Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 10 DE JUNIO DEL AÑO 2005 (10/06/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 44

TEXTO PAGINA: 12

PÆg. 294426 NORMAS LEGALES Lima, viernes 10 de junio de 2005 JUSTICIA Encargan funciones de Director del Programa Sectorial II de la Secretaría TØcnica de Conciliación RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 250-2005-JUS Lima, 6 de junio de 2005 CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución Ministerial Nº 463-2004- JUS, de fecha 14 de setiembre de 2004, se designó al señor abogado Jorge Luis Cáceres Neyra como Direc-tor del Programa Sectorial II de la Secretaría Técnica deConciliación del Despacho Viceministerial del Ministeriode Justicia; Que, por razones personales el citado funcionario ha formulado renuncia al cargo de Director del Programa Sectorial II de la Secretaría Técnica de Conciliación delDespacho Viceministerial del Ministerio de Justicia; Que, es necesario encargar las funciones del Direc- tor del Programa Sectorial II de la Secretaría Técnica deConciliación del Despacho Viceministerial del Ministerio de Justicia; Que, de conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 25993 - Ley Orgánica del Sector Justicia, Decre-to Legislativo Nº 276 y su Reglamento, aprobado porDecreto Supremo Nº 005-90-PCM y la Ley Nº 27594; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aceptar a partir de la fecha, la renun- cia formulada por el señor abogado, JORGE LUISCÁCERES NEYRA, al cargo de Director del ProgramaSectorial II de la Secretaría Técnica de Conciliación del Despacho Viceministerial del Ministerio de Justi- cia, dejando sin efecto la Resolución MinisterialNº 463-2004-JUS, de fecha 14 de setiembre de 2004,y agradecerle por los importantes servicios presta-dos a la nación. Artículo 2º.- Encargar a partir de la fecha las funcio- nes del cargo de Director de Programa Sectorial II de la Secretaría Técnica de Conciliación del Ministerio de Jus-ticia, al señor abogado RAUL ROBIN CALLIRGOSVELARDE, Director Nacional de Justicia del Ministeriode Justicia, en adición a sus funciones. Regístrese, comuníquese y publíquese. EDUARDO SALHUANA CAVIDES Ministro de Justicia 10714 Autorizan a procurador para que en representación de COFOPRI demandela nulidad de resolución relativa a prescripción adquisitiva de dominio de inmueble ubicado en la provincia deChiclayo RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 254-2005-JUS Lima, 6 de junio de 2005 Visto el Oficio Nº 1295-2005-JUS-PPMJ, de fecha 18 de mayo de 2005, de la Procuraduría Pública a cargo delos Asuntos Judiciales del Ministerio de Justicia; CONSIDERANDO: Que, mediante solicitud Nº 215001031, de fecha 22 de mayo de 2001, se solicitó ante la Comisión de laFormalización de la Propiedad Informal - COFOPRI la prescripción adquisitiva de dominio sobre el lote 24 man-zana 19 del Pueblo Joven El Porvenir, ubicado en eldistrito y provincia de Chiclayo; Que, por Resolución Nº 012-2002-COFOPRI/JLAM, de fecha 11 de enero de 2002, la Oficina de Jurisdicción Ampliada de la Sede Central Lima - Ciudad Lambayeque de COFOPRI declaró improcedente la petición de decla-ración de prescripción adquisitiva del lote 24 manzana19 del Pueblo Joven El Porvenir; Que, el Tribunal Constitucional, mediante sentencia de recaída en el expediente Nº 012-2001-I/TC publicada el 5 de julio de 2002, declaró inconstitucionales los artículos 6º, 7º y 8º de la Ley Nº 26878, referida a lafacultad de COFOPRI de declarar la regularización deltracto sucesivo y la prescripción adquisitiva de dominio,así como el artículo 1º de la Ley Nº 27135 que modificael artículo 3º de la Ley Nº 26878; Que, mediante Resolución del Tribunal Administrati- vo de la Propiedad Nº 225-2002-COFOPRI/TAP, de fe-cha 15 de julio de 2002, se revocó la Resolución de laJefatura de la Jurisdicción ampliada de la sede CentralLima - Ciudad Lambayeque Nº 012-2002-COFOPRI/JLAM, declarando fundada la solicitud de prescripción referida al lote 24 manzana 19 del Pueblo Joven El Porvenir; Que, mediante Oficio Nº 141-2005-COFOPRI/GL, de fecha 29 de abril de 2005, la Gerencia de Asesoría Legalde COFOPRI remite a la Procuraduría Pública a cargode los asuntos judiciales del Ministerio de Justicia, el Informe s/n sobre el procedimiento administrativo de declaración de prescripción adquisitiva del inmueble ubi-cado en el lote 24 manzana 19 del Pueblo Joven ElPorvenir, así como los respectivos antecedentes, a efectoque se expida la Resolución Ministerial que autorice ini-ciar proceso contencioso administrativo, de conformi- dad con lo establecido en la Ley Nº 27584; Que, según se expone en el referido Informe la Resolución del Tribunal Administrativo de la PropiedadNº 225-2002-COFOPRI/TAP, de fecha 15 de julio de 2002,fue emitida con posterioridad a la sentencia del TribunalConstitucional que declaró inconstitucionales los artícu- los 6º, 7º y 8º de la Ley General de Habilitaciones Urba- nas y el artículo 1º de la Ley Nº 27135, por lo que deacuerdo con el artículo 204º de la Constitución Políticadel Perú de 1993, la sentencia dejó sin efecto dichosartículos al día siguiente de su publicación, esto es el 6de julio de 2002, no siendo el Tribunal Administrativo com- petente para emitir pronunciamiento sobre la prescrip- ción adquisitiva de dominio; Que, de acuerdo con el inciso 2) del artículo 10º de la Ley del Procedimiento Administrativo General - LeyNº 27444, es vicio del acto administrativo, que causa sunulidad de pleno derecho, el defecto o la omisión de alguno de sus requisitos de validez, por lo que al haber- se emitido Resolución por Entidad incompetente, se haincurrido en causal de nulidad; Que, de conformidad con el inciso 5) del artículo 202º de la Ley Nº 27444, los actos administrativos emitidospor Consejos o Tribunales regidos por Leyes especiales competentes para resolver controversias en última ins- tancia administrativa, no pueden ser objeto de declara-ción de nulidad de oficio, sino sólo procede demandar sunulidad ante el Poder Judicial, vía el proceso contencio-so-administrativo; De conformidad con lo dispuesto por el artículo 47º de la Constitución Política del Perú, artículos 2º y 8º del Decreto Ley Nº 25993, Ley Orgánica del Sector Justi-cia, y artículo 12º del Decreto Ley Nº 17537, Ley deRepresentación y Defensa del Estado en Juicio, modifi-cado por Decreto Ley Nº 17667; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar al Procurador Público a car- go de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Justicia,para que en representación y defensa de los intereses del Estado, Comisión de la Formalización de la Propie- dad Informal - COFOPRI, interponga las acciones judi-ciales que correspondan, conforme a los fundamentosexpuestos en la parte considerativa de la presenteResolución.