Norma Legal Oficial del día 19 de junio del año 2005 (19/06/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 51

MORDAZA, MORDAZA 19 de junio de 2005

NORMAS LEGALES

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se encuentran previstos en los numerales 2 y 3 de la Subgerencia de Saneamiento Ambiental del MORDAZA vigente aprobado por Ordenanza Nº 051-MDA, por lo que la reduccion de tales derechos necesariamente debe aprobarse mediante Decreto de Alcaldia; Que, cabe senalar que la temporalidad de dicho beneficio estara sujeta al tiempo que durara la MORDAZA, plazo que no se advierte de los actuados por cuanto no se han acompanado documentos al respecto; Que, tengase presente que similar tratamiento en cuanto a la reduccion de derechos administrativos se presenta en los casos de la realizacion de matrimonios masivos, como en el caso de los derechos autorizados por Decreto de Alcaldia Nº 001-05 de fecha 11 de febrero del 2005; Que, la Gerencia de Asuntos Juridicos opina que mediante Decreto de Alcaldia se disponga que por el plazo de duracion de dicha MORDAZA el costo de los derechos "Para ser propietario o poseedor de canes potencialmente peligrosos y registro de canes" se reducira a los montos senalados por la Gerencia de Planificacion; Que, mediante Proveido Nº 1911-05-GGM/MDA el Gerente General Municipal indica que se proyecte el Decreto de Alcaldia pertinente; Estando a los fundamentos expuestos en la parte considerativa y en uso de las facultades conferidas por el inciso 6) del articulo 20º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972; SE DECRETA: Articulo 1º.- DISPONER, que mientras dure la "Campana de Educacion, Desparatizacion y Registro de Canes en el distrito de Ate", reducir el cobro por derechos indicados en el MORDAZA correspondiente a la Subgerencia de Saneamiento Ambiental, por un plazo de 60 dias, los siguientes montos - Para ser propietario o poseedor de canes potencialmente peligrosos Pago por derecho: S/. 5.00 - Para el registro de canes Pago por derecho: S/. 2.00 Articulo 2º.- ENCARGAR el cumplimiento del presente Decreto a la Gerencia de Servicios Publicos Locales, Gerencia de Planificacion, Subgerencia de Saneamiento Ambiental y demas areas pertinentes de esta Corporacion Edil. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MAJINO MORDAZA 11179

Que, el Codigo Civil actual en su articulo 233º establece que la regularizacion Juridica de la familia tienen por finalidad contribuir a su consolidacion y fortalecimiento en MORDAZA con los principios y normas estipuladas en nuestra Constitucion Politica; Que, de conformidad al inciso 16), articulo 20º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972; es atribucion del MORDAZA celebrar Matrimonios Civiles de los vecinos de acuerdo a las Normas del Codigo Civil; Que, mediante Informe Nº 028-05-OREC-SG/MDA, el Jefe encargado del Area de Registros Civiles senala que como parte del Programa por la celebracion del XXI Aniversario de la creacion de la Comunidad Autogestionaria de Huaycan y considerando que existen parejas de convivientes en dicho sector que desean regularizar su estado civil, sugiere la fecha de realizacion del Matrimonio Civil Comunitario a realizarse el dia 10 de MORDAZA del 2005, a horas 10:00 a.m. en la Plaza Principal de Huaycan, sugiriendo un costo por derecho de inscripcion de S/. 50.00 Nuevos Soles por cada MORDAZA y solicita la exoneracion de la publicacion de Edictos Matrimoniales de los contrayentes. Del mismo modo indica cuales seran los requisitos que deben cumplir con presentar los interesados; Que, mediante Informe Nº 1357-05-GAJ/MDA, la Gerencia de Asuntos Juridicos senala que el articulo 248º del Codigo Civil establece los requisitos que acompanaran todas aquellas personas que requieran contraer matrimonio civil, asimismo el articulo 250º de la referida MORDAZA legal establece que el MORDAZA anunciara el matrimonio proyectado, por medio de un aviso que se fijara en la Oficina de la Municipalidad durante ocho (8) dias y que se publicara una vez por periodico; Que, el articulo 252º del Codigo Civil senala que el MORDAZA puede dispensar la publicacion de los avisos si median causas razonables y siempre que se presenten todos los requisitos exigidos en el articulo 248º; Que, en el presente caso existiendo parejas de convivientes que desean regularizar su estado civil, teniendo en cuenta ademas la acogida de este MORDAZA de celebraciones entre los vecinos considera la Gerencia de Asuntos Juridicos que seria factible la realizacion de dicha celebracion, previo el cumplimiento de los requisitos exigidos y el pago por concepto de derecho administrativo; Que, la Gerencia de Asuntos Juridicos opina que es Procedente la celebracion del Matrimonio Civil Comunitario por el XXI Aniversario de la Creacion de la Comunidad MORDAZA Autogestionaria de Huaycan, para lo cual, debera emitirse el Decreto de Alcaldia pertinente; Estando a los fundamentos expuestos en la parte considerativa y en uso de las facultades conferidas de acuerdo al inciso 6) del articulo 20º de Ley Organica de Municipalidades Nº 27972; SE DECRETA: Articulo 1º.- AUTORIZAR, la realizacion del Matrimonio Masivo Comunitario por el XXI Aniversario de la Comunidad MORDAZA Autogestionaria de Huaycan; en merito a los considerandos MORDAZA expuestos. Articulo 2º.- ESTABLECER, como pago por derecho de inscripcion al Matrimonio Civil Comunitario la suma de S/. 50.00 (Cincuenta con 00/100 Nuevos Soles) por cada MORDAZA, asimismo exonerar la publicacion de los Edictos Matrimoniales de los contrayentes; debiendo ademas adjuntar los siguientes requisitos: a) D.N.I. de los contrayentes, original y copia. b) Partidas de Nacimiento de los contrayentes, original actualizada. c) Certificado de Salud, expedido por el Centro de Salud o Policlinico Municipal. d) Declaracion Jurada de Solteria. e) Certificado de Domicilio. f) Dos testigos (no familiares). Articulo 3º.- ESTABLECER el siguiente cronograma: MATRIMONIO CIVIL COMUNITARIO (HUAYCAN) - Del 6 al 30 de junio del 2005, inscripcion de las parejas en los Registros Civiles de la Municipalidad de Ate, Seccion Matrimonios. - Celebracion del Matrimonio Civil, MORDAZA 10 de MORDAZA del 2005, a horas 10.00 a.m. en la Plaza Principal de Huaycan.

Autorizan realizacion de Matrimonio Civil Comunitario por el XXI Aniversario de la Comunidad MORDAZA Autogestionaria de Huaycan
DECRETO DE ALCALDIA Nº 020
Ate, 6 de junio de 2005 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ATE VISTO; el Informe Nº 028-2005-OREC-SG/MDA, del encargado del Area de Registro Civil y el Informe Nº 1357-05-GAJ/MDA de la Gerencia de Asuntos Juridicos; y, CONSIDERANDO: Que, los Gobiernos Locales como parte del Estado tienen el deber de proteger a la familia y promover el matrimonio como Institucion natural y fundamental de la sociedad, de conformidad con lo expuesto en el articulo 4º de la Constitucion Politica;

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