Norma Legal Oficial del día 24 de junio del año 2005 (24/06/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 19

MORDAZA, viernes 24 de junio de 2005

NORMAS LEGALES

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EDUCACION
Declaran ilegal el paro nacional llevado a cabo el 23 de junio de 2005, convocado por el Sindicato Unitario de Trabajadores en la Educacion del Peru - SUTEP
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0394-2005-ED MORDAZA, 23 de junio de 2005 CONSIDERANDO: Que, mediante la Resolucion Ministerial Nº 0393-2005ED de fecha 22 de junio de 2005 se declaro Improcedente el paro nacional de 24 horas, anunciado por el Sindicato Unitario de Trabajadores en la Educacion del Peru SUTEP, para el dia 23 de junio del 2005; Que, de conformidad con lo establecido en el articulo 84º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Relaciones Colectivas de Trabajo, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 010-2003-TR, la huelga sera declarada ilegal, entre otros, si se materializa, no obstante haber sido declarada Improcedente; Que, a pesar de haberse declarado Improcedente el paro nacional de 24 horas, mediante la formalidad prevista por la normatividad legal, este se ha llevado a cabo, por lo que se debe declarar ilegal; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Ley Nº 25762, modificado por la Ley Nº 26510, la Ley Nº 24029, modificada por la Ley Nº 25212 y el Decreto Supremo Nº 19-90-ED; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Declarar ILEGAL el paro nacional de 24 horas llevado a cabo el dia 23 de junio del 2005, convocado por el Sindicato Unitario de Trabajadores en la Educacion del Peru - SUTEP, el mismo que fuera previamente declarado Improcedente mediante la Resolucion Ministerial Nº 0393-2005-ED de fecha 22 de junio del 2005, en concordancia con los procedimientos senalados en la legislacion laboral vigente. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA NADAL Ministro de Educacion 11461

Que, mediante el documento presentado el 28 de febrero del 2005, ingresado con Registro Nº 1518823, la titular ha solicitado se apruebe la transferencia de la concesion definitiva para el desarrollo de la actividad de Transmision con la Linea referida en el considerando que antecede a favor de CAHUA S.A., empresa inscrita en la Partida Electronica Nº 11025995 del Registro de Personas Juridicas de Lima; Que, como sustento de su solicitud, manifiesta que en virtud del Contrato de Cesion de Posicion Contractual suscrito el 14 de febrero de 2005, cuya MORDAZA obra en el Expediente, ELECTROPERU S.A. ha cedido a favor de CAHUA S.A. su posicion contractual en el Contrato de Concesion Nº 061-95 suscrito con el Estado, en lo que concierne a la senalada Linea de Transmision, por lo que CAHUA S.A. resulta siendo la nueva titular de la concesion definitiva de Transmision de energia electrica con la Linea referida en el primer considerando de la presente Resolucion; Que, de conformidad con el articulo 1436º del Codigo Civil, la forma de la transmision, la capacidad de las partes intervinientes, los vicios del consentimiento y las relaciones entre los contratantes se definen en funcion del acto que sirve de base a la cesion y se sujetan a las disposiciones legales pertinentes, razon por la cual procede aprobar la transferencia solicitada y tener como titular de la concesion a CAHUA S.A., debiendo esta en calidad de titular elevar a Escritura Publica el Contrato de Cesion de Posicion Contractual, incorporando en MORDAZA el texto de la presente Resolucion e inscribirla en el Registro de Concesiones para la explotacion de los Servicios Publicos del Registro de Propiedad Inmueble, de conformidad con lo dispuesto en los articulos 7º y 56º del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas, aprobado por Decreto Supremo Nº 009-93-EM; Estando a lo dispuesto en el articulo 1435º del Codigo Civil, en el MORDAZA parrafo del articulo 53º y en el articulo 54º del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas; Con la opinion favorable del Director General de Electricidad y del Viceministro de Energia; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar la transferencia de la concesion definitiva para desarrollar la actividad de Transmision de energia electrica con la Linea de Transmision S.E. Paramonga Nueva - S.E. Paramonga Existente de 220 kV, que efectua Electricidad del Peru S.A. (ELECTROPERU S.A.), a favor de Empresa de Generacion Electrica CAHUA S.A. (CAHUA S.A.). Articulo 2º.- Tener como titular de la concesion mencionada en el articulo anterior a Empresa de Generacion Electrica CAHUA S.A. (CAHUA S.A.), quien asume todos los derechos y obligaciones comprendidos en el Contrato de Concesion Nº 061-95 en lo que concierne a la senalada Linea de Transmision, bajo el Codigo Nº 14015593-02. Articulo 3º.- El texto de la presente Resolucion Suprema debera ser incorporado en la Escritura Publica a que de origen el Contrato de Cesion de Posicion Contractual mencionado en la parte considerativa de la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica GLODOMIRO MORDAZA MORDAZA Ministro de Energia y Minas 11491

ENERGIA Y MINAS
Aprueban transferencia de concesion definitiva para transmision de energia electrica a la empresa Cahua S.A.
RESOLUCION SUPREMA Nº 036-2005-EM MORDAZA, 23 de junio de 2005 VISTO: El Expediente Nº 14015593, sobre concesion definitiva de Transmision de energia electrica, cuyo titular es Electricidad del Peru S.A. (ELECTROPERU S.A.) y la solicitud de transferencia a favor de Empresa de Generacion Electrica CAHUA S.A. (CAHUA S.A.); CONSIDERANDO: Que, mediante la Resolucion Suprema Nº 053-95EM del 3 de MORDAZA de 1995, se otorgo a favor de ELECTROPERU S.A. la concesion definitiva para desarrollar la actividad de Transmision de energia electrica, entre otras, con la Linea de Transmision S.E. Paramonga Nueva - S.E. Paramonga Existente de 220 kV, y se aprobo el Contrato de Concesion Nº 061-95;

Otorgan a Electrocentro S.A. concesion definitiva para desarrollar transmision de energia electrica en el departamento de MORDAZA
RESOLUCION SUPREMA Nº 037-2005-EM MORDAZA, 23 de junio de 2005

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