Norma Legal Oficial del día 18 de junio del año 2005 (18/06/2005)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 18 de junio de 2005

Que el Rector de la Universidad Nacional Mayor de San MORDAZA, mediante Carta s/n de fecha 9 de junio de 2005, acredita al Dr. MORDAZA MORDAZA ASCARZA, Decano de la Facultad de Ciencias Administrativas para que participe en dicho evento en calidad de MORDAZA representante de nuestra Universidad; Que dicho evento academico permitira reunir a un amplio numero de Rectores Iberoamericanos para discutir nuevas formas de colaboracion, conocer los avances mas importantes en el area de la educacion a distancia y las nuevas tecnologias de la informacion y comunicacion, debiendose relevar que interesa a nuestra MORDAZA Superior de Estudios el conocimiento y avance que se viene produciendo en el area mencionada; Que es necesar io otorgar al Dr. MORDAZA MORDAZA ASCARZA, las sumas equivalentes en nuevos soles para sufragar los gastos que ocasione dicha participacion: US$ 700.00 (Setecientos y 00/100 Dolares Americanos) para gastos de Pasaje via Aerea LimaMexico-Lima, US$ 1,540.00 (Mil quinientos cuarenta 00/ 100 Dolares Americanos) para gastos de viaticos y por concepto de Tarifa CORPAC, US$28.24 (Veintiocho con 24/100 Dolares Americanos); debiendose precisar que el viaje en Comision de Servicios tendra lugar del 19 al 26 de junio de 2005; Que adicionalmente es necesario otorgar al Dr. MORDAZA MORDAZA ASCARZA una subvencion social por la suma en nuevos soles equivalente a US/$ 90.00 (Noventa 00/100 Dolares Americanos) por concepto de inscripcion para participar como MORDAZA representante de la Universidad; Que asimismo a fin de mantener el normal desarrollo de las actividades de la Facultad de Ciencias Administrativas, es necesario encargar el despacho del Decanato de la citada Facultad al Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por el periodo que dure la ausencia del titular; Que dichas acciones estan explicitadas en las Resoluciones de Decanato Nºs. 328 y 329-D-FCA-05 MORDAZA de fecha 9 de junio de 2005 de la Facultad de Ciencias Administrativas; Que mediante Oficio Nº 1984-OGPL-2005, la Oficina General de Planificacion emite opinion favorable al respecto; Que se cumplen con los requisitos exigidos por la Directiva Nº 001-SG-03 aprobada con Resolucion Rectoral Nº 01536-R-03 del 7 de marzo de 2003; y, Estando a las atribuciones conferidas al senor Rector por la Ley Universitaria Nº 23733 y el Estatuto de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos; SE RESUELVE: 1º. Ratificar las Resoluciones de Decanato Nºs. 328 y 329-D-FCA-05 MORDAZA de fecha 9 de junio de 2005 de la Facultad de Ciencias Administrativas, en el sentido que se indica: 1.- Autorizar el viaje en COMISION DE SERVICIOS del Dr. MORDAZA MORDAZA ASCARZA, Decano de la Facultad de Ciencias Administrativas, por el periodo del 19 al 26 de junio de 2005, para que asista al "Encuentro Internacional de Educacion Superior UNAM 2005", a realizarse en la MORDAZA de Mexico. 2.- Otorgar al Dr. MORDAZA MORDAZA ASCARZA, las sumas en nuevos soles equivalentes a los montos que se indican, para sufragar los gastos que demande su participacion en la Comision de Servicios explicitada en el resolutivo anterior, debiendo rendir cuenta documentada del gasto efectuado en el plazo de ley, a su retorno: Pasaje via aerea-Lima-Mexico-Lima US$ 700.00 Viaticos (19 al 26 de junio 2005) US$ 1,540.00 Tarifa Corpac US$ 28.24 3.- Otorgar al Dr. MORDAZA MORDAZA ASCARZA, una subvencion social por un monto en nuevos soles equivalente a US$ 90.00 (Noventa y 00/100 Dolares americanos), para cubrir gastos por el derecho de inscrip-

cion para participar como MORDAZA representante de la Universidad Nacional Mayor de San MORDAZA en el referido evento. 4.- Encargar al Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, el Decanato de la Facultad de Ciencias Administrativas por el periodo que dure la ausencia del titular. 2º. Disponer que la Secretaria General publique la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano a mas tardar el 18 de junio de 2005. 3º. Establecer que los gastos de participacion del Dr. MORDAZA MORDAZA ASCARZA, al referido evento se realizara con cargo a los recursos directamente recaudados por la Facultad de Ciencias Administrativas. 4º. Encargar a la Oficina General de Personal, la Secretaria General y a la Facultad de Ciencias Administrativas el cumplimiento de la presente Resolucion Rectoral. Registrese, comuniquese, publiquese y archivese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Rector 11196

ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS CONSUCODE
Relacion de proveedores, postores y contratistas sancionados por el Tribunal de Contrataciones y Adquisiciones del Estado durante el mes de MORDAZA de 2005
CONSEJO SUPERIOR DE CONTRATACIONES Y ADQUISICIONES DEL ESTADO RESOLUCION Nº 222-2005-CONSUCODE/PRE MORDAZA MORDAZA, 14 de junio de 2005 VISTO: El Memorandum Nº 433-2005-GR del Gerente de Registros, referido a la publicacion del Listado de Inhabilitados para Contratar con el Estado; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el articulo 8º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, en adelante la Ley, se establece la obligatoriedad de publicarse en el Diario Oficial El Peruano la relacion de inhabilitados para contratar con el Estado; Que, el articulo 11º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, en adelante el Reglamento, establece que el Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado CONSUCODE, publicara mensualmente la relacion de proveedores, postores o contratistas que hayan sido sancionados en el mes inmediato anterior; Que, estando a lo informado por la Gerencia de Registros respecto de los proveedores, postores o contratistas sancionados, comunicados a dicha Gerencia por el Tribunal de Contrataciones y Adquisiciones del CONSUCODE durante el mes de MORDAZA 2005; De conformidad a lo dispuesto por el articulo 59º inciso c) de la Ley, el articulo 4º numeral 3) y articulo 7º numeral 22) del Reglamento de Organizacion y Funciones del CONSUCODE, aprobado por Decreto Supremo Nº 021-2001-PCM;

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