Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE JUNIO DEL AÑO 2005 (19/06/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 52

PÆg. 295082 NORMAS LEGALES Lima, domingo 19 de junio de 2005 Artículo 4º.- ENCARGAR, el cumplimiento de la pre- sente Resolución, a Gerencia General Municipal; al Áreade Registro Civil y Secretaria de Imagen Institucional; lacoordinación, divulgación general y otras acciones que sean necesarias. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.OSCAR BENAVIDES MAJINO Alcalde 11180 MUNICIPALIDAD DE BREÑA Establecen disposiciones sobre regularización catastral predial y beneficios tributarios ORDENANZA Nº 158-2005-MDB Breña, 9 de junio del 2005 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE BREÑA POR CUANTO: El Concejo Municipal del distrito de Breña, en Sesión Ordinaria de la fecha y con dispensa del trámite de apro-bación del acta; VISTO: El Informe Nº 106 -05-SGAT-GAR/MDB de fecha 8 de junio del 2005 de la Subgerencia de AdministraciónTributaria; y considerando que la Municipalidad Distri-tal de Breña en cumplimiento de lo dispuesto en elArtículo 79º inciso 3.3 de la Ley Orgánica de Municipali- dades Nº 27972 y Artículo 20º del Capítulo I, Título II, del Decreto Legislativo Nº 776, Ley de TributaciónMunicipal, ha iniciado el Programa de Validación Ca-tastral según Ordenanza Nº 147-MDB; el mismo queconsiste en un proceso de cruce de información entrela Unidad de Rentas y la Unidad de Catastro de la información recopilada en campo, en las cuales se han detectado diferencias en sus características físi-cas de los predios, para lo cual se ha previsto otorgarfacilidades a los contribuyentes para que regularicensu situación; Con las atribuciones que confiere el Inc. 8) del Artículo 9º y 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972; por UNANIMIDAD y con dispensa del trámitede aprobación del Acta se aprobó la siguiente: ORDENANZA DE REGULARIZACIÓN CATASTRAL PREDIAL Y DE BENEFICIOS TRIBUTARIOS Artículo Primero.- Créase y apruébese la CEDULA DE REGULARIZACIÓN de registro de información quesobre su propiedad requieren realizar los contribuyen-tes. Dicha cédula será notificada a aquellos contribuyentes que permitieron el ingreso a sus predios en el proceso de levantamiento catastral y cuya ficha catastral se en-cuentre con la información completa. Artículo Segundo.- Los contribuyentes que se presenten dentro de los plazos establecidos para regula-rizar sus obligaciones y deudas derivadas de la verifica- ción catastral consignada en la Cédula de Regulariza- ción podrán acogerse al siguiente beneficio de subsana-ción establecido en la presente norma que contemplalos siguientes conceptos: Rectificación de las Declaraciones Juradas presenta- das en forma incompleta o con diferencias en las caracte- rísticas físicas del predio que influyan en la determina-ción de la obligación tributaria. Artículo Tercero.- Los beneficios que se otorgarán en la presente Ordenanza son los siguientes: Condonación del 90% de las Multas Tributarias para los omisos y subvaluadores.Exonérese del pago del derecho por formatos de Declaración Jurada: Hoja de Resumen (HR) y PredioUrbano (PU), a los contribuyentes cuyos predios seanmateria de regularización y que dentro del marco del Proyecto de Validación Catastral, se acojan a la regulari- zación voluntaria vía el formato de Cédula de Regulari-zación aprobada por Ordenanza. Artículo Cuarto.- La Unidad de Rentas está faculta- da a conceder extraordinariamente el fraccionamiento para el pago de las deudas que se generen como conse- cuencia de la implementación del Proyecto de ValidaciónCatastral, aprobado por Ordenanza Nº 147-MDB. Artículo Quinto.- Vencido el plazo señalado en la Cédula de Regularización y de no haberse subsanado elcumplimiento de las obligaciones y pagos de deudas a la Municipalidad, la Unidad de Rentas dentro del Programa de Fiscalización Tributaria, procederá a determinar lamulta y los Interés moratorios por el íntegro de la deudaque corresponda de acuerdo a las disposiciones legalesvigentes. Artículo Sexto.- No se encuentran incursos dentro de los alcances de la presente Ordenanza los contribu- yentes que se encuentren en un Proceso de Fiscaliza-ción Tributaria iniciado por la Unidad de Rentas. DISPOSICIONES FINALES Primera.- Facultar al Alcalde para que mediante De- creto disponga las medidas complementarias y amplia-torias que se requieran la aplicación, ejecución y cumpli-miento de la presente Ordenanza. Segunda.- Encargar el cumplimiento de la presente Ordenanza a la Gerencia de Administración de Recur- sos, Subgerencia de Administración Tributaria, Unidad de Rentas, Unidad de Catastro. Tercera.- La presente Ordenanza entrará en vigen- cia a partir del 20 de junio del 2005. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. CARLOS SANDOVAL BLANCAS Alcalde 11185 Establecen disposiciones para el ejerci- cio del comercio ambulatorio en eldistrito ORDENANZA Nº 159-2005-MDB Breña, 9 de junio del 2005 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE BREÑA POR CUANTO: Que, el artículo 194º de la Constitución señala que los órganos de Gobierno local son las Municipalidades Provin-ciales y las Distritales, las cuales tienen autonomía política,económica y administrativa en los asuntos de su compe-tencia. Estos espacios de Autonomía Reconocidos por la Constitución presuponen a su vez, el reconocimiento de la existencia, para cada uno de ellos de un poder de derechopúblico. Sin embargo no existe la libertad absoluta para elejercicio de dicha autonomía, porque tal y conforme la pro-pia Constitución lo precisa, ésta debe ser ejercido dentrode parámetros perfectamente definidos: que se trate de asuntos cuya competencia ha sido atribuida a los munici- pios (atribución que sólo puede ser establecida por la Cons-titución o por las Leyes) y, además dentro de los límites queéstas señalen; Que, dicha atribución legal se encuentra sustentada por el artículo 83º inciso tercero (3.2) de la vigente Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972 el cual textualmente señala que las Municipalidades, en materia de abasteci-miento y comercialización de productos y servicios ejer-cen las siguientes funciones: "REGULAR Y CONTROLAREL COMERCIO AMBULATORIO de acuerdo a las normasestablecidas por la Municipalidad Provincial"; Que, mediante Ordenanza Nº 152-2005-MDB de fe- cha diecinueve de mayo del 2005 se derogó la Ordenan-