Norma Legal Oficial del día 09 de junio del año 2005 (09/06/2005)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 9 de junio de 2005

a) El Ministro de Agricultura o su representante, quien lo presidira. b) Los Presidentes de los Gobiernos Regionales de MORDAZA, MORDAZA, San MORDAZA, La MORDAZA y Amazonas, o sus respectivos representantes. c) Cuatro representantes del Comite Nacional de Productores de Arroz. d) Dos representantes de la Junta Nacional de Usuarios de los Distritos de Riego del Peru. e) Un representante de la Asociacion Peruana de Molineros de Arroz. f) Un representante de los Importadores de Arroz. g) Un representante de la Asociacion de Comerciantes del MORDAZA de MORDAZA Anita. h) Un representante del Servicio Nacional de Sanidad Agraria - SENASA. i) Un representante del Instituto Nacional de Investigacion y Extension Agraria - INIEA. j) Un representante de la Intendencia de Recursos Hidricos del Instituto Nacional de Recursos Naturales. Articulo 3º.- La designacion de los representantes se MORDAZA mediante Resolucion Ministerial de Agricultura. En el caso de los representantes de los gremios, a propuesta de estos. Articulo 4º.- La Presidencia del Consejo sera asumida por el Ministro de Agricultura o su representante. Articulo 5º.- La Secretaria Tecnica del Consejo Nacional del Arroz, sera presidida por la Direccion General de Promocion Agraria (DGPA) quien coordinara este encargo con la Direccion General de Informacion Agraria (DGIA) y la Oficina General de Planificacion Agraria (OGPA), respectivamente. La designacion de los tres (3) representantes se oficializara mediante Resolucion Ministerial. Articulo 6º.- El domicilio del Consejo Nacional del Arroz sera en la MORDAZA de Lima. Articulo 7º.- Son funciones del Consejo Nacional del Arroz: a) Proponer lineamientos de politicas para el desarrollo de la actividad arrocera en el Peru, para generar y asegurar condiciones de rentabilidad y competitividad entre los actores, y otras relacionadas con dicha actividad. b) Proponer normas que faciliten la aplicacion de las politicas aprobadas. c) Velar por la transparencia de la informacion al interior de la cadena agro productiva del arroz. d) Formular y aprobar el MORDAZA Orientador para la MORDAZA MORDAZA Arrocera en funcion de los Planes de Cultivo y Riego, en coordinacion con las instancias respectivas. e) Promover mecanismos adecuados que garanticen la calidad en la produccion, transformacion y comercializacion de arroz. f) Proponer mecanismos adecuados de financiamiento para la cadena agro productiva del arroz. g) Proponer las prioridades de la actividad arrocera que permitan orientar la cooperacion internacional. h) Representar al Sector Arrocero en los diferentes eventos nacionales e internacionales. Articulo 8º.- Dentro de los treinta dias de constituido, el Consejo aprobara su Reglamento de Funcionamiento y Plan Operativo Anual. Articulo 9º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Ministro de Agricultura. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Ing. MORDAZA WAISMAN RJAVINSTHI MORDAZA Vicepresidente de la Republica Encargado del Despacho de la Presidencia de la Republica MORDAZA SHEPUT MOORE Ministro de Trabajo y Promocion del Empleo Encargado de la Cartera de Agricultura 10731

Modifican R.S. Nº 083 en lo referente al nombre consignado en el reconocimiento de la Comunidad Campesina Pettcce
RESOLUCION SUPREMA Nº 031-2005-AG MORDAZA, 8 de junio de 2005 VISTA: La solicitud presentada por la Comunidad Campesina Pettce solicitando la rectificacion de su nombre por el de Pettcce; CONSIDERANDO: Que, por Resolucion Suprema Nº 083, de fecha 27 de febrero de 1967, de fojas 19, se reconocio a la Comunidad de Indigenas denominada "Pettce" ubicada en el distrito de Puica, provincia de La Union, departamento de MORDAZA, y se dispuso su inscripcion en el Registro Oficial de Comunidades de la Direccion General de Asuntos Indigenas del Ministerio de Justicia y Trabajo; Que, la citada Comunidad fue inscrita en el Tomo I, Folio 110, Asiento 28 del Registro Nacional de Comunidades Campesinas, y en la Ficha Nº 035 del Registro de Personas Juridicas, Libro de Comunidades Campesinas, de la Oficina Registral de MORDAZA, de fojas 21, trasladada a la Partida Electronica Nº 01195604 de fojas 20; con la denominacion de Comunidad Campesina Pettce; Que, por escrito presentado el 15 de diciembre de 2004, de fojas 1, don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Presidente de la Comunidad Campesina Pettce, ha solicitado la rectificacion del nombre de la Comunidad por el de Pettcce, habiendo acompanado MORDAZA certificada por Notario Publico del Acta de Asamblea General Extraordinaria de fecha 1 de febrero de 2004, de fojas 5, con la que acredita que la Comunidad en pleno acordo por unanimidad la rectificacion del nombre de Pettce por el de Pettcce, que es la denominacion correcta que le corresponde, la que viene utilizando desde tiempo inmemorial y fue la denominacion con que solicitaron su reconocimiento oficial, habiendose incurrido en la Resolucion Suprema en error de redaccion al suprimirse una de las dos letras "c"; Que, por Ley Nº 25891, se transfirieron las funciones y actividades comprendidas en la Ley Nº 24656 - Ley General de Comunidades Campesinas al Ministerio de Agricultura, a quien se faculto a dictar las disposiciones que se requieran para su cumplimiento; Que, siendo una decision autonoma de la Comunidad Campesina recurrente, solicitar la rectificacion de su denominacion de "Pettce" por el de "Pettcce", resulta procedente acceder a lo solicitado; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 560 Ley del Poder Ejecutivo y el Decreto Ley Nº 25902 - Ley Organica del Ministerio de Agricultura; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Modificar la Resolucion Suprema Nº 083, de fecha 27 de febrero de 1967, por la que se reconocio a la Comunidad de Indigenas denominado "Pettce"; en cuanto a la denominacion de la misma, la que queda modificada a Comunidad Campesina "Pettcce", ubicada en el distrito de Puica, provincia de La Union, departamento de Arequipa. Articulo 2º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Ministro de Agricultura. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Ing. MORDAZA WAISMAN RJAVINSTHI MORDAZA Vicepresidente de la Republica Encargado del Despacho de la Presidencia de la Republica MORDAZA SHEPUT MOORE Ministro de Trabajo y Promocion del Empleo Encargado de la Cartera de Agricultura 10732

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