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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G39/G35/G31/G36/G33 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, lunes 20 de junio de 2005 mos y Drogas - DIGEMID, a autorizar el ingreso al país, distribución y uso de productos farmacéuticos y afines que no cuenten con registro sanitario, siempre que no se destinen a su comercialización; Que, el mencionado dispositivo legal dispone que la Titular de Salud emitirá la resolución que establezca las disposiciones complementarias relativas a los procedimientos, requisitos ydemás condiciones técnicas que se requieran para el otorga- miento de la mencionada autorización, así como las acciones de supervisión y control sanitario que correspondan; Que, mediante el documento de visto, se han propuesto las disposiciones que complementan el men- cionado dispositivo legal; Con la opinión favorable de la Dirección General de Salud de las Personas y de la Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas; Con las visaciones de la Oficina General de Aseso- ría Jurídica y del Viceministro de Salud; y, De conformidad con lo establecido en el Artículo 8º, literal l) de la Ley Nº 27657 - Ley del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Artículo Único.- Aprobar el Reglamento para la autorización de ingreso al país, distribución y uso deproductos farmacéuticos y afines no destinados a la comercialización, el mismo que consta de cuatro (4) Títulos, cinco (5) Capítulos, treinta y ocho (38) Artículosy dos (2) Disposiciones Transitorias y Complementarias que forman parte integrante de la presente resolución. Regístrese publíquese y comuníquese. PILAR MAZZETTI SOLER Ministra de Salud 11217 /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G65/G6C/G20/G22/G50/G72/G6F/G67/G72/G61/G6D/G61/G20/G64/G65/G20/G4D/G75/G6E/G69/G63/G69/G70/G69/G6F/G73 /G79/G20/G43/G6F/G6D/G75/G6E/G69/G64/G61/G64/G65/G73/G20/G53/G61/G6C/G75/G64/G61/G62/G6C/G65/G73/G22 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 457-2005/MINSA Lima, 15 de junio del 2005 Visto, el Expediente Nº 116028-04, que contiene la propuesta de la Dirección General de Promoción de la Salud, con relación al PROGRAMA DE MUNICIPIOS YCOMUNIDADES SALUDABLES; CONSIDERANDO: Que el Ministerio de Salud es el ente rector del Sector Salud que conduce, regula y promueve la intervención del Sistema Nacional Coordinado y Descentralizado de Salud, con la fina-lidad de lograr el desarrollo de la persona humana, a través de la promoción, protección recuperación y rehabilitación de la salud y del desarrollo de un entorno saludable, con pleno res-peto de los derechos fundamentales de la persona; Que el artículo 8º del Reglamento de Ley del Ministe- rio de Salud, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2002-SA, señala que el proceso de promoción de la sa- lud, tiene como objetivo funcional lograr que las perso- nas adquieran capacidades y desarrollen actitudes, parasu desarrollo físico, mental y social;Que en concordancia con los Lineamientos de Política Sectorial 2002-2012 y en el marco del Modelo de Atención Integral de Salud, la Dirección General de Promoción de la Salud ha desarrollado el documento técnico denominado: "Pro-grama de Municipios y Comunidades Saludables" que com- prende un conjunto de acciones de promoción de la salud en los municipios y las comunidades, a fin de impulsar el rol facili-tador del personal de salud en los procesos de participación ciudadana así como en la generación de políticas públicas a favor de comportamientos y entornos saludables; Que el Programa en mención, tiene como objetivo promo- ver el desarrollo de municipios saludables y comunidades sa- ludables, para contribuir con la generación de entornos y com-portamientos saludables en los escenarios del municipio y la comunidad en concordancia con el proceso de descentraliza- ción; siendo por lo tanto, necesario contar con el Programa deMunicipios y Comunidades Saludables, en el ámbito nacional; Estando a lo propuesto por la Dirección General de Promoción de la Salud; Con las visaciones del Director General de la Oficina General de Asesoría Jurídica y del Viceministro de Salud; y, De conformidad con lo establecido en el inciso l) del artículo 8º de la Ley N 27657- Ley del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar el "PROGRAMA DE MUNICI- PIOS Y COMUNIDADES SALUDABLES", la misma que forma parte integrante de la presente resolución. Artículo 2º.- La implementación, ejecución y evaluación del PROGRAMA DE MUNICIPIOS Y COMUNIDADES SA- LUDABLES serán cumplidas a través de las Direcciones de Promoción de la Salud de las Direcciones Regionales deSalud, o las que hagan sus veces a nivel nacional. Artículo 3º.- La Dirección Ejecutiva de Participación Comunitaria en Salud de la Dirección General de Promo-ción de la Salud, será la responsable de la difusión del presente programa, así como del monitoreo de su imple- mentación a nivel nacional. Artículo 4º.- Encargar a la Oficina General de Comu- nicaciones la publicación del presente Programa en la Página de Internet del Ministerio de Salud. Regístrese, comuníquese y publíquese.PILAR MAZZETTI SOLER Ministra de Salud 11218 /G41/G63/G74/G75/G61/G6C/G69/G7A/G61/G6E/G20/G52/G65/G67/G6C/G61/G6D/G65/G6E/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G4F/G72/G67/G61/G6E/G69/G7A/G61/G2D /G63/G69/GF3/G6E/G20/G79/G20/G46/G75/G6E/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G64/G65/G6C/G20/G49/G6E/G73/G74/G69/G74/G75/G74/G6F/G20/G45/G73/G70/G65/G2D/G63/G69/G61/G6C/G69/G7A/G61/G64/G6F/G20/G64/G65/G20/G43/G69/G65/G6E/G63/G69/G61/G73/G20/G4E/G65/G75/G72/G6F/G6C/GF3/G67/G69/G63/G61/G73 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 459-2005/MINSA Lima, 15 de junio del 2005 Visto el Expediente Nº R-091659-04; CONSIDERANDO: Que por Resolución Ministerial Nº 700-2003-SA/DM, de fecha 13 de junio de 2003, se aprobó el Reglamento