Norma Legal Oficial del día 30 de julio del año 2005 (30/07/2005)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 30 de MORDAZA de 2005

de vacancia del cargo de MORDAZA que ejerce don Euler MORDAZA MORDAZA MORDAZA, solicitada por el recurrente invocando la causal prevista en el inciso 6) del articulo 22º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972; CONSIDERANDO: Que la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, en su articulo 22º, numeral 6), establece que es causal de vacancia la existencia de sentencia judicial emitida en MORDAZA instancia por delito doloso; Que segun las copias certificadas de fojas 4 a 11, por sentencia de fecha 16 de marzo de 2004, el Juzgado Especializado en lo Penal de San MORDAZA de Lloc dispuso la reserva del fallo condenatorio respecto de Euler MORDAZA MORDAZA MORDAZA en la Instruccion Nº 2001-125-160801-JP1P, quedando dicha sentencia consentida, conforme se indica en el decreto judicial de fecha 23 de marzo de 2004; Que en el caso de autos no existe sentencia condenatoria, sino un regimen de prueba por el termino de un ano, el mismo que fue declarado extinguido por resolucion de fecha 16 de MORDAZA de 2005, de fojas 69, emitida por el Juzgado Especializado en lo Penal de San MORDAZA de Lloc, en aplicacion de lo previsto en el articulo 67º del Codigo Penal; por lo que, no se configura la causal de vacancia invocada por el recurrente; El MORDAZA Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones; RESUELVE: Articulo Unico.- Declarar INFUNDADO el recurso de apelacion interpuesto por el ciudadano MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en consecuencia CONFIRMAR el Acuerdo de Concejo Nº 01-2005-MDSJ de 24 de febrero de 2005, adoptado por el Concejo Distrital de San MORDAZA, provincia de Pacasmayo, departamento de La MORDAZA, por el que se declaro infundada la solicitud presentada por el mismo recurrente, sobre vacancia del cargo de MORDAZA que ejerce don Euler MORDAZA MORDAZA Serrano. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MARQUILLO MORDAZA URDANIVIA BALLON-LANDA MORDAZA, Secretario General 13360

Que obra en el archivo de este organismo electoral, el Expediente Nº 136-2005 sobre suspension aprobada por el Concejo Provincial de Huamanga mediante Acuerdo de Concejo Nº 054-2005-MPH/A de 28 de marzo de 2005, respecto del regidor MORDAZA Alcazar MORDAZA, por razones de enfermedad, habiendose expedido, como consecuencia de dicha suspension, la Resolucion Nº 088-2005-JNE de 29 de MORDAZA de 2005, convocando y extendiendo credencial provisional de regidor a MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA de la lista del Partido Aprista Peruano, por ser la accesitaria de la lista electoral a la que pertenecia el regidor titular suspendido, pasando a completar el numero legal de miembros del concejo durante la referida suspension, con arreglo a lo dispuesto en el articulo 24º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972; Que habiendose declarado la vacancia del cargo de regidor en el que fue elegido don MORDAZA Alcazar MORDAZA, corresponde dejar sin efecto la credencial provisional otorgada por Resolucion Nº 088-2005-JNE, y extender, en su lugar, la credencial definitiva a MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, para su incorporacion al Concejo Provincial de Huamanga en calidad de regidora titular; El MORDAZA Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones; RESUELVE: Articulo Primero.- Dejar se efecto la credencial provisional de regidor del Concejo Provincial de Huamanga otorgada a MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA por Resolucion Nº 088-2005-JNE de 29 de MORDAZA de 2005. Articulo Segundo.- Convocar a la ciudadana MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA para que asuma el cargo de regidor del Concejo Provincial de Huamanga, departamento de MORDAZA, para completar el periodo de gobierno municipal 2003 - 2006, otorgandosele la respectiva credencial. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MARQUILLO MORDAZA URDANIVIA BALLON-LANDA MORDAZA, Secretario General 13361

Convocan a ciudadana para que asuma el cargo de Regidora del Concejo Provincial de Huamanga
RESOLUCION Nº 216-2005-JNE Expediente Nº 236-2005 MORDAZA, 26 de MORDAZA de 2005 Visto el expediente sobre vacancia del cargo de regidor del Concejo Provincial de Huamanga, departamento de MORDAZA, de don MORDAZA Alcazar MORDAZA, por causal de fallecimiento, iniciado a solicitud del Secretario General de la Municipalidad Provincial de Huamanga, quien remite el acuerdo municipal de vacancia para el tramite respectivo; CONSIDERANDO: Que por Acuerdo de Concejo Nº 124-2005-MPH-CM de fecha 24 de junio de 2005, el Concejo Provincial de Huamanga declaro la vacancia del cargo de regidor en el que fue elegido don MORDAZA Alcazar MORDAZA, en virtud de lo dispuesto por el numeral 1) del articulo 22º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, que dispone que el cargo de regidor se declara vacante por el concejo municipal en caso de muerte; Que con el acta de defuncion que obra a fojas 3, se acredita que don MORDAZA Alcazar MORDAZA fallecio el 23 de MORDAZA de 2005;

Acreditan a ciudadanos como MORDAZA Provisional y Regidora Provisional de la Municipalidad Provincial de Cangallo
RESOLUCION Nº 217-2005-JNE Exp. Nº 215-2005. MORDAZA, 26 de MORDAZA de 2005 VISTA la solicitud presentada por don MORDAZA MORDAZA De la MORDAZA, MORDAZA MORDAZA de la Municipalidad Provincial de Cangallo, departamento de Ayacucho; remitiendo el expediente municipal sobre suspension en el cargo de MORDAZA de don MORDAZA MORDAZA MORDAZA De la MORDAZA, y pidiendo se le otorgue credencial provisional para ejercer dicho cargo; CONSIDERANDO: Que en las sesiones extraordinarias de fecha 13 de junio y 11 de MORDAZA de 2005 y Resolucion de Alcaldia Nº 072-2005-MPC/A y Resolucion Municipal Nº 007-20050519-MPC/A, la Municipalidad Provincial de Cangallo acordo declarar la suspension en el ejercicio del cargo de MORDAZA de don MORDAZA MORDAZA MORDAZA De la MORDAZA por haberse dispuesto mandato de detencion en su contra mediante resolucion Nº 01 de fecha 7 de junio de 2005; Que del Oficio Nº 1205-2005-JMC-CSJAY/PJ de fecha 22 de MORDAZA remitido por el senor Juez del Juzgado Mixto de Cangallo, se aprecia la situacion juridica del

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