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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE JUNIO DEL AÑO 2005 (24/06/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 76

TEXTO PAGINA: 24

PÆg. 295368 NORMAS LEGALES Lima, viernes 24 de junio de 2005 constituida mediante Decreto Supremo Nº 014-2001- MIMDES. Regístrese, comuníquese y publíquese.EDUARDO SALHUANA CAVIDES Ministro de Justicia 11462 Designan representante ante la Comisión Especial encargada derevisar legislación vigente paraelaborar Anteproyectos de Textos Úni-cos Ordenados de los RegímenesPrevisionales RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 273-2005-JUS Lima, 23 de junio de 2005 CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 28171, modificada por la Ley Nº 28536, se constituyó una Comisión Especial encarga- da de revisar y ordenar la normatividad legal vigente en materia previsional, a fin de elaborar "Anteproyectos deTextos Únicos Ordenados de los Regímenes Previsiona- les", existentes en el país; Que, en la mencionada Ley se establece que la Comi- sión Especial estará integrada, entre otros miembros, por un representante del Ministerio de Justicia; Que, en consecuencia resulta necesario designar al representante del Ministerio de Justicia ante la mencio- nada Comisión; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Ley Nº 25993 y la Ley Nº 27594. SE RESUELVE:Artículo Único.- Designar al señor Jorge Luis Negrón Hinojosa como representante del Ministerio deJusticia ante la Comisión Especial a la que se refiere la Ley Nº 28171, modificada por la Ley Nº 28536. Regístrese, comuníquese y publíquese. EDUARDO SALHUANA CAVIDES Ministro de Justicia 11463 Autorizan cierre de Centro de Concilia- ción con sede en la ciudad de Lima RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 040-2005-JUS Lima, 17 de junio de 2005 Vista, la solicitud de registro Nº 18377, de fecha 20 de julio de 2004, sobre Autorización de Cierre de Centro de Conciliación, presentado por la asociación civil, ASO- CIACIÓN DEPARTAMENTAL DE CESANTES Y JUBI-LADOS DEL SECTOR DE EDUCACIÓN DE LIMA “AD- CIJEL”; CONSIDERANDO: Que, la asociación civil, ASOCIACIÓN DEPARTA- MENTAL DE CESANTES Y JUBILADOS DEL SECTOR DE EDUCACIÓN DE LIMA “ADCIJEL”, fue autorizada mediante Resolución Viceministerial Nº 374-2001-JUS,de fecha, 7 de diciembre de 2001, a funcionar como Centro de Conciliación denominado, CENTRO DE CON- CILIACIÓN EXTRAJUDICIAL ADCIJEL, con sede en laciudad de Lima; Que, la asociación civil, ASOCIACIÓN DEPARTA- MENTAL DE CESANTES Y JUBILADOS DEL SECTORDE EDUCACIÓN DE LIMA “ADCIJEL”, mediante acta de asamblea de asociados, de fecha 6 de abril de 2004, acordó el cierre definitivo del Centro de Conciliación; Que, estando a lo opinado en el Informe Nº 188-2005- JUS/STC, la entidad solicitante, ha dado cumplimiento a lo establecido en el artículo 55º del Reglamento de la Ley de Conciliación, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-98-JUS, modificado por Decreto Supremo Nºs. 016-2001- JUS y 040-2001-JUS; por lo que es procedente autori- zar el Cierre del Centro de Conciliación solicitado; Que, de conformidad con el Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo, Decreto Ley Nº 25993 - Ley Orgánica del Sector Justicia, Decreto Supremo Nº019-2001-JUS, que aprueba el Reglamento de Organiza- ción y Funciones del Ministerio de Justicia, Decreto Su- premo Nº 039-2001-JUS, que precisa alcances de lasfunciones del Viceministro, Ley Nº 26872 - Ley de Con- ciliación, modificada por Ley Nº 27398 y por Ley Nº 28163 y su Reglamento, aprobado por Decreto SupremoNº 001-98-JUS, modificado por Decreto Supremo Nºs. 016-2001-JUS y 040-2001-JUS; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorízase, a la asociación civil, ASO- CIACIÓN DEPARTAMENTAL DE CESANTES Y JUBILA- DOS DEL SECTOR DE EDUCACIÓN DE LIMA “ADCI- JEL”, el cierre del Centro de Conciliación denominado,CENTRO DE CONCILIACIÓN EXTRAJUDICIAL ADCI- JEL, con sede en la ciudad de Lima. Artículo 2º.- Déjase sin efecto la Resolución Vicemi- nisterial Nº 374-2001-JUS, de fecha 7 de diciembre de 2001. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALEJANDRO TUDELA CHOPITEA Viceministro de Justicia 11377 MIMDES Autorizan a procurador iniciar accio- nes legales contra presuntos responsa-bles de ocasionar perjuicio económicoa FONCODES RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 438-2005-MIMDES Lima, 22 de junio de 2005 Vistos, el Oficio Nº 057-2005-FONCODES/GG del Gerente General de la Unidad Ejecutora 004: Fondo de Cooperación para el Desarrollo Social - FONCODES yel Informe Legal Nº 003-2005-FONCODES/GAL de la Gerente de Asesoría Legal de FONCODES; CONSIDERANDO: Que, mediante Informe de Auditoría Nº 019-2004-2- 4382 "Examen Especial al Proyecto de Emergencia So- cial Productiva Área Rural - PESP RURAL", de la Geren-cia de Auditoría Interna de FONCODES, se examinó el Proyecto de Emergencia Social Productiva Área Rural - PESP RURAL, creado por el Decreto de UrgenciaNº 117-2001, para la creación de empleo temporal, la generación de ingresos y el mejoramiento, recuperación y mantenimiento de la infraestructura existente en lascomunidades rurales, centros poblados y capitales de los distritos, con la participación de los municipios y otras entidades a nivel local, de acuerdo a los criterios defocalización de FONCODES; Que, en la Observación Nº 4 del citado Informe de Auditoría, se determinó la existencia de pagos indebidosde jornales en la ejecución de los veinticinco (25) Subpro- yectos que conforman Proyecto PESP RURAL José Sabogal Grupo Nº 01, del Convenio Nº 0420010140-FONCODES-2001 de fecha 20.12.01, donde se eviden- ció que en las planillas de pago de jornales se había considerado que algunos brigadistas laboraron en for-