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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G39/G37/G38/G34/G32 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, sábado 30 de julio de 2005 SALUD /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G44/G69/G72/G65/G63/G74/G69/G76/G61/G20/G22/G53/G69/G73/G74/G65/G6D/G61/G20/G64/G65/G20/G56/G69/G67/G69/G6C/G61/G6E/G63/G69/G61 /G53/G69/G6E/G64/G72/GF3/G6D/G69/G63/G61/G20/G28/G41/G6C/G65/G72/G74/G61/G20/G2D/G20/G52/G65/G73/G70/G75/G65/G73/G74/G61/G29/G22 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 581-2005/MINSA Lima, 26 de julio del 2005 Visto el Expediente Nº R-033878-05;CONSIDERANDO: Que el Ministerio de Salud está a cargo del sistema de vigilancia epidemiológica, destinado a evitar la propagación ylograr el control de las enfermedades transmisibles, el mismo que incluye acciones para el reconocimiento precoz de brotes y para la ejecución oportuna de diagnósticos, medidas deprevención y controles eficaces, a efecto de disminuir el im- pacto de dichas enfermedades en la morbilidad y letalidad; Que la emergencia y reemergencia de las citadas enfer- medades, a lo cual se suma el proceso de globalización, exige que el sistema de vigilancia epidemiológica priorice la detec- ción de síndromes clínicos fácilmente reconocibles que nodependen de diagnósticos de laboratorio, lo cual permitirá la detección precoz de un brote y su comunicación (Alerta), así como también la implementación de las medidas oportunas deprevención y control (Respuesta); Que dentro de este contexto, la Oficina General de Epidemiología, en coordinación con el Instituto Nacional deSalud, ha elaborado la Directiva: "Sistema de Vigilancia Sin- drómica (Alerta-Respuesta)", cuyo objetivo general es im- plementar la estrategia de vigilancia sindrómica como com-ponente de Alerta-Respuesta y mejorar la sensibilidad y oportunidad del Sistema de Vigilancia Epidemiológica; Estando a lo informado por la Oficina General de Epidemiología y con la visación de la Oficina General de Asesoría Jurídica; Con la visación del Viceministro de Salud; y,De conformidad con lo dispuesto en el literal I) del artículo 8 de la Ley Nº 27657 - Ley del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la Directiva Nº 065-MINSA/ OGE-V.01: "Sistema de Vigilancia Sindrómica (Alerta - Respuesta)", que en documento adjunto forma parte in-tegrante de la presente Resolución. Artículo 2º.- La Oficina General de Epidemiología, a través de la Oficina Ejecutiva de Vigilancia Epidemioló-gica, es responsable de la difusión e implementación de la citada Directiva. Artículo 3º.- Las Direcciones de Salud a nivel nacio- nal, a través de las Oficinas de Epidemiología, son responsables de la difusión y cumplimiento de dicha Di- rectiva en el ámbito de sus respectivas jurisdicciones. Artículo 4º.- La Oficina General de Comunicaciones se encargará de la publicación de la referida Directiva en la página web del Ministerio de Salud. Regístrese, comuníquese y publíquesePILAR MAZZETTI SOLER Ministra de Salud 13424 TRANSPORTES Y COMUNICACIONES /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G76/G69/G61/G6A/G65/G20/G64/G65/G20/G49/G6E/G73/G70/G65/G63/G74/G6F/G72/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G44/G69/G72/G65/G63/G63/G69/GF3/G6E /G47/G65/G6E/G65/G72/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G41/G65/G72/G6F/G6E/GE1/G75/G74/G69/G63/G61/G20/G43/G69/G76/G69/G6C/G20/G61/G20/G43/G68/G69/G6C/G65/G2C/G20/G65/G6E /G63/G6F/G6D/G69/G73/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G73/G65/G72/G76/G69/G63/G69/G6F/G73 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 490-2005-MTC/02 Lima, 25 de julio de 2005CONSIDERANDO:Que, la Ley Nº 27619 que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, en concor- dancia con sus normas reglamentarias aprobadas por De-creto Supremo Nº 047-2002-PCM, establece que para elcaso de los servidores y funcionarios públicos de los Minis- terios, entre otras entidades, la autorización de viaje se otor- gará por Resolución Ministerial del respectivo Sector, la que deberá ser publicada en el Diario Oficial El Peruano conanterioridad al viaje, con excepción de las autorizaciones de viajes que no irroguen gastos al Estado; Que, el Decreto de Urgencia Nº 015-2004 dispone que los viajes al exterior que irroguen gasto al Tesoro Público, de fun- cionarios, servidores públicos o representantes del Poder Eje- cutivo, a que se refieren el primer y segundo párrafo del artícu-lo 1º de la Ley Nº 27619, quedan prohibidos por el ejercicio fiscal 2005, prohibición que no es aplicable a los sectores Relaciones Exteriores y Comercio Exterior y Turismo, así comola Dirección de Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, en cuyos casos los viajes serán autori- zados a través de resolución del Titular del Pliego respectivo, lamisma que deberá ser publicada en el Diario Oficial El Peruano antes del inicio de la comisión de servicios; Que, la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronáutica Civil del Perú, establece que la Autoridad Aeronáutica Civil es ejercida por la Dirección General de Aeronáutica Civil como dependencia especializada del Ministerio de Trans-portes y Comunicaciones; Que, la Dirección General de Aeronáutica Civil, a fin de cumplir con los estándares aeronáuticos internacionales esta-blecidos en el Convenio de Chicago sobre Aviación Civil y poder mantener la calificación de Categoría - I otorgada al Perú por la Organización de Aviación Civil Internacional, debe man-tener un programa anual de vigilancia sobre la seguridad ope- racional a través de la ejecución de inspecciones técnicas a los explotadores aéreos en el país, basado en las disposicio-nes establecidas en el citado Convenio y en los estándares de la Organización de Aviación Civil Internacional; Que, la empresa Lan Perú S.A., con Carta GOP/INST/ 526/07/05, del 7 de julio de 2005, en el marco del Procedi- miento Nº 5 de la sección correspondiente a la Dirección General de Aeronáutica Civil (Evaluación de Personal), es-tablecido en el Texto Único de Procedimientos Administrati- vos del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, apro- bado por Decreto Supremo Nº 008-2002-MTC, solicita a laDirección General de Aeronáutica Civil, efectuar los che- queos técnicos en simulador de vuelo del equipo Airbus 320, en el Centro de Entrenamiento CAE de la ciudad deSantiago, a su personal aeronáutico propuesto, durante los días 9, 10, 11 y 12 de agosto de 2005; Que, conforme se desprende de los Recibos de Acotación Nºs. 18919, 18920 y 19431, la solicitante ha cumplido con el pago del derecho de tramitación correspondiente al Procedimiento a que se refiere elconsiderando anterior, ante la Dirección de Tesorería del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, en tal sentido, los costos del respectivo viaje de inspección, están íntegramente cubiertos por la empre- sa solicitante del servicio, incluyendo el pago de los viá- ticos y la Tarifa Única de Uso de Aeropuerto; Que, la Dirección de Seguridad Aérea de la Dirección Gene- ral de Aeronáutica Civil, ha emitido la Orden de Inspección Nº 1365-2005-MTC/12.04-SDO designando al InspectorOscar Gustavo Camino Freundt, para realizar los chequeos técnicos en simulador de vuelo del equipo Airbus 320, en el Centro de Entrenamiento de CAE, al personal aeronáutico pro-puesto por la empresa Lan Perú S.A., en la ciudad de Santiago, República de Chile, durante los días 8 al 12 de agosto de 2005; Que, por lo expuesto, resulta necesario autorizar el viaje del referido Inspector de la Dirección General de Aeronáutica Civil para que, en cumplimiento de las fun- ciones que le asigna la Ley Nº 27261 y su Reglamento,pueda realizar los chequeos técnicos a que se contrae la Orden de Inspección Nº 1365-2005-MTC/12.04-SDO; De conformidad con la Ley Nº 27261, Ley Nº 27619, el Decreto de Urgencia Nº 015-2004 y el Decreto Supre- mo Nº 047-2002-PCM; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar el viaje del señor Oscar Gustavo Camino Freundt, Inspector de la Dirección General de Aero-náutica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicacio- nes, a la ciudad de Santiago, República de Chile, durante los días 8 al 12 de agosto de 2005, para los fines a que secontrae la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- El gasto que demande el viaje autoriza- do precedentemente, ha sido íntegramente cubierto porla empresa Lan Perú S.A. a través de los Recibos de Acotación Nºs. 18919, 18920 y 19431, abonados a la Dirección de Tesorería del Ministerio de Transportes y