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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE JUNIO DEL AÑO 2005 (20/06/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 24

TEXTO PAGINA: 22

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G39/G35/G31/G38/G30 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, lunes 20 de junio de 2005 este Gobierno Regional facilitar la participación demo- crática y responsable de los ciudadanos, así como lle-var adelante actividades desarrolladas para fomentar la participación ciudadana, incluyendo el balance del fun- cionamiento del Consejo de Coordinación Regional; den-tro de este contexto se busca la cooperación o colabo- ración de la población en programas o proyectos exter- nos, así como el emponderamiento de las personas entérminos que adquieran habilidades, conocimientos y experiencia para tener mayor responsabilidad en su de- sarrollo; Estando, a lo expuesto y conforme a las atribu- ciones conferidas por los artículos quince, treinta y siete, y treinta y ocho de la Ley número veintisiete milochocientos sesenta y siete – Orgánica de Gobier- nos Regionales y estando a lo acordado por UNANI- MIDAD en la Sesión de Consejo Regional de la refe-rencia, con dispensa del trámite de lectura y aproba- ción del Acta; ORDENA: Artículo Primero.- APROBAR el Plan Regional de Participación Ciudadana Huánuco dos mil cinco – dos mil diez, cuyo texto en cincuenta y ocho folios formaparte de la presente Ordenanza Regional. Artículo Segundo.- DISPONER que las menciona- das Políticas Regionales plasmadas en el presente Planseñalado en el artículo primero de la presente Ordenan- za Regional, sean asumidas por los órganos competen- tes como las Gerencias Regionales, Direcciones Regio-nes Sectoriales, Gobiernos Locales, ONGs, Institucio- nes Públicas, Privadas, Organizaciones de Bases de la Región. Artículo Tercero.- INSTITUCIONALIZAR los espa- cios públicos y mecanismos de Participación Ciudada- na, en todas las instituciones públicas que se encuen-tran dentro de la jurisdicción del Gobierno Regional Huánuco, bajo responsabilidad del Titular del Pliego de las Instituciones Públicas y Privadas de la Región. Artículo Cuarto.- PUBLICAR la presente ordenan- za conforme a lo previsto en el artículo cuarenta y dos (42) de la Ley número veintisiete mil ochocientos sesen-ta y siete - Orgánica de Gobiernos Regionales. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUZMILA TEMPLO CONDESO Presidente 11089 GOBIERNO REGIONAL DE ICA /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G43/G75/G61/G64/G72/G6F/G73/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G41/G73/G69/G67/G6E/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65 /G50/G65/G72/G73/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G44/G69/G72/G65/G63/G63/G69/GF3/G6E/G20/G52/G65/G67/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G64/G65/G53/G61/G6C/G75/G64/G20/G64/G65/G20/G49/G63/G61/G20/G79/G20/G64/G65/G6C/G20/G48/G6F/G73/G70/G69/G74/G61/G6C/G20/G53/G61/G6E/G20/G4A/G6F/G73/GE9/G64/G65/G20/G43/G68/G69/G6E/G63/G68/G61 ORDENANZA REGIONAL Nº 0008 -2005-GORE-ICA EL CONSEJO REGIONAL DE ICAHa aprobado la Ordenanza Regional siguiente: CONSIDERANDO: Que, el Art. 15º literal a) de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y su modificatoria la Ley Nº 27902, prescribe que es atribución del ConsejoRegional "Aprobar, modificar, derogar; las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de compe- tencia y funciones del Gobierno Regional"; Que, la Dirección Regional de Salud de Ica, es el Órgano Desconcentrado del Gobierno Regional de Ica, para tal efecto su Reglamento de Organización y Funcio-nes mediante la R.E.R. Nº 909-2003-GORE-ICA/PR; siendo modificado por la R.E.R. Nº 0235-2004-GORE-ICA; disponiendo en su Primera Disposición Transitoria la presentación y aprobación de su Cuadro para Asigna-ción de Personal - CAP; Que, el Hospital San José de Chincha es un Órga- no Desconcentrado de la Dirección de Red de SaludChincha-Pisco, para tal efecto, ha aprobado su Re- glamento de Organización y Funciones mediante la R.E.R. Nº 0475-2004-GORE-ICA/PR de fecha 13 dejunio del 2004; disponiendo en su Segunda Disposi- ción Transitoria que la aprobación del Cuadro para Asignación de Personal-CAP se realizaría de acuerdoa lo normado en la Directiva Nº 007-2003-MINSA/ OGPE-V.01; Que, la Dirección Regional de Salud de Ica, a fin de adecuar el CAP a las necesidades del servicio derivado de las nuevas funciones asignadas ha pre- sentado los proyectos de Cuadros para Asignaciónde Personal - CAP de la Dirección Regional a su car- go y del Hospital San José de Chincha, los cuales se encuentran estructurados en concordancia con lodispuesto en el D.S. Nº 043-2004-PCM que aprueba los lineamientos para la elaboración y aprobación de los Cuadros para Asignación de Personal de las En-tidades de la Administración Pública y en la Resolu- ción Ministerial Nº 371-2003-SA/DM; Que, evaluados los citados proyectos, se advierte la opinión técnica favorable de la Oficina General de Pla- neamiento Estratégico del Ministerio de Salud mediante los Oficios Nºs. 097 y 0102-2005-OGPE-OEO/MINSA yde la Subgerencia de Desarrollo Sistémico de la Geren- cia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondi- cionamiento Territorial del Gobierno Regional de Ica;mediante el Informe Nº 006-2005-SGDS; De conformidad con lo previsto en la Segunda Dispo- sición Final de la Ley Nº 28427 - Ley de Presupuesto delSector Público para el Año Fiscal 2005; en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Nº 27867 - Ley Orgáni- ca de Gobiernos Regionales, su modificatoria la LeyNº 27902 y la Ordenanza Regional Nº 001-2003-GORE- ICA; el Consejo del Gobierno Regional de Ica; aprueba lo siguiente: Ha dado la Ordenanza Regional siguiente: Artículo Primero.- Aprobar los Cuadros para Asig- nación de Personal (CAP) de la Dirección Regional de Salud de Ica y del Hospital San José de Chincha; loscuales constan de: CAP de la Dirección Regional de Salud de Ica, con un total de 177 cargos; de los cuales 147 cargos corresponden a cargos ocupados y 30 a cargos pre- vistos; a diecisiete(17) folios, debidamente visadospor los funcionarios autorizados para el efecto; los cuales forman parte de la presente Ordenanza Re- gional. CAP del Hospital San José de Chincha; con un total de 401 cargos; de los cuales, 311 cargos corresponden a cargos ocupados y 90 a cargos previstos; a veintisiete(27) folios, debidamente visados por los Funcionarios autorizados para el efecto, los cuales forman parte de la presente Ordenanza Regional. Artículo Segundo.- La presente Ordenanza Regional entrará en vigencia a partir de su publica-ción en el Diario Oficial el Peruano y en el diario en- cargado de las publicaciones judiciales en la Capital de la Región, así como su difusión a través del PortalElectrónico. POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dado en la sede central del Gobierno Regional de Ica a los veintiséis días del mes de mayo del año dos mil cinco. VICENTE TELLO CÉSPEDES Presidente Regional 11173