Norma Legal Oficial del día 18 de junio del año 2005 (18/06/2005)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 18 de junio de 2005

Otorgan autorizacion a persona juridica para prestar servicio de radiodifusion sonora comercial en FM
RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 283-2005-MTC/03

nacion de Frecuencias, aprobado por Resolucion Viceministerial Nº 204-2004-MTC/03 y la Resolucion Ministerial Nº 358-2003-MTC/03 que aprueba las Normas Tecnicas del Servicio de Radiodifusion ; y, Con la opinion favorable del Director General de Gestion de Telecomunicaciones; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Otorgar autorizacion a la EMPRESA RADIO DIFUSORA SOCIEDAD MORDAZA AMERICANA DE RADIODIFUSION TOCACHINA S.R.L., por el plazo de diez (10) anos, para prestar el servicio de radiodifusion sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM), en la localidad de Tocache, del distrito y provincia de Tocache, departamento de San Martin; de acuerdo a las condiciones esenciales y caracteristicas tecnicas que se detallan a continuacion:
Condiciones Esenciales: Servicio Frecuencia Modalidad Caracteristicas Tecnicas: Indicativo Emision : FM : 105.7 MHZ : COMERCIAL

MORDAZA, 10 de junio del 2005 VISTO, el Expediente Nº 2003-021596 presentado por la EMPRESA RADIO DIFUSORA SOCIEDAD MORDAZA AMERICANA DE RADIO DIFUSION TOCACHINA S.R.L., sobre otorgamiento de autorizacion para la prestacion del servicio de radiodifusion sonora comercial en Frecuencia Modulada, en la localidad de Tocache, del distrito y provincia de Tocache, departamento de San Martin; CONSIDERANDO: Que, el articulo 14º de la Ley de Radio y Television Ley Nº 28278, establece que para la prestacion del servicio de radiodifusion, en cualquiera de las modalidades, se requiere de autorizacion, la cual se otorga por Resolucion del Viceministro de Comunicaciones, segun lo previsto en el articulo 19º del Reglamento de la Ley de Radio y Television, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC; Que, asimismo el articulo 14º de la Ley de Radio y Television establece que la autorizacion es la facultad que otorga el Estado a personas naturales o juridicas para establecer un servicio de radiodifusion. Asimismo, senala que la instalacion de equipos en una estacion de radiodifusion requiere de permiso, el cual es la facultad que otorga el Estado a personas naturales o juridicas para instalar en un lugar determinado equipos de radiodifusion; Que, el articulo 26º de la Ley de Radio y Television establece que otorgada la autorizacion para prestar el servicio de radiodifusion, se inicia un periodo de instalacion y prueba que tiene una duracion improrrogable de doce (12) meses; Que, el articulo 183º del Texto Unico Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones senala que para obtener autorizacion para prestar el servicio de radiodifusion se requiere presentar una solicitud, la misma que se debe acompanar con la informacion y documentacion que en dicha MORDAZA se detallan, asimismo debe acompanarse la documentacion tendiente a verificar el cumplimiento del articulo 25º del Reglamento de la Ley de Radio y Television; normas aplicables en virtud del mandato contenido en la Primera Disposicion Final y Transitoria del acotado Reglamento; Que, mediante Informe Nº 612-2005-MTC/17.01.ssr, la Direccion de Concesiones y Autorizaciones de Telecomunicaciones, senala que la solicitud presentada por la EMPRESA RADIO DIFUSORA SOCIEDAD MORDAZA AMERICANA DE RADIO DIFUSION TOCACHINA S.R.L. cumple con los requisitos tecnicos y legales, por lo que resulta procedente otorgar a la referida empresa la autorizacion y permiso solicitados; senalandose ademas que debe establecerse como obligacion, a cargo de la MORDAZA mencionada empresa, la MORDAZA del proyecto de comunicacion dentro del periodo de instalacion y prueba, documento que es requerido por la administracion a efectos de evaluarse el cumplimiento de las obligaciones legales derivadas del otorgamiento de la autorizacion; De conformidad con el Texto Unico Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones aprobado por Decreto Supremo Nº 013-93-TCC, el Texto Unico Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 027-2004-MTC, la Ley de Radio y Television - Ley Nº 28278, la Primera Disposicion Final y Transitoria del Reglamento de la Ley de Radio y Television, aprobada por Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC, el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2002-MTC, el Plan de Canalizacion y Asig-

: OCT-9N : 256KF8E

Potencia Nominal del Transmisor : 0.25 KW Ubicacion de la Estacion: Estudios

: MORDAZA MORDAZA MORDAZA Nº 860, distrito y provincia de Tocache, departamento de San Martin. : Longitud Oeste : 76° 30' 49" Latitud Sur : 08° 11' 39" : Sector Limon, MORDAZA Mercedez, distrito y provincia de Tocache, departamento de San Martin. : Longitud Oeste : 76° 30' 29.16" Latitud Sur : 08° 11' 55.08" : El area comprendida dentro del contorno de 66 dBµV/m

Coordenadas Geograficas

Planta

Coordenadas Geograficas

MORDAZA de Servicio

La autorizacion otorgada incluye el permiso para instalar los equipos de radiodifusion correspondientes. El plazo de la autorizacion y el permiso concedidos se computaran a partir del dia siguiente de notificada la presente Resolucion, la cual ademas sera publicada en el Diario Oficial El Peruano. Articulo 2º.- La autorizacion que se otorga en el articulo precedente, se inicia con un periodo de instalacion y prueba de doce (12) meses improrrogables, dentro del cual la titular de la autorizacion debera cumplir con las obligaciones que a continuacion se indican: - Instalar los equipos requeridos para la prestacion del servicio conforme a las condiciones esenciales y a las caracteristicas tecnicas aprobadas en la presente autorizacion. - Realizar las respectivas pruebas de funcionamiento. - Los equipos instalados deberan contar con el respectivo Certificado de Homologacion. La respectiva inspeccion tecnica se efectuara de oficio hasta dentro de los tres (3) meses siguientes al vencimiento del mencionado periodo, y en la cual se verificara la correcta instalacion de la estacion, incluyendo la homologacion del equipamiento asi como el cumplimiento de las condiciones esenciales y caracteristicas tecnicas indicadas en el articulo 1º de la presente Resolucion. Sin perjuicio de lo MORDAZA indicado, la titular podra solicitar la realizacion de la inspeccion tecnica MORDAZA del

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