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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G39/G34/G33/G38/G31 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, jueves 9 de junio de 2005 neró de proceso de selección al arrendamiento del local institucional, por servicio que no admite sustituto según el literal f) del artículo 19º de la Ley N° 26850, se celebró el Contrato de Arrendamiento de inmueble para el fun-cionamiento del Instituto Antártico Peruano - INANPE, en virtud del cual se acordó que durante el plazo de un año, del 1 de junio del 2004 al 31 de mayo del 2005, se arren-daba el inmueble por la suma de US$ 1,700 Dólares Americanos mensuales, además de la entrega en cali- dad de garantía de la suma de US$ 10,200 DólaresAmericanos, equivalente a seis meses de renta; Que, posteriormente con fecha 23 de mayo del 2005 se suscribió una Addenda al referido contrato, en virtudde la cual las partes acordaron que la garantía otorgada cuya suma ascendió a US$ 10,200 Dólares america- nos, que es equivalente a seis rentas mensuales, seríaimputada al pago de la renta mensual de los meses de diciembre 2004 y enero a mayo 2005; Que, de acuerdo a lo establecido en el artículo 2º de la Ley Nº 28267, que modifica entre otros, al artículo 19º de la Ley Nº 26850, los actos iniciados con anterioridad a la presente Ley se rigen según las normas vigentes almomento de su celebración. Asimismo, se menciona en su artículo 4º que la ley será aplicable a los procesos de selección que se convoquen a partir de su vigencia; Que, por tanto, cabe invocar el inciso g) del artículo 19º del TUO Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante DecretoSupremo Nº 012-2001-PCM, que establece que proce- de la exoneración al proceso de selección que corres- ponda, para prorrogar el plazo de contratos de arrenda-miento de inmuebles ocupados por la entidad, siempre y cuando la renta no se incremente en una tasa mayor al crecimiento del índice general de precios al por mayor; Que, en el mismo sentido, el numeral 2 del artículo 119º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante DecretoSupremo Nº 013-2001-PCM, establece que cuando se trate de arrendamiento de bienes inmuebles el plazo podrá ser hasta por el máximo de tres años renovables,reservándose la entidad el derecho de resolver unilate- ralmente el contrato antes del vencimiento previsto, sin reconocimiento de lucro cesante ni daño emergente,sujetándose los reajustes que pudieran acordarse al ín- dice de Precios al Por Mayor a Nivel Nacional que esta- blece el Instituto Nacional de Estadística e Informática -INEI; Que, mediante documento de Vistos, se sustenta la necesidad de seguir contando con el servicio contrata-do, con el objeto de garantizar la continuidad de las activi- dades del INANPE en su local institucional, por lo que resulta necesario prorrogar el contrato bajo las mismascondiciones y hasta por el período de un año, contados a partir del 1 de junio del 2005 hasta el 31 de mayo del 2006, para lo cual existe la disponibilidad presupuestalcorrespondiente y lo que respecta al próximo ejercicio presupuestal será debidamente programado; Que, mediante Informe Legal de Vistos, se concluye que es procedente declarar la aprobación de la exonera- ción del presente proceso bajo la modalidad señalada en el literal g) del artículo 19º de la Ley de Contrataciones yAdquisiciones del Estado, cuyo TUO es aprobado me- diante Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, a fin que se celebre una prórroga al contrato de arrendamiento dellocal institucional; Que, el inciso a) del artículo 20º del Decreto Supre- mo Nº 012-2001-PCM establece que las Resolucionesreferidas a la exoneración de procesos de selección deberán ser aprobadas por Resolución del Titular del Pliego de la entidad, así como que copia de la Resolu-ción que aprueba la exoneración y los informes que la sustentan, deben ser remitidos dentro de los diez días siguientes a la fecha de su aprobación a la ContraloríaGeneral de la República y publicada en el Diario Oficial El Peruano; Que, el Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Antártico Peruano, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 107-2003-RE en el inciso d) del artículo 13º, dispone que el Presidente del Consejo Directivo ejerce laTitularidad del Pliego del Presupuesto del Instituto; De conformidad con lo establecido por la Ley Nº 28268, el Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, el Decreto Su-premo Nº 013-2001-PCM y el Decreto Supremo Nº 107- 2003-RE Reglamento de Organización y Funciones del INANPE;SE RESUELVE: Artículo 1º.- Exonerar del proceso de Adjudica- ción Directa Selectiva a la Prórroga del Contrato deArrendamiento del inmueble para el funcionamiento del Instituto Antártico Peruano, hasta por la suma de US$ 20,400 (Veinte Mil Cuatrocientos y 00/100 Dóla-res Americanos) por el período de un año, mante- niendo las mismas condiciones contractuales vigen- tes. Artículo 2º.- El egreso que origine la presente Resolu- ción se aplicará con cargo a la estructura presupuestal que se detalla: FUNCIÓN : 13 RELACIONES EXTERIORES PROGRAMA : 003 ADMINISTRACIÓNSUBPROGRAMA : 0006 ADMINISTRACIÓN GENERAL ACTIVIDAD : 100267 GESTIÓN ADMINISTRATIVA COMPONENTE : 300693 GESTIÓN ADMINISTRATIVA META : 0001 GERENCIAR RECURSOS HUMANOS, MATERIALES Y FINANCIEROS. Artículo 3º.- Autorizar a la Oficina de Administra- ción, Presupuesto e Informática para que se encargue de la tramitación necesaria para la celebración de laAdenda de prórroga correspondiente. Artículo 4º.- Publicar la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano y comunicarlo dentro de losdiez días de su aprobación a la Contraloría General de la República. Regístrese, comuníquese y publíquese. HUGO DE ZELA Presidente del Consejo Directivo del Instituto Antártico Peruano (INANPE) 10707 SALUD /G44/G65/G73/G69/G67/G6E/G61/G6E/G20/G72/G65/G70/G72/G65/G73/G65/G6E/G74/G61/G6E/G74/G65/G20/G64/G65/G6C/G20/G4D/G69/G6E/G69/G73/G74/G65/G72/G69/G6F /G61/G6E/G74/G65/G20/G43/G6F/G6D/G69/G73/G69/GF3/G6E/G20/G56/G65/G65/G64/G6F/G72/G61/G20/G64/G65/G6C/G20/G63/G75/G6D/G70/G6C/G69/G2D /G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G61/G63/G75/G65/G72/G64/G6F/G73/G20/G71/G75/G65/G20/G6D/G6F/G74/G69/G76/G61/G72/G6F/G6E/G20/G6C/G61 /G73/G75/G73/G70/G65/G6E/G73/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G68/G75/G65/G6C/G67/G61/G20/G6D/GE9/G64/G69/G63/G61 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 434-2005/MINSA Lima, 6 de junio de 2005CONSIDERANDO: Que, por Resolución Suprema Nº 011-2005-SA, de fecha 6 de mayo de 2005, se conformó una Comisión Veedora encargada del cumplimiento de los acuerdoscontenidos en el Acta suscrita el 17 de marzo de 2005, que motivaron la suspensión de la huelga médica a nivel nacional llevada a cabo en el mes de marzo de2005; Que, la citada Comisión Veedora estará integrada, entre otros, por un representante del Ministerio de Sa-lud, quien la presidirá; resultando necesario proceder a su designación; De conformidad con lo previsto en el literal l) del artí- culo 8º de la Ley Nº 27657, Ley del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar al doctor Ricardo BUSTAMANTE QUIROZ, Director General de la Direc-ción General de Promoción de la Salud, como repre- sentante del Ministerio de Salud ante la Comisión Vee- dora, conformada por Resolución Suprema Nº 011-2005-SA, mencionada en la parte considerativa de la presente resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. PILAR MAZZETTI SOLER Ministra de Salud 10650