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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G39/G34/G33/G38/G30 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, jueves 9 de junio de 2005 PRODUCE /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G63/G61/G6D/G62/G69/G6F/G20/G64/G65/G20/G74/G69/G74/G75/G6C/G61/G72/G20/G64/G65/G20/G70/G65/G72/G6D/G69/G2D /G73/G6F/G20/G64/G65/G20/G70/G65/G73/G63/G61/G20/G73/G6F/G6C/G69/G63/G69/G74/G61/G64/G6F/G20/G70/G6F/G72/G20/G45/G6D/G70/G72/G65/G73/G61/G20/G50/G65/G73/G2D /G71/G75/G65/G72/G61/G20/G43/G6F/G6D/G61/G6E/G63/G68/G65/G20/G53/G2E/G41/G2E/G43/G2E/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G6F/G70/G65/G72/G61/G72 /G65/G6D/G62/G61/G72/G63/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G70/G65/G73/G71/G75/G65/G72/G61 RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 133-2005-PRODUCE/DNEPP Lima, 19 de mayo del 2005Visto el escrito de registro Nº CE-09998003 del 26 de noviembre del 2004, presentado por EMPRESA PES-QUERA COMANCHE S.A.C. CONSIDERANDO: Que mediante Resolución Ministerial Nº 690-97-PE del 5 de noviembre de 1997, se otorga a la empresa Conservera Garrido S.A. permiso de pesca a plazo de- terminado, para operar la embarcación pesquera debandera nacional denominada "INJEPASA 17" (ahora "COMANCHE VI") con matrícula Nº CE-6138-PM de 225.00 m3 de capacidad de bodega, para dedicarse a laextracción de los recursos hidrobiológicos anchoveta y sardina, con destino al consumo humano indirecto, en el ámbito del litoral peruano y fuera de las cinco (5) millascosteras, utilizando red de cerco con longitud mínima de abertura de malla de ½ pulgada (13 mm.); Que mediante Resolución Directoral Nº 110-99-PE/ DNE de fecha 7 de mayo de 1999, se autoriza a favor de EMPRESA PESQUERA MAUI S.A., el cambio del titular del permiso de pesca para operar la embarcación pes-quera "COMANCHE VI" (antes "INJEPASA 17") con matrícula Nº CE-6138-PM, en los mismos términos y condiciones en que fue otorgado a la empresa Conserve-ra Garrido S.A.; Que el artículo 34º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE, establece que el permiso de pesca es indesligable de la embarcación a la que corresponde y que durante su vigencia, la transferencia de la propiedad o posesiónde las embarcaciones pesqueras de bandera nacional, conlleva la transferencia de dicho permiso en los mis- mos términos y condiciones en que se otorgaron; Que los artículos 1º y 2º del Decreto Supremo Nº 001-2002-PRODUCE de fecha 5 de setiembre del 2002, establecen que los recursos sardina (Sardinops sagaxsagax), jurel (Trachurus picturatus murphy) y caballa (Scomber japonicus peruanus), serán destinados al con- sumo humano directo; y, que los armadores de las em-barcaciones pesqueras con permiso de pesca indistin- tamente para los recursos sardina, jurel y caballa con destino al consumo humano directo y/o indirecto, sólopodrán desarrollar actividades extractivas de los recur- sos en mención, en el marco del Régimen de Abasteci- miento Permanente a la Industria Conservera, Congela-dora y de Curados, aprobado por Resolución Ministerial Nº 150-2001-PE, debiendo adecuarse a las disposicio- nes contenidas en la citada Resolución; Que mediante el escrito del visto, EMPRESA PES- QUERA COMANCHE S.A.C., solicita el cambio del titu- lar del permiso de pesca para operar la embarcaciónpesquera denominada "COMANCHE VI" con matrícula Nº CE-6138-PM de 225.00 m3 de capacidad de bodega; Que de la evaluación efectuada a los documentos que obran en el expediente, se ha determinado que la empresa recurrente ha cumplido con presentar los re- quisitos establecidos en el procedimiento Nº 6 del TextoÚnico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Producción, aprobado por Decreto Supremo Nº 035-2003-PRODUCE, por lo que resulta procedenteaprobar el cambio del titular solicitado; Estando a lo informado por la Dirección de Consumo Humano Indirecto a través del Informe Nº 025-2005-PRODUCE/DNEPP-Dchi de fecha 18 de enero del 2005 y con la opinión favorable de la Oficina General de Ase- soría Jurídica; De conformidad con lo establecido por el Decreto Ley Nº 25977 -Ley General de Pesca, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE, el Tex-to Único de Procedimientos Administrativos, aprobado por Decreto Supremo Nº 035-2003-PRODUCE, el De- creto Supremo Nº 001-2002-PRODUCE; y, En uso de las facultades conferidas por el artículo 118º del Reglamento de la Ley General de Pesca y el literal c) del artículo 21º del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción, aprobadopor Decreto Supremo Nº 002-2002-PRODUCE; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Aprobar el cambio del titular del permiso de pesca solicitado por EMPRESA PESQUERA COMAN-CHE S.A.C. para operar la embarcación pesquera deno- minada "COMANCHE VI", con matrícula Nº CE-6138- PM, en los mismos términos y condiciones en que fueotorgado, respetando lo establecido por la normatividad pesquera vigente. Artículo 2º.- El acceso al recurso sardina, será ejer- cido conforme a lo dispuesto por el Decreto Supremo Nº 001-2002-PRODUCE, que establece que los recursos sardina, jurel y caballa serán destinados al consumohumano directo, o las normas que lo modifiquen o susti- tuyan; y a las sanciones previstas por su incumplimiento, establecidas en el Decreto Supremo Nº 003-2004-PRODUCE. En este supuesto la totalidad de las bode- gas de la embarcación deben mantener implementado y operativo el medio o sistema de preservación a bordoCSW o RSW, cuyo funcionamiento es obligatorio. Artículo 3º.- Dejar sin efecto la titularidad del permi- so de pesca que fue otorgado a favor de EMPRESAPEQUERA MAUI S.A., mediante la Resolución Directo- ral Nº 110-99-PE/DNE, para operar la embarcación pesquera denominada "COMANCHE VI". Artículo 4º.- Incorporar a EMPRESA PESQUERA COMANCHE S.A.C. como titular del permiso de pesca otorgado para operar la embarcación pesquera denomi-nada "COMANCHE VI", así como la presente Resolu- ción, al literal A del Anexo I de la Resolución Ministerial Nº 284-2003-PRODUCE y al Anexo III de la ResoluciónMinisterial Nº 229-2002-PRODUCE; excluyendo a EM- PRESA PESQUERA MAUI S.A. y la Resolución Directo- ral Nº 110-99-PE/DNE, de dichos anexos. Artículo 5º.- Transcribir la presente Resolución Direc- toral a la Dirección Nacional de Seguimiento, Control y Vigilancia del Ministerio de la Producción, a las Direc-ciones Regionales Sectoriales de la Producción del lito- ral y a la Dirección General de Capitanías y Guardacos- tas del Ministerio de Defensa, y consignarse en el Portalde la Página Web del Ministerio de la Producción: www.produce.gob.pe. Regístrese, comuníquese y publíquese. FERNANDO RICHTER BENDEZÚ Director Nacional de Extracción y Procesamiento Pesquero (e) 10615 RELACIONES EXTERIORES /G45/G78/G6F/G6E/G65/G72/G61/G6E/G20/G64/G65/G20/G70/G72/G6F/G63/G65/G73/G6F/G20/G64/G65/G20/G73/G65/G6C/G65/G63/G63/G69/GF3/G6E/G20/G6C/G61 /G70/G72/GF3/G72/G72/G6F/G67/G61/G20/G64/G65/G20/G63/G6F/G6E/G74/G72/G61/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G61/G72/G72/G65/G6E/G64/G61/G6D/G69/G65/G6E/G2D /G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G69/G6E/G6D/G75/G65/G62/G6C/G65/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G65/G6C/G20/G66/G75/G6E/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F /G64/G65/G6C/G20/G49/G6E/G73/G74/G69/G74/G75/G74/G6F/G20/G41/G6E/G74/GE1/G72/G74/G69/G63/G6F/G20/G50/G65/G72/G75/G61/G6E/G6F RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 0027-INANPE Lima, 30 de mayo de 2005VISTOS: El Memorando Nº 105-05/OAPI de fecha 25 de mayo del 2005 de la Oficina de Administración, Presupuesto e Informática del INANPE y el Informe Legal de fecha 27de mayo del 2005; CONSIDERANDO: Que, en virtud de la Resolución Directoral Nº 0021- 2004/INANPE, publicada el 5 de mayo del 2004 que exo-