Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE JUNIO DEL AÑO 2005 (18/06/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 34

PÆg. 294980 NORMAS LEGALES Lima, sábado 18 de junio de 2005 haber suscrito injustificadamente el contrato, causal tipi- ficada en el inciso a) del artículo 205º del Reglamentovigente al momento de cometida la infracción, según Resolución Nº 467/2005.TC-SU de 20.5.05, sanción que se computará a partir del cuarto día hábil siguiente depublicada la indicada resolución, al no contar con domi- cilio cierto el infractor. 16. IMPREGRAF y/o Cristian Bañón Benito, Suspen- sión de doce (12) meses en su derecho de participar en procesos de selección y contratar con el Estado, por incumplimiento injustificado de obligaciones derivadas delas órdenes de compra emitidas a su favor, causal tipifica- da en el inciso a) del artículo 205º del Reglamento vigente al momento de cometida la infracción, según ResoluciónNº 468/2005.TC-SU de 20.5.05, sanción que entrará en vigencia a partir del cuarto día hábil siguiente de notificada la indicada resolución. 17.HERRERA DIESEL S.A., Suspensión de trece (13) meses en su derecho de participar en procesos de se- lección y contratar con el Estado, por no haber suscrito injustificadamente el contrato, causal tipificada en el inci-so a) del artículo 205º del Reglamento vigente al mo- mento de cometida la infracción, según Resolución Nº 469/2005.TC-SU de 20.5.05, sanción que entrará envigencia a partir del cuarto día hábil siguiente de notifica- da la indicada resolución. 18.MARIO TEÓFILO GARRIDO TELENTA, Inhabili- tación Definitiva en su derecho de participar en proce- sos de selección y contratar con el Estado, al haberse configurado la causal de reincidencia establecida en elartículo 209º, del Reglamento vigente al momento de cometida la infracción, según Resolución Nº 470/ 2005.TC-SU de 20.5.05, sanción que entrará en vigen-cia a partir del cuarto día hábil siguiente de notificada la indicada resolución. 19. EMPRESA PRODUCTORA DE CARNES S.R.L. (PROCARNES) , Suspensión de un (1) año en su de-recho de participar en procesos de selección y con- tratar con el Estado, por presentación de documentos falsos y/o declaración jurada con información inexac-ta, causal tipificada en el inciso f) del artículo 205º del Reglamento vigente al momento de cometida la infrac- ción, según Resolución Nº 471/2005.TC-SU de20.5.05, sanción que entrará en vigencia a partir del cuarto día hábil siguiente de notificada la indicada re- solución. 20.MIGUEL ANGEL ROMERO GUERRERO, Sus- pensión de un (1) año en su derecho de participar en procesos de selección y contratar con el Estado, porpresentación de documentos falsos y/o declaración ju- rada con información inexacta, causal tipificada en el inciso f) del artículo 205º del Reglamento vigente almomento de cometida la infracción, según Resolución Nº 472/2005.TC-SU de 20.5.05, sanción que entrará en vigencia a partir del cuarto día hábil de notificada laindicada resolución. 21.INGENIERO CARLOS ALBERTO ALDAVE RUÍZ, Suspensión de ocho (8) meses en su derecho de pre- sentarse en procesos de selección y contratar con elEstado, por presentación de documentos falsos, causal tipificada en el inciso f) del artículo 205º del Reglamento vigente al momento de cometida la infracción, segúnResolución Nº 473/2005.TC-SU de 20.5.05, sanción que será efectiva desde el cuarto día hábil de notificada la indicada resolución. 22. ELECTROMECATRÓNICA SOCIEDAD CO- MERCIAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA - EL. MT. S.R.L”, Suspensión de diez (10) meses en suderecho de presentarse en procesos de selección y contratar con el Estado, por presentación de docu- mentos falsos y/o declaración jurada con informa-ción inexacta, causal tipificada en el inciso f) del artí- culo 205º del Reglamento vigente al momento de co- metida la infracción, según Resolución Nº 474/2005.TC-SU de 20.5.05, sanción que será efectiva desde el cuarto día hábil siguiente de notificada la indicada resolución.23. DISTRIBUIDORA MAYORISTA DE MATERIA- LES DE CONSTRUCCIÓN STRONG S.A.C. - DIM-MACOS S.A.C., Suspensión de un año (1) en su de- recho de presentarse en procesos de selección y contratar con el Estado, por presentación de docu-mentos falsos y/o declaración jurada con informa- ción inexacta, causal tipificada en el inciso f) del artí- culo 205º del Reglamento vigente al momento de co-metida la infracción, según Resolución Nº 475/ 2005.TC-SU de 20.5.05, sanción que será efectiva desde el cuarto día hábil siguiente de notificada laindicada resolución. Artículo Segundo.- Disponer que la Gerencia de Registros incorpore la relación de inhabilitados para contratar con el Estado del mes de mayo a la página web de la entidad, www.consucode .gob.pe, donde se encuentran consignados los inhabilitados de meses anteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese. RICARDO SALAZAR CHÁVEZ Presidente 11091 INACC Encargan funciones de brindar informa- ción de conformidad con la Ley deTransparencia y Acceso a la Informa-ción Pœblica RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 2509-2005-INACC/J Lima, 16 de junio de 2005 CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución Suprema Nº 034-2005- EM, se encarga de manera temporal el puesto deJefe Institucional del Instituto Nacional de Concesio- nes y Catastro Minero - INACC, al abogado Juan Francisco Baldeón Ríos, Director General de Aseso-ría Jurídica, hasta que se efectué la designación del titular; Que, mediante la Resolución Jefatural Nº 467- 2003- INACC/J del 26 de febrero del 2003 se designó al abogado Juan Francisco Baldeón Ríos, como funcionario el res- ponsable de brindar la información que demanden las per-sonas en aplicación del principio de publicidad, con el fin de garantizar y promover la transparencia en la actuación de la entidad, en virtud de lo establecido en la Ley deTransparencia y Acceso a la Información aprobado por Ley Nº 27806; Que, por razones de servicio, resulta necesario encargar dichas funciones en tanto dure el encargo efec- tuado mediante la Resolución Suprema Nº 34-2005-EM; De conformidad con lo dispuesto en el Artículo 8º del Decreto Supremo Nº 002-2003-EM; Con los visados de los Directores Generales de la Oficina de Administración y de la Oficina General deAsesoría Jurídica; SE RESUELVE:Artículo Único.- Encargar al señor abogado José Antonio Nina Romero, Director de la Unidad de Admi-nistración Documentaria, las funciones de brindar la información que demanden las personas en aplica- ción del principio de publicidad, con el fin de garanti-zar y promover la transparencia en la actuación de la entidad, en virtud de lo establecido en la Ley de Trans- parencia y Acceso a la Información aprobado porLey Nº 27806, hasta la conclusión del encargo efec-