Norma Legal Oficial del día 09 de junio del año 2005 (09/06/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 19

MORDAZA, jueves 9 de junio de 2005

NORMAS LEGALES
SE RESUELVE:

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MORDAZA de MORDAZA de seleccion al arrendamiento del local institucional, por servicio que no admite sustituto segun el literal f) del articulo 19º de la Ley N° 26850, se celebro el Contrato de Arrendamiento de inmueble para el funcionamiento del Instituto Antartico Peruano - INANPE, en virtud del cual se acordo que durante el plazo de un ano, del 1 de junio del 2004 al 31 de MORDAZA del 2005, se arrendaba el inmueble por la suma de US$ 1,700 Dolares Americanos mensuales, ademas de la entrega en calidad de garantia de la suma de US$ 10,200 Dolares Americanos, equivalente a seis meses de renta; Que, posteriormente con fecha 23 de MORDAZA del 2005 se suscribio una Addenda al referido contrato, en virtud de la cual las partes acordaron que la garantia otorgada cuya suma ascendio a US$ 10,200 Dolares americanos, que es equivalente a seis rentas mensuales, seria imputada al pago de la renta mensual de los meses de diciembre 2004 y enero a MORDAZA 2005; Que, de acuerdo a lo establecido en el articulo 2º de la Ley Nº 28267, que modifica entre otros, al articulo 19º de la Ley Nº 26850, los actos iniciados con anterioridad a la presente Ley se rigen segun las normas vigentes al momento de su celebracion. Asimismo, se menciona en su articulo 4º que la ley sera aplicable a los procesos de seleccion que se convoquen a partir de su vigencia; Que, por tanto, cabe invocar el inciso g) del articulo 19º del TUO Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, que establece que procede la exoneracion al MORDAZA de seleccion que corresponda, para prorrogar el plazo de contratos de arrendamiento de inmuebles ocupados por la entidad, siempre y cuando la renta no se incremente en una tasa mayor al crecimiento del indice general de precios al por mayor; Que, en el mismo sentido, el numeral 2 del articulo 119º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, establece que cuando se trate de arrendamiento de bienes inmuebles el plazo podra ser hasta por el MORDAZA de tres anos renovables, reservandose la entidad el derecho de resolver unilateralmente el contrato MORDAZA del vencimiento previsto, sin reconocimiento de lucro cesante ni dano emergente, sujetandose los reajustes que pudieran acordarse al indice de Precios al Por Mayor a Nivel Nacional que establece el Instituto Nacional de Estadistica e Informatica INEI; Que, mediante documento de Vistos, se sustenta la necesidad de seguir contando con el servicio contratado, con el objeto de garantizar la continuidad de las actividades del INANPE en su local institucional, por lo que resulta necesario prorrogar el contrato bajo las mismas condiciones y hasta por el periodo de un ano, contados a partir del 1 de junio del 2005 hasta el 31 de MORDAZA del 2006, para lo cual existe la disponibilidad presupuestal correspondiente y lo que respecta al proximo ejercicio presupuestal sera debidamente programado; Que, mediante Informe Legal de Vistos, se concluye que es procedente declarar la aprobacion de la exoneracion del presente MORDAZA bajo la modalidad senalada en el literal g) del articulo 19º de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, cuyo TUO es aprobado mediante Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, a fin que se celebre una prorroga al contrato de arrendamiento del local institucional; Que, el inciso a) del articulo 20º del Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM establece que las Resoluciones referidas a la exoneracion de procesos de seleccion deberan ser aprobadas por Resolucion del Titular del Pliego de la entidad, asi como que MORDAZA de la Resolucion que aprueba la exoneracion y los informes que la sustentan, deben ser remitidos dentro de los diez dias siguientes a la fecha de su aprobacion a la Contraloria General de la Republica y publicada en el Diario Oficial El Peruano; Que, el Reglamento de Organizacion y Funciones del Instituto Antartico Peruano, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 107-2003-RE en el inciso d) del articulo 13º, dispone que el Presidente del Consejo Directivo ejerce la Titularidad del Pliego del Presupuesto del Instituto; De conformidad con lo establecido por la Ley Nº 28268, el Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, el Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM y el Decreto Supremo Nº 1072003-RE Reglamento de Organizacion y Funciones del INANPE;

Articulo 1º.- Exonerar del MORDAZA de Adjudicacion Directa Selectiva a la Prorroga del Contrato de Arrendamiento del inmueble para el funcionamiento del Instituto Antartico Peruano, hasta por la suma de US$ 20,400 (Veinte Mil Cuatrocientos y 00/100 Dolares Americanos) por el periodo de un ano, manteniendo las mismas condiciones contractuales vigentes. Articulo 2º.- El egreso que origine la presente Resolucion se aplicara con cargo a la estructura presupuestal que se detalla:
FUNCION PROGRAMA SUBPROGRAMA ACTIVIDAD COMPONENTE META : : : : : : 13 RELACIONES EXTERIORES 003 ADMINISTRACION 0006 ADMINISTRACION GENERAL 100267 GESTION ADMINISTRATIVA 300693 GESTION ADMINISTRATIVA 0001 GERENCIAR RECURSOS HUMANOS, MATERIALES Y FINANCIEROS.

Articulo 3º.- Autorizar a la Oficina de Administracion, Presupuesto e Informatica para que se encargue de la tramitacion necesaria para la celebracion de la Adenda de prorroga correspondiente. Articulo 4º.- Publicar la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano y comunicarlo dentro de los diez dias de su aprobacion a la Contraloria General de la Republica. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA DE ZELA Presidente del Consejo Directivo del Instituto Antartico Peruano (INANPE) 10707

SALUD
Designan representante del Ministerio ante Comision Veedora del cumplimiento de acuerdos que motivaron la suspension de huelga medica
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 434-2005/MINSA MORDAZA, 6 de junio de 2005 CONSIDERANDO: Que, por Resolucion Suprema Nº 011-2005-SA, de fecha 6 de MORDAZA de 2005, se conformo una Comision Veedora encargada del cumplimiento de los acuerdos contenidos en el Acta suscrita el 17 de marzo de 2005, que motivaron la suspension de la huelga medica a nivel nacional llevada a cabo en el mes de marzo de 2005; Que, la citada Comision Veedora estara integrada, entre otros, por un representante del Ministerio de Salud, quien la presidira; resultando necesario proceder a su designacion; De conformidad con lo previsto en el literal l) del articulo 8º de la Ley Nº 27657, Ley del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Designar al doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Director General de la Direccion General de Promocion de la Salud, como representante del Ministerio de Salud ante la Comision Veedora, conformada por Resolucion Suprema Nº 0112005-SA, mencionada en la parte considerativa de la presente resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MAZZETTI SOLER Ministra de Salud 10650

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