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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE JUNIO DEL AÑO 2005 (19/06/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 60

PÆg. 295090 NORMAS LEGALES Lima, domingo 19 de junio de 2005 Adicionalmente a la multa se impondrá la sanción com- plementaria que corresponda, según la tipificación des-crita en el Cuadro de Sanciones adjunto. La reincidenciase sancionará con el doble de la multa original. TÍTULO IV DEL PROCEDIMIENTO DE ADECUACIÓN Artículo 16º.- Quienes a la fecha de publicación de la presente Ordenanza, hayan instalado o se encuen-tren usando elementos de seguridad sin autorización enla vías, deberán regularizar su uso en un plazo de no-venta (90) días naturales siguientes a su publicación.Vencido dicho plazo, sólo se admitirá solicitudes para uso de elementos de seguridad, previo pago correspon- diente de la multa por uso de elementos de seguridad sinautorización. Artículo 17º.- En caso de otorgarse la autorización de instalación del elemento de seguridad, su uso deberádesarrollarse dentro del marco normativo dispuesto por la presente Ordenanza, otorgándose un plazo de ade- cuación que no excederá de los sesenta (60) días. Artículo 18º.- En caso de no otorgarse la autoriza- ción antes descrita, éstos deberán ser retirados por losciudadanos en un plazo máximo de treinta (30) días na-turales. Su incumplimiento dará lugar a las sanciones previstas en la presente Ordenanza, incluido el retiro de los elementos de seguridad por parte de la Municipali-dad. DISPOSICIONES TRANSITORIAS Y FINALES Primera.- Aplíquese supletoriamente la Ley del Pro- cedimiento General Administrativo Nº 27444 y la LeyOrgánica de Municipalidades Nº 27972 en lo referenteal procedimiento de sanciones, incorporándose la tablade equivalencias de las infracciones y el Cuadro deSanciones en el actual Cuadro de Infracciones y San- ciones Administrativas –CISA de la Municipalidad de San Luis. Segunda.- Adécuese mediante Decreto de Alcaldía las especificaciones técnicas de cada elemento de se-guridad a lo dispuesto por el Decreto de Alcaldía Nº 066de la Municipalidad Metropolitana de Lima, debiéndose contemplar la realidad distrital en materia de elementos de seguridad vigentes. Tercera.- Encárguese a la Gerencia Municipal, Ge- rencia de Desarrollo Urbano y Gerencia de Administra-ción en lo pertinente el cumplimiento de lo dispuesto en lapresente Ordenanza. Cuarta.- Déjese sin efecto toda norma municipal que se oponga a la presente Ordenanza. Regístrese, publíquese y cúmplase.FERNANDO DURAND MEJÍA Alcalde 11205 MUNICIPALIDAD DE SANTA ANITA Establecen Tasa de Estacionamiento Temporal Vehicular ORDENANZA Nº 006-MDSA Santa Anita, 28 de abril de 2005 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SANTA ANITA POR CUANTO: El Concejo Municipal del distrito de Santa Anita, en Sesión Ordinaria de Concejo de la fecha; vistos y oí-dos el Dictamen Nº 002-2005-CSPSSMA/MDSA emiti-do por la Comisión de Servicios Públicos, Salud, Salubridad y Medio Ambiente, así como el Informe Nº 301-2005-GAJ-GG/MDSA de la Gerencia de Ase-soría Jurídica; y,CONSIDERANDO: Que, el artículo 194º, 195º incisos 3) y 4) de la Consti- tución Política del Estado, según Ley de Reforma Constitucional Nº 27680 establece la autonomía política, económica y administrativa que tienen los gobiernos lo-cales para administrar sus rentas y crear, modificar ysuprimir contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y de-rechos municipales, conforme a ley; Que, de conformidad a lo establecido en el artículo 68º inciso d) del Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal, aprobado por Decreto SupremoNº 156-2004-EF, es de competencia municipal, el esta-blecer tasas por el estacionamiento de vehículos paratodo aquel que estacione su vehículo en zonas comer-ciales de alta circulación; Que, la Municipalidad Distrital de Santa Anita, me- diante Ordenanza Nº 007-2004-MDSA, de fecha 20 defebrero 2004, y modificada mediante Ordenanza Nº 019-2004/MDSA, de fecha 21 de octubre de 2004 debidamen-te ratificada por Acuerdo de Concejo Nº 340 de la Muni-cipalidad Metropolitana de Lima, publicada el 15 de di- ciembre del 2004, estableció la tasa del parqueo vehicu- lar; Que, mediante Ordenanza Nº 739, publicada el 26 de diciembre del 2004, la Municipalidad Metropolitana deLima aprobó la Ordenanza Marco de la Tasa de Estacio-namiento Vehicular Temporal en la provincia de Lima, la misma que en su primera disposición transitoria dispone que "las Ordenanzas de las Municipalidades Distritalesratificados que establecen Tasa de Estacionamiento Ve-hicular, a partir de la vigencia de esta Ordenanza, debe-rán presentar sus solicitudes de ratificación y documen-tación sustentatoria, adaptándose a las disposiciones contenidas en la misma y a los plazos señalados en la Ordenanza Nº 727"; Estando a lo dispuesto por el numeral 8) y 9) del Artículo 9º y, del Artículo 40º de la Ley Orgánica deMunicipalidades - Ley Nº 27972, debatido en el pleno delConcejo, con la dispensa de lectura y aprobación del Acta y con el voto unánime de los señores Regidores se aprobó la siguiente: ORDENANZA Artículo Primero.- La presente Ordenanza tiene por objeto establecer la Tasa de Estacionamiento Temporal Vehicular en aquellas zonas habilitadas para esta-cionamiento de vehículos y que se ubiquen dentro de lajurisdicción del distrito de Santa Anita. Artículo Segundo.- De las definiciones: 1. Tasa por Estacionamiento Vehicular Temporal.- Es la tasa que debe pagar todo aquél que estacione unvehículo en forma temporal en las zonas debidamentehabilitadas para tal fin, conforme determine la Muni-cipalidad Distrital de Santa Anita, con los límites que de-termine la Municipalidad Metropolitana de Lima respecti- va y en el marco de las regulaciones sobre tránsito que dicten las autoridades competentes. 2. Municipalidad.- Es el Acreedor Tributario de la Tasa de Estacionamiento Vehicular Temporal, respectode los espacios habilitados para tal fin en la Jurisdicción. 3. Conductores de los Vehículos.- Es el Deudor Tributario que se estaciona en los espacios habilitadospara tal fin, son deudores tributarios en calidad de contri-buyentes. 4. Horario.- Período del día en el que se presta el servicio de estacionamiento. 5. Tiempo de Estacionamiento.- Período durante el cual se genera la obligación de pagar la tasa. 6. Tiempo de Estacionamiento Mínimo.- Es la uni- dad de medida de la ocupación del espacio de estacio-namiento temporal, la cual es de 30 minutos. 7. Tiempo de Tolerancia.- Período durante el cual no se genera la obligación de pagar tasa, el cual es de 10 minutos. Artículo Tercero.- El Estacionamiento Temporal Vehicular dentro de la jurisdicción de Santa Anita, conlle-