Norma Legal Oficial del día 18 de junio del año 2005 (18/06/2005)


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NORMAS LEGALES PROYECTO

MORDAZA, sabado 18 de junio de 2005

CAPITULO MORDAZA RESPONSABILIDADES DE LOS INVOLUCRADOS Articulo 6º.- Responsabilidades del Interesado 6.1. El Interesado es responsable de solicitar ante el Concesionario la respectiva factibilidad de suministro, acreditando su calidad de propietario o de representante, mediante la siguiente documentacion: a. Para Asociaciones de Vivienda o Asociaciones de Usuarios, MORDAZA de la ficha vigente de inscripcion en los Registros Publicos de la junta directiva elegida en asamblea. b. Para Asentamientos Humanos, MORDAZA del documento de reconocimiento de la junta directiva expedida por la municipalidad correspondiente. c. Para empresas constituidas, MORDAZA del documento emitido por Registros Publicos que acredite la representacion legal de la persona solicitante y MORDAZA del DNI del representante legal. d. Para propietarios de lotes o predios unicos, MORDAZA del DNI correspondiente y del documento que acredite la propiedad del predio. En caso de predios alquilados, el Interesado acreditara la autorizacion del propietario y el consentimiento para tratar con la Concesionaria, los temas relacionados al proyecto vinculados con su propiedad. 6.2. Ante denegatoria del proyecto por no ser viable economicamente y ante la decision de la construccion de las obras directamente por parte del Interesado, este a efectos de acceder a un suministro debera: a. Encargar a un Proyectista la elaboracion del proyecto de expansion de las redes, en los casos de aquellas obras consideradas Obras de Magnitud. b. Dar aviso al Concesionario de su intencion de llevar adelante las obras con quince (15) dias de anticipacion. c. Encargar a un Contratista Especializado la ejecucion de las obras de expansion del Sistema de Distribucion. d. Obtener de las autoridades respectivas, los permisos y autorizaciones que correspondan. e. Efectuar los pagos que correspondan realizar ante el Concesionario, y que esten autorizados o expresamente regulados por OSINERG. f. Suscribir con el Concesionario el respectivo contrato de suministro, establecer en acuerdo de partes, el monto de las inversiones a efectuar por el Interesado que pasaran a la Cuenta de Equilibrio Tarifario, el uso de los terrenos requeridos para las Estaciones de Regulacion y Medicion, fajas de servidumbre, etc. g. Tener bajo su responsabilidad las obras ejecutadas por el Contratista Especializado, hasta la emision por parte del Concesionario de la resolucion de recepcion correspondiente. Articulo 7º.- Responsabilidades del Concesionario El Concesionario es responsable de: 7.1 Brindar el servicio a quien lo solicite en un plazo no mayor a sesenta (60) dias en caso existiera la Infraestructura Necesaria en la Zona; y no existiendo dicha infraestructura, en un plazo que no excedera a: i) doce meses, o ii) al previsto en 7.2

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el Plan Anual de Inversiones, siempre que el Suministro se considere tecnica y economicamente viable. Recibir, evaluar y atender dentro de los plazos establecidos, todas las solicitudes formuladas por el Interesado, el Proyectista o el Contratista Especializado, en lo que corresponda a la expansion de la red y obras requeridas. Designar a un ingeniero del plantel de profesionales del Concesionario, como Revisor del proyecto o como Supervisor de Obras, segun corresponda. Emitir el documento de aprobacion de aquellas obras o proyectos considerados Obras de Magnitud. En obra, revisar por intermedio del Supervisor asignado, la calidad de los materiales y equipos a instalarse o instalados; ademas, de supervisar los trabajos, planteando adecuada y oportunamente las observaciones a que hubiere lugar, cuidando que MORDAZA subsanadas correctamente. Informar oportunamente a los Proyectistas y Contratistas Especializados sobre los Manuales de Diseno y Construccion del Concesionario, las normas de montaje de las instalaciones, las especificaciones tecnicas de los equipos y materiales tecnicamente aceptados por el Concesionario y la relacion de proveedores de los mismos. Atender y resolver las reclamaciones formuladas por el Interesado, el Proyectista y el Contratista Especializado segun corresponda; admitiendo aquellos reclamos justificados y denegando fundamentadamente los improcedentes, de acuerdo a lo establecido en el articulo 36º de la presente Norma. Cumplir y hacer cumplir al Contratista Especializado las Normas de Seguridad para la Distribucion de Gas Natural por Red de Ductos, contenidas en el Anexo 1 del Reglamento; y demas normas tecnicas aplicables. Dar la conformidad de obra, recibir y poner en servicio las instalaciones que le MORDAZA transferidas por el Interesado.

Articulo 8º.- Responsabilidades del Proyectista El Proyectista es responsable de: 8.1 Elaborar el proyecto cumpliendo con lo establecido en las normas tecnicas aplicables, en especial, el Reglamento, las disposiciones tecnicas y legales vigentes, la presente MORDAZA y los requisitos tecnicos establecidos por el Concesionario en sus manuales de diseno y construccion. 8.2 Presentar al Concesionario el proyecto elaborado, directamente o por intermedio del Interesado, y coordinar con el mismo la subsanacion de las observaciones que este hubiere encontrado al respecto, para una vez levantadas a cabalidad, presentarlo para su aprobacion o conformidad segun corresponda. 8.3 Sellar y firmar la documentacion del proyecto incluyendo los planos. Articulo 9º.- Responsabilidades del Contratista Especializado El Contratista Especializado es responsable de: 9.1 Designar un ingeniero residente y dar a conocer al Concesionario el cronograma de adquisicion de materiales y el cronograma de ejecucion de las obras, MORDAZA del inicio de las mismas, en un plazo no menor de quince (15) dias. 9.2 Dotar de implementos de seguridad e higiene requeridos por el personal de la obra y cumplir con todos los aspectos de las reglamentaciones vigentes de higiene, salud, seguridad y medioambiente.

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