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PÆg. 295358 NORMAS LEGALES Lima, viernes 24 de junio de 2005 Artículo 49º- Elaboración del Plan Maestro El Jefe de la Reserva Comunal y el Ejecutor del Con- trato de Administración impulsan la elaboración del Plan Maestro. En el primer Contrato de Administración seespecifica el plazo que tiene el Ejecutor para presentar la propuesta de Plan Maestro respectivo. En coordinación con el Jefe de la Reserva Comunal y las organizaciones públicas y privadas involucradas en el ANP, el Ejecutor propone a la IANP los términos de referencia para el desarrollo del proceso, los cuales sonaprobados mediante Resolución de la IANP. En dichos términos de referencia, puede preverse la contratación de un equipo técnico que facilite el proceso de elabora-ción del Plan Maestro. En el caso que el Plan Maestro requiera de ajus- tes, éstos pueden ser solicitados por el Ejecutor enla misma oportunidad de presentación del Informe Anual. La actualización del Plan Maestro es liderada por el Jefe de la Reserva Comunal de manera concertada con el Ejecutor y el Comité de Gestión. Artículo 50º.- Aprobación del Plan Maestro El Plan Maestro es aprobado por Resolución Jefatu- ral del INRENA, con la opinión favorable de los beneficia-rios, según lo establecido en el artículo 37.5 del Regla- mento. Se considera que los beneficiarios han emitido opinión favorable, cuando ésta ha sido manifestada porla mayoría de los miembros del Ejecutor reunidos en Asamblea General. La propuesta final de Plan Maestro es presentada a la IANP conjuntamente por el Jefe de la Reserva Comu- nal y el Ejecutor, y deberá estar acompañada de una copia legalizada del acta de Asamblea General de Miem-bros del Ejecutor, en la que conste la opinión a que hace referencia el párrafo anterior, consignando el número de votos. Una vez presentada la propuesta de Plan Maestro a la IANP y en caso existan observaciones, el Ejecutor tiene un plazo de noventa (90) días para absolverlas deacuerdo a sus mecanismos internos. Cualquier participante en el proceso de elaboración del Plan Maestro podrá enviar sus comentarios relacio-nados a la implementación del proceso participativo a la IANP. De no existir Plan Maestro en la Reserva Comunal, el Ejecutor asumirá el compromiso de coordinar un proce- so participativo para su elaboración de acuerdo a los términos de referencia, cronograma y guías metodológi-cas aprobadas por la IANP. El Ejecutor deberá enviar la propuesta del Plan Maes- tro al INRENA, quien lo aprobará dentro de los siguien-tes noventa (90) días de recibido. Artículo 51º.- El Plan Maestro y las prácticas tra- dicionales En el proceso de elaboración del Plan Maestro se deberá prestar especial atención a la identificación deprácticas tradicionales de manejo sostenible de recur- sos incorporándolas a dicho Plan. El Jefe de la Reserva Comunal y el Ejecutor del con- trato deberán asegurar que los términos en los que se expresen el Plan Maestro y el resto de los instrumentos de gestión del ANP, sean comprensibles y culturalmenteadecuados a los beneficiarios. Artículo 52º.- Planes específicos y otros instru- mentos de gestión El Plan Maestro definirá los lineamientos para la ela- boración de los demás instrumentos de gestión y deplanificación desarrollando, y en su caso adaptando, los criterios contemplados en el Reglamento. Se podrán diseñar, bajo los mismos criterios y proce- dimientos, planes específicos y otros instrumentos de gestión para lograr los objetivos de conservación del ANP de acuerdo a las peculiaridades de cada ReservaComunal y de los beneficiarios. TÍTULO IX DEL USO DE RECURSOS EN LAS RESERVAS COMUNALES Artículo 53º.- Carácter especial de los usos de las Reservas ComunalesEl aprovechamiento de los recursos al interior de la Reserva Comunal corresponde a los beneficiarios en el marco de la Ley, el Reglamento y del presente Régimen Especial, de acuerdo a las propias prácticas culturalespara la subsistencia o a través de contratos o concesio- nes, en concordancia con los criterios que se establez- can en el Plan Maestro. El Plan Maestro determina qué recursos se pueden utilizar, en qué zonas y bajo qué modalidades de acuer- do a un ordenamiento y una zonificación que considerelos criterios, usos y costumbres de los beneficiarios. Se promoverá y priorizará los proyectos o activida- des que incorporen prácticas o conocimientos tradicio-nales de los beneficiarios, que sean compatibles con los objetivos de conservación de la Reserva Comunal. Cuando en zonas colindantes a las Reservas Comu- nales establecidas en beneficio de las comunidades nati- vas y campesinas pertenecientes a los pueblos indíge- nas y las poblaciones locales organizadas, existan otraspoblaciones locales con intereses sobre los recursos de dicha zona, el Plan Maestro contemplará mecanismos que faciliten su participación en las decisiones que lesconciernan y el ejercicio de aquellos derechos que no afecten el objetivo de creación de la Reserva Comunal. Artículo 54º.- Aprovechamiento de los recursos El aprovechamiento y la comercialización de los re- cursos naturales ubicados al interior de las ReservasComunales será realizado directamente por los benefi- ciarios bajo planes de manejo conducidos por ellos mis- mos y aprobados por la autoridad correspondiente. Se los exceptúan del requisito del plan de manejo los usos ancestrales de subsistencia, medicinales y espiri- tuales, precisados en el Plan Maestro. Se respetan los derechos ancestrales de los pue- blos y comunidades nativas, incluyendo a aquellos que pueden no haber sido considerados como beneficiariospor encontrarse en aislamiento voluntario o en contacto esporádico o inicial con la sociedad mayor, pero que utilizan de forma tradicional los recursos de la ReservaComunal con fines culturales y/o de subsistencia. Cuando en las zonas contiguas a la Reserva Comu- nal existan otras poblaciones locales con intereses so-bre los recursos de dicha zona, con fines de subsisten- cia, el Plan Maestro contemplará mecanismos que faci- liten su participación en las decisiones que les afecten yel ejercicio de aquellos derechos compatibles con el ob- jetivo de creación de la Reserva Comunal. Artículo 55º.- Resolución de conflictos por el uso de los recursos En caso de existir conflicto por el uso de recursos o prestación de servicios entre beneficiarios, el Ejecutor, en coordinación con el Jefe de la Reserva Comunal, resolverá la disputa. La decisión del Ejecutor puede serrevisada por el INRENA de oficio o a petición de parte. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Y FINALES PRIMERA.- El INRENA podrá designar hasta por el plazo de un (01) año al Jefe de la Reserva Comunal y a los Guardaparques, cuando se prevea que el proceso de consulta para la conformación del Ejecutor puedadurar más de seis (06) meses o exista un peligro actual o inminente que amenace la Reserva Comunal. SEGUNDA.- El Jefe de la Reserva Comunal y los Guardaparques a que se refiere la disposición anterior son designados por el INRENA siguiendo el procedi- miento establecido en el numeral 2) del artículo 24º y losartículos 27º y 125º numeral 4) del Reglamento y el artículo 35º del presente Régimen Especial. TERCERA.- La administración de la Reserva Comunal se mantendrá a cargo del INRENA en tanto no se conforme el Ejecutor del Contrato de Administración. En ese lapso, el INRENA promoverá la conformación del Ejecutor del Contratode Administración de la Reserva Comunal y el Comité de Gestión, así como la elaboración de los instrumentos de ges- tión necesarios para el funcionamiento del ANP. CUARTA.- Cuando no se haya conformado el Ejecu- tor, los beneficiarios darán su opinión a través de sus organizaciones representativas para la aprobación delos instrumentos de gestión necesarios para el funcio- namiento de la Reserva Comunal. El plazo para emitir la opinión a que se refieren los incisos m) y n) del artículo