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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE JUNIO DEL AÑO 2005 (18/06/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 23

PÆg. 294969 NORMAS LEGALES Lima, sábado 18 de junio de 2005 Artículo 4º.- La presente resolución suprema no otor- gará derecho a exoneración de impuestos o de dere-chos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 5º.- La presente resolución será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y el Ministrode Transportes y Comunicaciones. Regístrese, comuníquese y publíquese.Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República CARLOS FERRERO Presidente del Consejo de Ministros JOSÉ ORTIZ RIVERA Ministro de Transportes y Comunicaciones 11241 Autorizan viaje de Inspector de la Di- rección General de AeronÆutica Civil aEE.UU., en comisión de servicios RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 374-2005-MTC/02 Lima, 14 de junio de 2005 CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27619 que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos,en concordancia con sus normas reglamentarias apro- badas por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, esta- blece que para el caso de los servidores y funcionariospúblicos de los Ministerios, entre otras entidades, la au- torización de viaje se otorgará por Resolución Ministerial del respectivo Sector, la que deberá ser publicada en elDiario Oficial El Peruano con anterioridad al viaje, con excepción de las autorizaciones de viajes que no irro- guen gastos al Estado; Que, el Decreto de Urgencia Nº 015-2004 dispone que los viajes al exterior que irroguen gasto al Tesoro Público, de funcionarios, servidores públicos o represen-tantes del Poder Ejecutivo, a que se refieren el primer y segundo párrafo del artículo 1º de la Ley Nº 27619, que- dan prohibidos por el ejercicio fiscal 2005, prohibición queno es aplicable a los sectores Relaciones Exteriores y Comercio Exterior y Turismo, así como la Dirección de Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportes y Comuni-caciones, en cuyos casos los viajes serán autorizados a través de resolución del Titular del Pliego respectivo, la misma que deberá ser publicada en el Diario Oficial ElPeruano antes del inicio de la comisión de servicios; Que, la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronáutica Civil del Perú, establece que la Autoridad Aeronáutica Civil esejercida por la Dirección General de Aeronáutica Civil como dependencia especializada del Ministerio de Trans- portes y Comunicaciones; Que, la Dirección General de Aeronáutica Civil, a fin de cumplir con los estándares aeronáuticos internacio- nales establecidos en el Convenio de Chicago sobreAviación Civil y poder mantener la calificación de Cate- goría - I otorgada al Perú por la Organización de Avia- ción Civil Internacional, debe mantener un programa anualde vigilancia sobre la seguridad operacional a través de la ejecución de inspecciones técnicas a los explotado- res aéreos en el país, basado en las disposiciones esta-blecidas en el citado Convenio y en los estándares de la Organización de Aviación Civil Internacional; Que, la empresa LC Busre S.A.C., con Carta LCB GO-106-05, del 23 de mayo de 2005, en el marco del Procedimiento Nº 5 de la sección correspondiente a la Dirección General de Aeronáutica Civil (Evaluación dePersonal), establecido en el Texto Único de Procedimien- tos Administrativos del Ministerio de Transportes y Co- municaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2002-MTC, solicita a la Dirección General de Aeronáuti- ca Civil, efectuar un chequeo técnico en simulador devuelo del equipo Metroliner III, en el Centro de Entrena- miento de Flight Safety International de la ciudad de San Antonio, Texas, a su personal aeronáutico propuesto,durante el día 23 de junio de 2005; Que, conforme se desprende de los Recibos de Aco- tación Nºs. 16015 y 16016, la solicitante ha cumplido conel pago del derecho de tramitación correspondiente al Procedimiento a que se refiere el considerando anterior, ante la Dirección de Tesorería del Ministerio de Trans-portes y Comunicaciones; Que, en tal sentido, los costos del respectivo viaje de inspección, están íntegramente cubiertos por la empre-sa solicitante del servicio, incluyendo el pago de los viá- ticos y la Tarifa Única de Uso de Aeropuerto; Que, la Dirección de Seguridad Aérea de la Dirección General de Aeronáutica Civil, ha emitido la Orden de Inspección Nº 1123-2005-MTC/12.04-SDO designando al inspector Carlos Atilio Alván Cabrejos, para realizarun chequeo técnico en simulador de vuelo del equipo Metroliner III, en el centro de entrenamiento de Flight Safety International, al personal aeronáutico propuestopor la empresa LC Busre S.A.C., en la ciudad de San Antonio, Texas, Estados Unidos de América, durante los días 22 al 24 de junio de 2005; Que, por lo expuesto, resulta necesario autorizar el viaje del referido Inspector de la Dirección General de Aeronáutica Civil para que, en cumplimiento de lasfunciones que le asigna la Ley Nº 27261 y su Regla- mento, pueda realizar el chequeo técnico a que se contrae la Orden de Inspección Nº 1123-2005-MTC/12.04-SDO; De conformidad con la Ley Nº 27261, Ley Nº 27619, el Decreto de Urgencia Nº 015-2004 y el Decreto Supre-mo Nº 047-2002-PCM; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar el viaje del señor Carlos Atilio Alván Cabrejos, Inspector de la Dirección General deAeronáutica Civil del Ministerio de Transportes y Comu- nicaciones, a la ciudad de San Antonio, Texas, Estados Unidos de América, durante los días 22 al 24 de junio de2005, para los fines a que se contrae la parte considera- tiva de la presente Resolución. Artículo 2º.- El gasto que demande el viaje autoriza- do precedentemente, ha sido íntegramente cubierto por la empresa LC Busre S.A.C. a través de los Recibos de Acotación Nº 16015 y 16016, abonados a la Direcciónde Tesorería del Ministerio de Transportes y Comunica- ciones, incluyendo las asignaciones por concepto de viáticos y tarifa por uso de aeropuerto, de acuerdo alsiguiente detalle : Viáticos US$ 660.00 Tarifa por Uso de Aeropuerto US$ 28.24 Artículo 3º.- Conforme a lo dispuesto por el artículo 10º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, el Inspec- tor mencionado en el artículo 1º de la presente Resolu- ción Ministerial, dentro de los quince (15) días calenda-rio siguientes de efectuado el viaje, deberá presentar un informe al Despacho Ministerial, con copia a la Oficina General de Administración del Ministerio de Transportesy Comunicaciones, describiendo las acciones realiza- das y los resultados obtenidos durante el viaje autoriza- do. Artículo 4º.- La presente Resolución Ministerial no dará derecho a exoneración o liberación de impuestos o derechos aduaneros, cualquiera fuera su clase o deno-minación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ JAVIER ORTIZ RIVERA Ministro de Transportes y Comunicaciones 11120