública en la que se insertará el texto de lapresente Resolución para su inscripción en el Registro Público correspondiente. Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN JOSÉ MARTHANS LEÓN Superintendente de Banca y Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones 13451 /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20 /G76/G69/G61/G6A/G65/G20 /G64/G65/G20 /G66/G75/G6E/G63/G69/G6F/G6E/G61/G72/G69/G6F/G20 /G61 /G41/G72/G67/G65/G6E/G74/G69/G6E/G61/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G70/G61/G72/G74/G69/G63/G69/G70/G61/G72/G20/G65/G6E/G20/G65/G6C/G20/G43/G75/G72/G73/G6F/G22/G41/G6E/G74/G69/G20/G4C/G61/G76/G61/G64/G6F/G20/G64/G65/G20/G44/G69/G6E/G65/G72/G6F/G22 RESOLUCIÓN SBS Nº 1109-2005 Lima, 26 de julio de 2005