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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE JULIO DEL AÑO 2005 (30/07/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 24

TEXTO PAGINA: 3

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G39/G37/G38/G33/G35 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, sábado 30 de julio de 2005 I Nº de Registro B0000243 Código del Modelo MAV 500 MK VI Descripción Máquina tragamonedas de video, de cuerpo vertical con una tapa plana recta. Este modelo no cuenta con palanca lateral. Cuenta con un monitor convencionalo de tacto, aceptador de monedas y de billetes. Puede formar parte de un sistema carrusel. El uso de la nomenclatura MK VI y MK 6 es indistinto. Tipo Round Top Dimensiones del Modelo Se presentan las siguientes dimensiones: Dimensiones del cuerpo central: Alto: 89.70 cm Largo: 61.10 cm Ancho: 50.00 cm Dimensiones del cuerpo o caja superior: 42.60 cm II Nº de Registro B0000244 Código del Modelo MAV 500 MK VI Descripción Máquina tragamonedas de video, de cuerpo vertical con una tapa plana recta. Este modelo no cuenta con palanca lateral. Cuenta con un monitor conven- cional o de tacto, aceptador de monedas y de bille-tes. Puede formar parte de un sistema carrusel. El uso de la nomenclatura MK VI y MK 6 es indistinto. Tipo Chop Top Dimensiones del Se presentan las siguientes Modelo dimensiones: Dimensiones del cuerpo central: Alto: 89.70 cm Largo: 61.10 cmAncho: 50.00 cm Dimensiones del cuerpo o caja superior: 19.40 cm III Nº de Registro B0000245 Código del Modelo MAV 500 MK VI Descripción Máquina tragamonedas de video, de cuerpo vertical con una tapa plana recta. Este modelo no cuenta con palanca lateral. Cuenta con un monitor conven-cional o de tacto, aceptador de monedas y de bille- tes. Puede formar parte de un sistema carrusel. El uso de la nomenclatura MK VI y MK 6 es indistinto. Tipo Casino Top Dimensiones del Se presentan las siguientes Modelo dimensiones: Dimensiones del cuerpo central: Alto: 89.70 cmLargo: 61.10 cm Ancho: 50.00 cm Dimensiones del cuerpo o caja superior: 42.60 cm Regístrese, comuníquese y publíquese. MIGUEL ANTONIO ZAMORA S. Director Nacional de Turismo 13378 JUSTICIA /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G61/G20/G70/G72/G6F/G63/G75/G72/G61/G64/G6F/G72/G20/G69/G6E/G69/G63/G69/G61/G72/G20/G61/G63/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73 /G6A/G75/G64/G69/G63/G69/G61/G6C/G65/G73/G20 /G61/G20 /G66/G69/G6E/G20 /G64/G65/G20 /G72/G65/G63/G75/G70/G65/G72/G61/G72/G20 /G6D/G6F/G6E/G74/G6F/G20 /G64/G65 /G64/G69/G6E/G65/G72/G6F/G20/G64/G65/G6A/G61/G64/G6F/G20/G64/G65/G20/G70/G65/G72/G63/G69/G62/G69 /G72/G20/G70/G6F/G72/G20/G61/G64 /G6A/G75/G64/G69/G63/G61/G63/G69/GF3/G6E /G64/G65/G20/G69/G6E/G6D /G75/G65/G62/G6C/G65/G20/G61/G20/G74/GED/G74/G75 /G6C/G6F/G20/G67/G72/G61/G74/G75/G69/G74/G6F RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 312-2005-JUS Lima, 26 de julio de 2005Vistos el Oficio Nº 1689-2005-JUS-PPMJ, de la Procuraduría Pública a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Justicia; CONSIDERANDO: Que, mediante Informe Especial Nº 02-2004-02-4246, la Auditoría practicada a la titulación gratuita del lote 3, manzana C 2 del Pueblo Tradicional Yanahuara de la ciu- dad de Arequipa, realizada por la Comisión de Formaliza-ción de la Propiedad Informal - COFOPRI, recomendó que se inicie e impulse las acciones legales y judiciales que correspondan, a fin que se recupere el valor dejadode percibir ascendente a S/ 10, 292.00, por cuanto la adjudicación de la propiedad y el otorgamiento del título de propiedad debió ser otorgado a título oneroso, toda vezque los solicitantes declararon no ser propietarios de otro inmueble, requisito indispensable para la adjudicación a título gratuito, situación presuntamente falsa; Que, mediante Oficio Nº 228-2005-COFOPRI/GL, de fecha 28 de junio de 2005, la Gerencia de Asesoría Le- gal de COFOPRI, remitió los respectivos antecedentesdel referido Examen Especial, a efectos de que se expi- da la Resolución Ministerial que autorice a la Procuradu- ría Pública a cargo de los Asuntos Judiciales del Minis-terio de Justicia iniciar las acciones judiciales correspondientes, a fin de recuperar el monto dejado de percibir ascendente a S/. 10, 292.00 (diez mil doscientosnoventa y dos y 00/100 nuevos soles) más los intereses de Ley, por las adjudicaciones a título gratuito; Que, en tal sentido, corresponde autorizar al Procu- rador Público, para que en representación y defensa de los intereses del Estado interponga las acciones judicia- les correspondientes; De conformidad con lo dispuesto por el artículo 47º de la Constitución Política del Perú, artículos 2º y 8º del Decreto Ley Nº 25993, Ley Orgánica del Sector Justiciay el artículo 12º del Decreto Ley Nº 17537 del Consejo de Defensa Judicial del Estado, modificado por Decreto Ley Nº 17667; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar al Procurador Público a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Justicia, para que en representación y defensa de los intereses delEstado, interponga las acciones judiciales que correspon- dan, conforme a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Remitir copia de la presente Resolución y antecedentes del caso al Procurador Público a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Justicia, parasu conocimiento y fines correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese.EDUARDO SALHUANA CAVIDES Ministro de Justicia 13440 /G52/G65/G63/G74/G69/G66/G69/G63/G61/G6E/G20 /G65/G72/G72/G6F/G72/G20 /G6D/G61/G74/G65/G72/G69/G61/G6C/G20 /G64/G65/G20 /G6C/G61/G20 /G52/G2E/G4D/G2E /G4E/GBA/G20/G32/G31/G39/G2D/G32/G30/G30/G35/G2D/G4A/G55/G53/G20/G71/G75/G65/G20/G6E/G6F/G6D/G62/G72/GF3/G20/G61/G20/G4E/G6F/G74/G61/G72/G69/G6F/G20/G65/G6E/G65/G6C/G20/G44/G69/G73/G74/G72/G69/G74/G6F/G20/G4E/G6F/G74/G61/G72/G69/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G43/G61/G6A/G61/G6D/G61/G72/G63/G61 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 313-2005-JUS Lima, 26 de julio de 2005 Visto, el Oficio Nº 577-2005-JUS/CN, de fecha 14 de julio de 2005, remitido por el Presidente del Consejo del Notariado; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 219-2005- JUS, de fecha 11 de mayo de 2005, se nombró al Dr. José Luis Lozano Lozano, Notario Público del distrito de Yanon - Tembladera, provincia de Contumazá departa-mento de Cajamarca, Distrito Notarial de Cajamarca; Que, tal como consta en los antecedentes remitidos por el Colegio de Notarios de Cajamarca, se ha produci-