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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G39/G34/G35/G32/G31 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, domingo 12 de junio de 2005 c) Habilitación del ómnibus de placa de rodaje Nº UQ-9130. Que, el artículo 58º del Reglamento Nacional de Admi- nistración de Transportes aprobado por Decreto Supre- mo Nº 009-2004-MTC, prescribe que la Dirección Gene- ral de Circulación Terrestre, otorgará concesión inter-provincial para transporte interprovincial regular de per- sonas de ámbito nacional; Que, la Subdirección de Autorizaciones de la Direc- ción de Registros y Autorizaciones, en el Informe Nº 3077-2005-MTC/15.02.2 modificado por el Informe Nº 3643-2005-MTC/15.02.2, concluye que la solicitudde La Empresa no se encuentra comprendida en el mandato de suspensión de otorgamiento de nuevas concesiones, dispuesta en la Décima Cuarta Disposi-ción Transitoria del Reglamento Nacional de Adminis- tración de Transportes aprobado por Decreto Supremo Nº 009-2004-MTC ni en lo dispuesto en el artículo 5ºdel Decreto Supremo Nº 038-2004-MTC, que ha pre- sentado la documentación y requisitos establecidos en el Texto Único de Procedimientos Administrativos apro-bado por Decreto Supremo Nº 008-2002-MTC, y ha acreditado el cumplimiento de los requisitos técnicos de idoneidad y las condiciones de seguridad y calidadestablecidos en el Reglamento Nacional de Administra- ción de Transportes aprobado por Decreto Supremo Nº 009-2004-MTC para el otorgamiento de la nueva con-cesión de ruta: Arequipa-Cusco y viceversa, con las unidades vehiculares de placas de rodaje Nºs. UQ- 9130, UO-1184, UQ-1429, UH-2543 y UH-4489; Que, del Informe Nº 3077-2005-MTC/15.02.2 elabo- rado por la Subdirección de Autorizaciones de la Direc- ción de Registros y Autorizaciones se verifica que losómnibus de placas de rodaje Nºs. UH-2543 y UQ-9130 se encuentran habilitados a nombre de las empresas TRANSPORTE ZELA S.R.LTDA. y TRANSPORTES SANCRISTÓBAL S.A., respectivamente, por lo que de con- formidad con lo dispuesto en el artículo 87º del Regla- mento Nacional de Administración de Transportes, debedisponerse de oficio la baja de las citadas unidades ve- hiculares del registro correspondiente; Que, con relación al desistimiento formulado por La Empresa, con expediente de registro Nº 019287, la administración considera viable admitir y aceptar el desistimiento a la habilitación de los ómnibus de pla-cas de rodaje Nºs. UH-4241 y UI-9905 de acuerdo a lo prescrito en el numeral 189.5 del artículo 189º de la Ley del Procedimiento Administrativo General - LeyNº 27444; Que, son aplicables al presente caso, los principios de presunción de veracidad y de privilegios de controlesposteriores establecidos en la Ley del Procedimiento Administrativo General - Ley Nº 27444; Que, en consecuencia, es necesario dictar las medi- das administrativas correspondientes; Estando a lo opinado por la Dirección de Registros y Autorizaciones en Memorandos Nºs. 1404 y 1725-2005-MTC/15.02 y por la Asesoría Legal de la Dirección Ge- neral de Circulación Terrestre en Informe Nº 765-2005- MTC/15.AL; De conformidad con lo dispuesto en el Reglamento Nacional de Administración de Transportes aprobado porDecreto Supremo Nº 009-2004-MTC, Ley Nº 27444-Ley del Procedimiento Administrativo General, Texto Único de Procedimientos Administrativos aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2002-MTC y Ley Nº 27791 - Ley deOrganización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aceptar el desistimiento formu- lado por TURISMO TOURS HUAMANGA DEL SUR E.I.R.LTDA., bajo el expediente de registro Nº 019287,respecto a la habilitación de los ómnibus de placas de rodaje Nºs. UH-4241 y UI-9905. Artículo Segundo.- Otorgar a favor de TURISMO TOURS HUAMANGA DEL SUR E.I.R.LTDA., la conce- sión interprovincial para efectuar servicio de transporte interprovincial regular de personas en la ruta: Arequipa-Cusco y viceversa, por el período de diez (10) años, contados a partir de la fecha de expedición de la presen- te Resolución, de acuerdo a los siguientes términos: RUTA : AREQUIPA - CUSCO y viceversa ORIGEN : AREQUIPA DESTINO : CUSCO ITINERARIO : IMATA - ESPINAR - EL DESCANSO - SICUANI - URCOS ESCALA COMERCIAL : ESPINAR - SICUANIFRECUENCIA : Dos (2) diarias en cada extremo de ruta FLOTA VEHICULAR : Ci nco (5) ómnibus FLOTA OPERATIVA : Cuatro (4) ómnibus de placas de rodaje Nºs. UQ-9130 (1993), UO- 1184 (1992), UQ-1429 (1991) y UH-2543 (1991). FLOTA DE RESERVA : Un (1) ómnibus de placa de rodaje Nº UH-4489 (1989) HORARIOS : Sali das de Arequipa, a las 07:00 y 19:00 horasSalida de Cusco, a las 06:00 y 18:00 horas Artículo Tercero.- La Dirección de Registros y Autori- zaciones deberá inscribir la presente autorización en el Registro Nacional de Transporte de Personas. Artículo Cuarto.- Dar de baja a los ómnibus de pla- cas de rodaje Nºs. UH-2543 y UQ-9130 del registro de las empresas TRANSPORTE ZELA S.R.LTDA. yTRANSPORTES SAN CRISTÓBAL S.A., debiéndose comunicar de dicho acto a las mencionadas concesiona- rias para que devuelvan las tarjetas de circulación res-pectivas. Artículo Quinto.- La presente Resolución deberá ser publicada por TURISMO TOURS HUAMANGA DEL